Estado
La convocatoria 1333 a 1354 – Territorial II ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Adelantar las investigaciones administrativas y los procesos sancionatorios a que haya lugar por el incumplimiento del ordenamiento legal, por acción u omisión, por parte de las personas naturales o entidades vigiladas, observando el debido proceso para garantizar el derecho a la defensa.
Entidad
Gobernacion Cundinamarca.
Requisitos de estudios
Título profesional en: • Núcleo básico de conocimiento (NBC): Derecho y Afines: Derecho, Derecho y Ciencias Políticas, Jurisprudencia, Jurisprudencia – Derecho. Título de postgrado relacionado con las funciones del empleo Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley.
Alternativas:
- Título profesional. · Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del empleo · Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley.
- Título profesional. · Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley.
Requisitos de experiencia
Seis (6) meses de experiencia profesional relacionada con las funciones del empleo.
Alternativas:
- Seis (6) meses de experiencia profesional relacionada con las funciones del empleo.
- Treinta (30) meses de experiencia profesional relacionada con las funciones del empleo.
Funciones del cargo
- Gestión Jurídica
- Proyectar y revisar actos administrativos, respuestas de peticiones y demás documentos de tipo jurídico que se profieran en la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control de la Secretaria de Salud, teniendo en cuenta la normatividad vigente
- Enviar los expedientes contentivos de los procesos sancionatorios pecuniariamente para cobro coactivo al Dirección de Ejecuciones Fiscales de la Secretaría de Hacienda del departamento, en los casos en los cuales el sancionado no cumpla con el pago oportuno de la multa impuesta.
- Instruir y proyectar fallo en primera instancia los procesos que adelante la Dirección de Inspección Vigilancia y Control a las personas naturales y jurídicas que incumplan con la normatividad vigente en el Sistema General de Seguridad Social en Salud- SGSSS.
- Mantener actualizados las bases de registro de los expedientes recibidos en el procedimiento trámites jurídicos de la dirección, relacionados con peticiones de tipo administrativo y asistencial, visitas a prestadores de servicios de salud, visitas a establecimientos comercializadores de productos farmacéuticos, etc.
- Gestionar (incluye recepción, respuesta a peticionarios y a entes de control superior, seguimiento, elaboración de análisis y demás actividades relacionadas) las peticiones, quejas, derechos de petición, entre otros) presentadas por los usuarios en el departamento, desde el punto de vista asistencial y en el área profesional y específica de desempeño, dentro de los términos establecidos en las normas vigentes y en las condiciones y lineamientos definidos al interior de la dirección.
- Revisar y estudiar los documentos, antecedentes, recepción de testimonios y Declaraciones y demás soportes relacionados con los asuntos de la Dirección de Inspección Vigilancia y Control y proyectar lo que en derecho corresponda (en los asuntos asignados por la Dirección).
- Dar uso e implementar cada una de las acciones direccionadas para el mejoramiento de los procesos y la sustanciación de los expedientes que incluye consultas de tipo técnico y manejo de formatos en el área específica del conocimiento y desempeño.
- Llevar a cabo auditorias in situ a los prestadores de servicios de salud públicos, privados o mixtos, establecimientos farmacéuticos, tiendas naturistas, cuando la causa de la investigación amerite la visita de verificación directa y la evaluación en terreno de la información allegada por el investigado, con el fin de tomar las acciones a que haya lugar y teniendo en cuenta los lineamientos institucionales.
- Coordinar las visitas técnicas de vigilancia, inspección y control, así como la elaboración de los informes consolidados, producto de las mismas, cuando así lo determine el Director de Inspección, Vigilancia, y Control.
- Proyectar los actos pertinentes mediante los cuales se resuelven los recursos de reposición instaurados por los investigados y los actos pertinentes de envío al jefe inmediato superior (Secretario de Salud) en los casos de apelación.
- Efectuar la remisión de los casos de incumplimiento de la normatividad vigente, a los demás entes de control competentes, cuando sea necesario.