Estado
La convocatoria Territorial para municipios de quinta y sexta categoría ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Propender desde sus funciones y capacidad, ser un buen orientador en el campo familiar para lograr así una efectividad de los derechos de quienes integran una familia y que está a vez logre un desarrollo integral y sostenible que conduzca a la formación de valores.
Aplicar conocimientos y procedimientos que permitan de manera coordinada con el Instituto Colombiano de Bienestar familiar y demás entidades comprometidas en función de proteger y dar asistencia a los miembros de una familia y en especial a los menores que se hallen en situación irregular, de conformidad con el Código de la Infancia y la Adolescencia.
Entidad
Alcaldia Gualmatan.
Requisitos de estudios
Título profesional en Derecho y especialización en Derecho de Familia , Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derecho Civil o en Ciencias Sociales con énfasis en la familia.
Requisitos de experiencia
Un (1) año de experiencia relacionada.
Funciones del cargo
- Ejercer el autocontrol en todas las actividades que desarrolla, cumpliendo con el modelo estándar de control interno de la entidad.
- Tomar las medidas legales correspondientes y darles el trámite respectivo, actuando conforme a la ley de manera oportuna, eficiente y eficaz con el fin de resolver legal y socialmente los conflictos que se presentan en la familia, la vecindad o en grupos vulnerables.
- Definir provisionalmente sobre la custodia y cuidado personal, la cuota de alimentos y la reglamentación de visitas, la suspensión de la vida en común de los cónyuges o compañeros permanentes y fijar las cauciones de comportamiento conyugal, en las situaciones de violencia intrafamiliar.
- Atender y orientar a los niños, las niñas y los adolescentes y demás miembros del grupo familiar en el ejercicio y restablecimiento de sus derechos.
- Recibir, tramitar y resolver las denuncias sobre hechos, contravenciones o delitos, sucedidos o que puedan configurarse, en los que aparezca involucrado un menor como ofendido o sindicado con el fin de aplicar el Código de Infancia y adolescencia y prevenir situaciones de mayor complicación legal.
- Desarrollar programas de prevención en materia de violencia intrafamiliar y delitos sexuales.
- Practicar allanamientos en coordinación con las autoridades respectivas con el objeto de conjurar el peligro en que pueda encontrarse un menor.
- Recibir denuncias y adoptar las medidas de emergencia y de protección necesarias en casos de delitos contra los niños, las niñas y los adolescentes.
- Coordinar y asesorar los conflictos de familia en donde esté involucrado un menor de edad o personas en estado de indefensión o de vulnerabilidad para proteger los derechos humanos y defender la integridad, la vida y la honra de las personas.
- Conforme al artículo 86 de la Ley 1098 de 2006:
- Garantizar, proteger, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar.
- Aplicar las medidas policivas que correspondan en casos de conflictos familiares, conforme a las atribuciones que les confieran los Concejos Municipales.
- Desempeñar las demás funciones inherentes al cargo que le sean asignadas por el jefe
- Inmediato, acordes con la naturaleza del cargo y necesidades del servicio, para el logro de la misión institucional. Así mismo las establecidas en la Ley 294 de 1996, Ley 575 de 2000 y Decreto 00652 de 2001, 4799 de 2001 por medio de la cual se reglamenta las leyes anteriores.
- Recibir denuncias y tomar las medidas de protección en casos de violencia intrafamiliar
- Coordinar acciones, campañas preventivas dedicadas a la atención y derechos del niño y de la familia.
- Adoptar las medidas de restablecimiento de derechos en los casos de maltrato infantil y denunciar el delito.
- Practicar rescates para conjurar las situaciones de peligro en que pueda encontrarse un niño, niña o adolescente, cuando la urgencia del caso lo demande.