Estado
La convocatoria 1419 a 1460 – Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas Regionales ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Instrumentar controles de tipo jurídico y supervisar el fiel cumplimiento de las normas legales y reglamentarias en todos los contratos relacionados con las actividades comerciales e industriales y en especial las concesiones de puertos que celebre la Corporación.
Entidad
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Requisitos de estudios
Título profesional en Derecho. y las demás carreras afines al núcleo básico del conocimiento del derecho relacionadas con el objeto misional de la Corporación. Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley.
Requisitos de experiencia
Veintisiete (27) meses de experiencia profesional relacionada.
Funciones del cargo
- Realizar los estudios jurídicos de las concesiones portuarias, de forma tal que garantice a la Corporación la protección y regulación del bien común que constituyen los puertos.
- Apoyar los procesos contractuales para la actividad portuaria y fijar las condiciones de dichas concesiones y sus respectivos alcances administrativos y contractuales.
- Realizar investigaciones que permitan establecer las reglamentaciones nacionales aplicables a la actividad portuaria.
- Desarrollar las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área del desempeño del cargo para lograr los objetivos misionales de CORMAGDALENA.
- Estudiar e indicar a la Corporación los mecanismos de coordinación correspondiente entre las autoridades del Estado, sean éstas nacionales, regionales o locales, que ejercen jurisdicción en el ámbito portuario.
- Absolver consultas Jurídicas relacionadas con la actividad comercial y portuaria del Río Magdalena.
- Apoyar la elaboración de los Planes Nacionales de Desarrollo Portuario, así como velar por su cumplimiento.
- Supervisar que los operadores portuarios, los administradores de infraestructura portuaria, los concesionarios o de prestadores de servicios conexos, que actúen en el sistema portuario del Río Grande de la Magdalena , cumplan desde el punto de vista jurídico, cabalmente con las condiciones y especificaciones que se hubieren establecido en los respectivos contratos de concesión, en concordancia con las normas reglamentarias, técnicas, operativas y económicas vigentes aplicables al del sistema portuario.
- Requerir de los concesionarios de puertos, información que permita evaluar periódicamente el cumplimiento de los requerimientos jurídicos establecidos en los contratos de concesión.
- Asesorar a la Corporación en la aplicación de sanciones por incumplimiento a las leyes portuarias, sus reglamentos y regulaciones.
- Realizar y participar en los diferentes estudios e iniciativas que se adelanten con el fin de actualizar, mejorar o complementar las normas y reglamentos que afecten directa o indirectamente a CORMAGDALENA.