Estado
La convocatoria Territorial para municipios de quinta y sexta categoría ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
APOYAR LA GESTION ADMINISTRATIVA DE LA ENTIDAD Y DESARROLLAR ACTIVIDADES QUE FACILITEN EL DESEMPENO DE LAS FUNCIONES DEL PERSONERA(A) MUNICIPAL
Entidad
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Requisitos de estudios
TITULO BACHILLER EN CUALQUIER MODALIDAD
Requisitos de experiencia
Dos años (2) de experiencia relacionada
Funciones del cargo
- Llevar y mantener actualizados los registros de carácter administrativo y financiero y responder por la exactitud de los mismos.
- Recibir, distribuir y controlar los documentos y la correspondencia de la Personería, conforme los lineamientos establecidos en la Ley Nacional de Archivo.
- Proyectar las comunicaciones, documentos e informes relacionados con los asuntos de competencia de la Personería, con la calidad y oportunidad requerida.
- Apoyar los procesos de comunicación y notificación de las comunicaciones emitidas por la Personería con la oportunidad requerida.
- Organizar y digitalizar la documentación e información de la Personería, de acuerdo con las instrucciones impartidas por el jefe inmediato.
- Brindar orientación y atención a los usuarios internos y externos de manera personal o telefónica sobre los diferentes servicios que presta la Personería en forma oportuna y cálida.
- Efectuar el control periódico de los elementos de consumo de conformidad con las necesidades del área.
- Desempeñar funciones de oficina y de asistencia administrativa encaminadas a facilitar el desarrollo y ejecución de las actividades de la Personería, de acuerdo a los lineamientos y orientaciones del jefe inmediato.
- Ejecutar las actividades de apoyo y procesos operativos y logísticos de conformidad con las instrucciones impartidas por el jefe inmediato.10. Llevar en forma sistematizada y organizada la agenda de los compromisos y eventos deljefe inmediato e informar diariamente sobre las actividades programadas con oportunidad.
- Efectuar diligencias externas cuando las necesidades del servicio lo requieran, conforme a los lineamientos establecidos por la Personería.
- Las demás que les sean asignadas por autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño y la naturaleza del empleo.