Estado
La convocatoria Territorial para municipios de quinta y sexta categoría ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
ATENDER LAS DENUNCIAS Y QUEJAS RELACIONADAS CON CONFLICTOS FAMILIARES, VIOLENCIA FAMILIAR, DELITOS Y/O CONTRAVENCIONES EN QUE ESTE IMPLICADO UN MENOR, CUMPLIMIENTO DE COMISIONES, ALLANAMIENTOS Y DEMAS CONTEMPLADAS EN LAS NORMAS VIGENTES.
ADEMAS COLABORAR CON EL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR Y CON LAS DEMAS AUTORIDADES COMPETENTES EN LA FUNCION DE PROTEGER A LOS MENORES QUE SE HALLEN EN SITUACION IRREGULAR Y EN LOS CASOS DE CONFLICTOS FAMILIARES Y CON DESARROLLO ECONOMICO Y BIENESTAR SOCIAL.
Entidad
Alcaldia Maceo.
Requisitos de estudios
Título Profesional en la disciplina académica de Ciencias Sociales y Humanas del núcleo básico del conocimiento en Derecho y afines. Tarjeta Profesional en los casos exigidos por la Ley.
Requisitos de experiencia
Veinticuatro (24) meses de experiencia específica o relacionada.
Funciones del cargo
- APLICAR LAS MEDIDAS POLICIVAS QUE CORRESPONDAN EN CASOS DE CONFLICTOS FAMILIARES, CONFORME A LAS ATRIBUCIONES QUE LES CONFIERA LOS CONCEJOS MUNICIPALES.
- DEFINIR PROVISIONALMENTE SOBRE LA CUSTODIA Y CUIDADO PERSONAL, LA CUOTA DE ALIMENTOS Y LA REGLAMENTACION DE VISITAS, LA SUSPENSION DE LA VIDA EN COMUN DE LOS CONYUGUES O COMPAÑEROS PERMANENTES Y FIJAR LAS CAUCIONES DE COMPORTAMIENTO CONYUGAL, EN LAS SITUACIONES DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
- PRACTICAR RESCATES PARA CONJURAR LAS SITUACIONES DE PELIGRO EN QUE PUEDA ENCONTRARSE UN NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE, CUANDO A URGENCIA DEL CASO LO DEMANDE.
- DESARROLLAR PROGRAMAS DE PREVENCION EN MATERIA DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Y DELITOS SEXUALES.
- ATENDER Y ORIENTAR A LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y LOS ADOLESCENTES Y DEMAS MIEMBROS DEL GRUPO FAMILIAR EN EL EJERCICIO DE RESTABLECIMIENTO DE SUS DERECHOS.
- RECIBIR DENUNCIAS Y TOMAS LAS MEDIDAS DE PROTECCION CASOS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
- LAS FUNCIONES OTORGADAS POR LAS LEYES 466 DE 1998, 640 DE 2001, LEY DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA, LEY 1098 DE 2006, EL CODIGO NACIONAL DE POLICIA, CODIGO DE CONVIVENCIA CIUDADANA, LA RESOLUCION 3604 DE 1006 DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION Y DEMAS FUNCIONES QUE LE CONFIERA LA LEY.
- ADOPTAR LAS MEDIDAS DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS EN LOS CASOS DE MALTRATO INFANTIL Y DENUNCIAR EL DELITO.
- GARANTIZAR, PROTEGER, REESTABLECER Y REPARAR LOS DERECHOS DE LOS MIEMBROS DE LA FAMILIA CONCULCADOS POR SITUACION DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
- RECIBIR DENUNCIAS Y ADOPTAR LAS MEDIDAS DE EMERGENCIA Y DE PROTECCION NECESARIAS EN CASOS DE DELITOS CONTRA LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y LOS ADOLESCENTES.