Estado
La convocatoria Territorial para municipios de quinta y sexta categoría ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Tramitar todo lo relacionado con conflictos de orden familiar, así como dirigir en coordinación con las instituciones y autoridades del orden municipal, departamental y nacional el conjunto de acciones necesarias para prevenir, garantizar, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia Intrafamiliar y las demás establecidas por la ley.
Entidad
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Requisitos de estudios
Título Profesional: Abogado Calidades para ser comisario de familia (Ley 1098 de 2006, art. 84): 1. Ser abogado en ejercicio y con tarjeta profesional vigente. 2. No tener antecedentes penales ni disciplinarios. 3. Titulo Especialización: Acreditar título de posgrado en Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos, o en Ciencias Sociales siempre y cuando en este último caso el estudio de la familia sea un componente curricular del programa. La Corte Constitucional mediante Sentencia C-149-09 de 11 de marzo de 2009, Magistrado Ponente Dr. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo señaló quela norma es exequible ‘…siempre que se entienda que para el cumplimiento del requisito se pueden acreditar también otros títulos de postgrado que resulten afines con los citados y que guarden relación directa, clara e inequívoca con las funciones asignadas al defensor de familia, conforme a los artículos 81 y 82 de la misma ley.” Área del conocimiento: Ciencias Sociales y Humana Núcleo Básico del Conocimiento: Derecho Con tarjeta profesional
Requisitos de experiencia
Doce (12) meses de experiencia profesional relacionada con las funciones del cargo.
Funciones del cargo
- Desarrollar programas de prevención en materia de violencia intrafamiliar y delitos sexuales.
- Promover la participación de la comunidad en acciones de prevención y solución de problemas relacionados con la familia.
- Atender y orientar a los niños, las niñas y los adolescentes y demás miembros del grupo familiar en el ejercicio y restablecimiento de sus derechos.
- Coordinar con la Secretaría de Gobierno, los planes y programas de la dependencia en su etapa de elaboración, formulación y ejecución con el fin de cumplir con las metas institucionales.
- Coordinar con la Secretaría de Gobierno, y demás dependencias municipales, las acciones necesarias para el cumplimiento de su labor de promoción y prevención de toda clase de delitos y situaciones que afecten la integridad de las familias olayenses.
- Coordinar con las autoridades, militares, de policía y demás con presencia en la jurisdicción, las acciones encaminadas a proteger de manera integral los niños, niñas, adolescentes y familia en general.
- Garantizar, proteger, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar.
- Aplicar las medidas policivas que correspondan en casos de conflictos familiares.
- Recibir denuncias y emitir medidas de protección inmediata a toda persona que las solicite o indique que, dentro de su contexto familiar, es víctima de daño físico, psíquico, o daño a su integridad sexual, amenaza, agravio, ofensa o cualquier otra forma de agresión por parte de otro miembro del grupo familiar, para que se ponga fin a la violencia o se evite que esta se realice cuando fuere inminente.
- Adoptar las medidas de restablecimiento de derechos en los casos de maltrato infantil y denunciar el delito.
- Realizar conciliaciones extrajudiciales en derecho en materia de familia, en los asuntos a que se refiere la Ley 640 de 2001.
- Solicitar al cuerpo médico la práctica de diligencias de reconocimiento médico-legal según sea el caso.
- Definir provisionalmente sobre la custodia y cuidado personal, la cuota de alimentos y la reglamentación de visitas, la suspensión de la vida en común de los cónyuges o compañeros permanentes y fijar las cauciones de comportamiento conyugal, en las situaciones de violencia intrafamiliar.
- Practicar rescates para conjurar las situaciones de peligro en que pueda encontrarse un niño, niña o adolescente, cuando la urgencia del caso lo demande.
- Presentar los informes que, como resultado de sus actividades, le sean solicitados.
- Atender y pronunciarse oportunamente, sobre las solicitudes o peticiones que se presenten en ejercicio de sus funciones y que guarden relación con los asuntos de su competencia.
- Cumplir con las comisiones de otras dependencias o autoridades según corresponda como comisaria de familia.
- Atender, orientar e ilustrar al público que visite la oficina y suministrarle la información requerida para satisfacer su demanda y propender por una buena imagen de la institución.
- Cumplir con las funciones contenidas en la Constitución, leyes, decretos, ordenanzas, acuerdos, manual de funciones y reglamentos internos de la Administración Municipal.
- Las demás que sean conferidas por la Constitución, las Leyes, los Decretos y Acuerdos Municipales.