Estado
La convocatoria 990 a 1131, 1135, 1136 – Territorial 2019 ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Dirigir y ejecutar el cumplimiento de las competencias atribuidas a la comisaria de familia del municipio de San Juan de Betulia.
Entidad
Alcaldia San Juan Betulia.
Requisitos de estudios
Mínimo: Ser abogado en ejercicio y con tarjeta profesional vigente. No tener antecedentes penales ni disciplinarios y Acreditar título de postgrado en Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos, o en Ciencias Sociales siempre y cuando en este último caso el estudio de la familia sea un componente curricular del programa. Nota: El texto fue declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-149 de 2009, siempre que se entienda que para el cumplimiento del requisito se pueden acreditar también otros títulos de postgrado que resulten afines con los citados y que guarden relación directa, clara e inequívoca con las funciones asignadas al defensor de familia, conforme a los artículos 81 y 82 de la misma ley. Máximo: Titulo de Maestría o Doctorado. Nota: los anteriores requisitos no podrán ser compensados toda vez que son fijados por ley. Decreto 2484 de 2014. ARTÍCULO 7°. Requisitos determinados en normas especiales. Para el ejercicio de los empleos correspondientes a los diferentes nivele s que tengan requisitos establecidos en la Constitución Política o I en la ley, se acreditarán los allí señalados, sin que sea posible modificar oso adicionarlos en los manuales específicos de funciones y de competencias laborales.
Requisitos de experiencia
Doce (12) meses de experiencia profesional y/o relacionada.
Funciones del cargo
- Garantizar, proteger, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar.
- Atender y orientar a los niños, las niñas y los adolescentes y demás miembros del grupo familiar en el ejercicio y restablecimiento de sus derechos.
- Recibir denuncias y adoptar las medidas de emergencia y de protección necesarias en casos de delitos contra los niños, las niñas y los adolescentes.
- Recibir denuncias y adoptar las medidas de emergencia y de protección necesarias en casos de delitos contra los niños, las niñas y los adolescentes.
- Recibir denuncias y tomar medidas de protección en casos de violencia intrafamiliar.
- Definir provisionalmente sobre la custodia y cuidado personal, la cuota de alimentos y la reglamentación de visitas, la suspensión de la vida en común de los cónyuges o compañeros permanentes y fijar las cauciones de comportamiento conyugal, en las situaciones de violencia intrafamiliar.
- Practicar rescates para conjurar las situaciones de peligro en que pueda encontrarse un niño, niña o adolescente, cuando la urgencia del caso lo demande.
- Desarrollar programas de prevención en materia de violencia intrafamiliar y delitos sexuales.
- Adoptar las medidas de restablecimiento de derechos en los casos de maltrato infantil y denunciar el delito.
- Aplicar las medidas policivas que correspondan en casos de conflictos familiares, conforme a las atribuciones que les confieran los Concejos Municipales y las leyes de la república, en especial el código de la infancia y la adolescencia.
- Realizar allanamientos con objeto de rescatar al menor en situaciones de peligro.
- Diligenciar peticiones como comunicar determinantes decisiones, hacer efectiva cualquier orden o providencia de autoridad competente.
- Practicar pruebas ordenadas por la autoridad encargada del caso como el defensor de familia o juez.
- Realizar las actuaciones que solicite el ICBF o los jueces.