Estado
La convocatoria 990 a 1131, 1135, 1136 – Territorial 2019 ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Ejercer la acción disciplinaria a los servidores públicos de la administración departamental, de conformidad con la normatividad vigente y la competencia para hacerlo dentro de los principios rectores que la inspiran
Entidad
Gobernacion Arauca.
Requisitos de estudios
Título profesional con tarjeta profesional o matricula profesional vigente según el caso conforme a la Ley. Título de posgrado en la modalidad de Especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo. AREAS DEL CONOCIMIENTO CIENCIAS SOCIALES Y HUMANAS del núcleo básico del conocimiento en Derecho.
Equivalencias:
- Titulo profesional en Derecho. Matrícula o Tarjeta profesional en los casos reglamentados por la Ley.
Alternativas:
- Título profesional en Derecho. Matrícula o Tarjeta profesional en los casos reglamentados por la Ley.
Requisitos de experiencia
Veinticuatro (24) meses de experiencia Profesional relacionada.
Equivalencias:
- El título de posgrado en la modalidad de especialización por Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional.
Alternativas:
- El título de posgrado en la modalidad de especialización por Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional.
Funciones del cargo
- Dar respuesta a las solicitudes de la Procuraduría General de la Nación y demás organismos de control acerca del cumplimiento de las sanciones ejecutadas mediante acto administrativo expedido por el Gobernador.
- Participar en la formulación de los programas de capacitación y divulgación del régimen disciplinario, la jurisprudencia y doctrina sobre la misma materia.
- Remitir a los jefes de dependencia los expedientes relacionados con los procesos disciplinarios, con el respectivo proyecto de fallo de primera instancia, sea de apertura, sanción o archivo.
- Mantener actualizado el registro de sanciones en los sistemas definidos por el Gobierno Nacional y los Entes de Control.
- Las demás funciones relacionadas con la materia disciplinaria.
- Asumir el conocimiento de las investigaciones preliminares y disciplinarias que deba adelantarse a los servidores públicos de la administración central, con aplicación de la Ley disciplinaria y la observancia de las garantías constitucionales del derecho de defensa y debido proceso.
- Rendir informes sobre el estado de los procesos disciplinarios a las autoridades competentes cuando así lo requieran.
- Poner en conocimiento de los organismos de control y autoridades penales, la comisión de hechos presumiblemente punibles que surjan del proceso disciplinario.