Estado
La convocatoria Territorial para municipios de quinta y sexta categoría ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
COORDINAR EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES QUE PERMITAN PREVENIR, GARANTIZAR, RESTABLECER Y REPARAR LOS DERECHOS DE LOS NINOS, NINAS, ADOLESCENTES Y DEMAS MIEMBROS DE LA FAMILIA, EN LAS CIRCUNSTANCIAS DE MALTRATO INFANTIL, AMENAZA O VULNERACION DE DERECHOS SUSCITADAS EN EL CONTEXTO DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, SEGUN LEY 1098 DE 2006, DEMAS NORMAS VIGENTES Y LINEAMIENTOS DEL ICBF.
Entidad
Alcaldia San Miguel.
Requisitos de estudios
Acreditar título de posgrado en Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos, o en Ciencias Sociales siempre y cuando en este último caso el estudio de la familia sea un componente curricular del programa.
Requisitos de experiencia
El empleo de Comisario de familia, no requiere experiencia, atendiendo a las disposiciones de la Ley 1098 de 2006. Artículo 80
Funciones del cargo
- CONCEDER PERMISOS PARA SALIR DEL PAIS A LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y LOS ADOLESCENTES, CUANDO NO SEA NECESARIA LA INTERVENCION DEL JUEZ
- LAS DEMAS FUNCIONES QUE LE CORRESPONDA, SEGUN LA NATURALEZA DEL EMPLEO.
- EMITIR LOS CONCEPTOS ORDENADOS POR LA LEY, EN LAS ACTUACIONES JUDICIALES O ADMINISTRATIVAS.
- APLICAR LAS MEDIDAS POLICIVAS QUE CORRESPONDAN EN CASOS DE CONFLICTOS FAMILIARES, CONFORME A LAS ATRIBUCIONES QUE LES CONFIERAN LOS CONCEJOS MUNICIPALES.
- ATENDER Y ORIENTAR A LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y LOS ADOLESCENTES Y DEMAS MIEMBROS DEL GRUPO FAMILIAR EN EL EJERCICIO Y RESTABLECIMIENTO DE SUS DERECHOS.
- DESCRIPCION DE FUNCINES ESENCIALES:
- GARANTIZAR, PROTEGER, RESTABLECER Y REPARAR LOS DERECHOS DE LOS MIEMBROS DE LA FAMILIA CONCULCADOS POR SITUACIONES DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
- REALIZAR INFORMES DE LEY QUE DEBE PRESENTAR LA DEPENDENCIA Y LOS INFORMES TECNICOS PARA LA SUPERVISION A LOS CONVENIOS Y CONTRATOS QUE LE SEAN ASIGNADOS Y ESTEN DE ACUERDO A LAS FUNCIONES DE SU CARGO.
- DESARROLLAR PROGRAMAS DE PREVENCION EN MATERIA DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Y DELITOS SEXUALES.
- PRACTICAR RESCATES PARA CONJURAR LAS SITUACIONES DE PELIGRO EN QUE PUEDA ENCONTRARSE UN NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE, CUANDO LA URGENCIA DEL CASO LO DEMANDE.
- PARTICIPAR EN LA IMPLEMENTACION, DOCUMENTACION Y MEJORAMIENTO CONTINUO DEL MODELO INTEGRADO DE PLANEACION Y GESTION A TRAVES DE LOS DIFERENTES INSTRUMENTOS Y DIRECTRICES DEFINIDOS POR LA ADMINISTRACION MUNICIPAL.
- ATENDER SOLICITUDES QUE HACEN LAS PERSONAS AFECTADAS POR VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, APLICANDO LA LEY 575 /2000, LEY 1257/2011, 296/1994 Y DEMAS PROCEDIMIENTOS LEGALES.
- DEFINIR PROVISIONALMENTE SOBRE LA CUSTODIA Y CUIDADO PERSONAL, LA CUOTA DE ALIMENTOS Y LA REGLAMENTACION DE VISITAS, LA SUSPENSION DE LA VIDA EN COMUN DE LOS CONYUGES O COMPAÑEROS PERMANENTES Y FIJAR LAS CAUCIONES DE COMPORTAMIENTO CONYUGAL, EN LAS SITUACIONES DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
- ADOPTAR LAS MEDIDAS DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS EN LOS CASOS DE MALTRATO INFANTIL Y DENUNCIAR EL DELITO.