Estado
La convocatoria 990 a 1131, 1135, 1136 – Territorial 2019 ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Propender por el desarrollo de planes, programas y acciones tendientes a la prevención y tratamiento de las situaciones familiares que así lo ameriten, así como la protección a los menores que se hallen en situación irregular y en los casos de conflictos familiares.
Entidad
Alcaldia Certegui.
Requisitos de estudios
Título profesional en disciplina académica del núcleo básico de Conocimiento en: Derecho y afines. Título de posgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del cargo.
Requisitos de experiencia
treinta y seis meses de experiencia profesional Nota:Requisitos establecidos en los artículos 80 y 85 de la ley 1098 de 2006
Funciones del cargo
- -Recibir las denuncias sobre hechos que puedan configurarse como delitos o contravenciones en los que aparezca involucrado un menor como ofendido o sindicado.
- -Tomar las medidas de emergencia correspondiente y darles el trámite respectivo de acuerdo con las disposiciones del Código del Menor y del procedimiento penal y las demás normas, al día siguiente al recibo de la denuncia.
- -Aplicar las sanciones policivas de acuerdo con las facultades previstas en el Código del Menor.
- -Atender las comisiones, peticiones, práctica de pruebas y demás actuaciones que le soliciten el I.C.B.F. y los funcionarios encargados de la jurisdicción de familia, en todos los aspectos relacionados con la protección del menor y la familia que sean compatibles con las funciones asignadas.
- -Practicar allanamientos para corroborar las situaciones de peligro en que pueda encontrarse un menor cuando la urgencia del caso lo demande, de oficio a solicitud del Juez o del Defensor de Familia, de acuerdo con el procedimiento señalado para el efecto por el Código del Menor.
- -Recibir las quejas o informes sobre todos aquellos aspectos relacionados con conflictos familiares, atender las demandas relativas a la protección del menor, especialmente en los casos de maltrato y explotación y atender los casos de violencia familiar, tomando las medidas de urgencia que sean necesarias, mientras se remite a la autoridad competente.
- -Actuar como conciliador en los conflictos que susciten en el seno de las familias cuando acuden a solicitar protección policiva.
- -Promover ante el I.C.B.F. o ante los juzgados de menores por intermedio de los abogados de esta dependencia, las causas de derecho de familia a que haya lugar.
- -Inspeccionar lugares para verificar e impedir casos de maltratos físicos o morales a menores de edad, mujeres y ancianos y adoptar las medidas policivas conducentes a remediar tales situaciones.
- -Poner a disposición de los respectivos jueces a los menores capturados en flagrancia por hechos delictivos o contravenciones.
- -Las demás establecidas en los artículos en la ley 1098 de 2006