Estado
La convocatoria Territorial para municipios de quinta y sexta categoría ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
COORDINAR, EJECUTAR, EVALUAR Y CONTROLAR LOS PROCESOS TENDIENTES A PROTEGER LOS DERECHOS DE LA INFANCIA, ADOLESCENCIA Y LA FAMILIA, DENTRO DE LAS ATRIBUCIONES Y CONDICIONES QUE ESTABLECE LA LEY Y EN COLABORACION CON EL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR Y LAS DEMAS AUTORIDADES COMPETENTES, EJECUTAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS COMPETENCIAS DE LEY ATRIBUIDAS A LA COMISARIA DE FAMILIA EN RELACION CON LA PROTECCION A MENORES, ATENCION Y RESOLUCION DE CONFLICTOS FAMILIARES DENTRO DE LAS ATRIBUCIONES QUE CONCEDE LA LEY Y EL CODIGO DEL MENOR.
Entidad
Alcaldia Sabanas San Angel.
Requisitos de estudios
Título profesional. En Derecho y tarjeta profesional vigente, título de postgrado en Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos o en Ciencias Sociales. Siempre que se entienda que para el cumplimiento del requisito se pueden acreditar también otros títulos de postgrado que resulten afines con los citados y que guarde relación directa con las funciones del defensor de familia. Sentencia C-149 del 2009. Corte Constitucional.
Requisitos de experiencia
Un año de experiencia profesional.
Funciones del cargo
- B. LA CUSTODIA Y CUIDADO PERSONAL, VISITA Y PROTECCION LEGAL DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
- C. LA FIJACION DE LA CUOTA ALIMENTARIA
- D. LA SEPARACION DE CUERPOS DEL MATRIMONIO CIVIL O CANONICO
- E. LA SEPARACION DE BIENES Y LA LIQUIDACION DE SOCIEDADES CONYUGALES POR CAUSA DISTINTA DE LA MUERTE DE LOS CONYUGES
- F. LOS PROCESOS CONTENCIOSOS SOBRE EL REGIMEN ECONOMICO DEL MATRIMONIO Y DERECHOS SUCESORALES
- Y EN LOS DEFINIDOS POR EL ARTICULO 40 DE LA LEY 640 DE 2001, COMO SUJETOS A CONCILIACION EXTRAJUDICIAL PARA G. ACREDITAR REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD EN ASUNTOS DE FAMILIA.
- DESEMPEÑAR LAS DEMAS FUNCIONES QUE LE SEAN ASIGNADAS O DELEGADAS, ACORDES CON LA NATURALEZA DEL CARGO.
- DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
- ATENDER Y ORIENTAR A LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y LOS ADOLESCENTES Y DEMAS MIEMBROS DEL GRUPO FAMILIAR EN EL EJERCICIO DEL RESTABLECIMIENTO DE SUS DE RECIBIR DENUNCIAS Y ADOPTAR LAS MEDIDAS DE EMERGENCIA Y DE PROTECCION NECESARIAS EN CASOS DE DELITOS CONTRA LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y DEMAS ADOLESCENTES.
- RECIBIR DENUNCIAS Y TOMAR LAS MEDIDAS DE PROTECCION EN CASOS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
- DEFINIR PROVISIONALMENTE SOBRE LA CUSTODIA Y CUIDADO PERSONAL, LA CUOTA DE ALIMENTOS Y LA REGLAMENTACION DE VISITAS, LA SUSPENSION DE LA VIDA EN COMUN DE LOS CONYUGES O COMPAÑEROS PERMANENTES Y FIJAR LAS CAUCIONES DE COMPORTAMIENTO CONYUGAL, EN LAS SITUACIONES DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
- PRACTICAR RESCATES PARA CONJURAR LAS SITUACIONES DE PELIGRO EN QUE PUEDA ENCONTRARSE UN NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE, CUANDO LA URGENCIA DEL CASO LO DEMANDE.
- DESARROLLAR PROGRAMAS DE PREVENCION EN LA MATERIA DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Y DELITOS SEXUALES.
- ADOPTAR LAS MEDIDAS DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS EN LOS CASOS DE MALTRATO INFANTIL Y DENUNCIAR EL DELITO.
- APLICAR LAS MEDIDAS POLICIVAS QUE CORRESPONDEN EN LOS CASOS DE CONFLICTOS FAMILIARES, CONFORME A LAS ATRIBUCIONES QUE LES CONFIERAN LOS CONCEJOS MUNICIPALES.
- CONCILIACION EXTRAJUDICIAL EN MATERIA DE FAMILIA
- A. LA SUSPENSION DE LA VIDA EN COMUN DE LOS CONYUGES
- EN LAS SITUACIONES DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
- PRACTICAR RESCATES PARA CONJURAR LAS SITUACIONES DE PELIGRO EN QUE PUEDA ENCONTRARSE UN NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE, CUANDO LA URGENCIA DEL CASO LO DEMANDE.
- DESARROLLAR PROGRAMAS DE PREVENCION EN MATERIA DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Y DELITOS SEXUALES.
- ADOPTAR LAS MEDIDAS DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS EN LOS CASOS DE MALTRATO INFANTIL Y DENUNCIAR EL DELITO.
- APLICAR LAS MEDIDAS POLICIVAS QUE CORRESPONDAN EN CASO DE CONFLICTOS FAMILIARES, CONFORME A LAS ATRIBUCIONES QUE LES CONFIERAN LOS CONCEJOS MUNICIPALES.
- LAS DEMAS FUNCIONES INDICADAS EN LA LEY 1098 DE 2006 Y DISPOSICIONES LEGALES QUE LAS MODIFIQUEN, ADICIONES O SUSTITUYAN. GARANTIZAR, PROTEGER, RESTABLECER Y REPARAR LOS DERECHOS DE LOS MIEMBROS DE LA FAMILIA CONCULCADOS POR SITUACIONES
- GARANTIZAR, PROTEGER, RESTABLECER Y REPARAR LOS DERECHOS DE LOS MIEMBROS DE LA FAMILIA CONCULCADOS POR SITUACIONES DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
- ATENDER Y ORIENTAR A LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y LOS ADOLESCENTES Y DEMAS MIEMBROS DEL GRUPO FAMILIAR EN EL EJERCICIO Y RESTABLECIMIENTO DE SUS DERECHOS.
- RECIBIR DENUNCIAS Y ADOPTAR LAS MEDIDAS DE EMERGENCIA Y DE PROTECCION NECESARIAS EN CASO DE DELITOS CONTRA LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y LOS ADOLESCENTES.
- RECIBIR DENUNCIAS Y TOMAR LAS MEDIDAS DE PROTECCION EN CASO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
- DEFINIR PROVISIONALMENTE SOBRE LA CUSTODIA Y CUIDADO PERSONAL, LA CUOTA DE ALIMENTOS Y LA REGLAMENTACION DE VISITAS, LA SUSPENSION DE LA VIDA EN COMUN DE LOS CONYUGES O COMPAÑEROS PERMANENTES Y FIJAR LAS CAUCIONES DE COMPORTAMIENTO CONYUGAL,