Estado
La convocatoria 639 a 739 – Territorial Centro Oriente ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
La Inspección de Policía Municipal, es la dependencia que tiene como finalidad el Velar por la aplicación de las normas policivas, promover la convivencia pacífica de los habitantes de su jurisdicción, diseñar estrategias para preservar el orden público y contribuir al logro de las políticas y objetivos trazados por la Administración Municipal en relación con la seguridad y el orden público a nivel municipal. Avocar, instruir y fallar los procesos por contravenciones de competencia de la Inspección de Policía consagradas en el Código de Policía Nacional y demás normas y leyes especiales que rigen cada materia o asunto.
Entidad
Alcaldia Hobo.
Requisitos de estudios
Mínimo: Terminación y aprobación de los estudios de la disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en Derecho Máximo: Título profesional o Titulo de postgrado.
Requisitos de experiencia
De conformidad con el articulo 206, parágrafo tercero de la ley 1801 de 2016, para el cargo de Inspector de Policía no se establece requisito de experiencia.
Funciones del cargo
- b. Demolici�n de obra.
- h. Multas;
- Conocer de los comportamientos contrarios a la convivencia en materia de seguridad, tranquilidad, ambiente y recursos naturales, derecho de reuni�n, protecci�n a los bienes y privacidad, actividad econ�mica, urbanismo, espacio p�blico y libertad de circulaci�n.
- Conciliar para la soluci�n de conflictos de convivencia, cuando sea procedente.
- d. Reparaci�n de da�os materiales por perturbaci�n a la posesi�n y tenencia de inmuebles.
- Conocer, en �nica instancia, de la aplicaci�n de las siguientes medidas correctivas:
- b. Expulsi�n de domicilio.
- c. Prohibici�n de ingreso a actividad que involucra aglomeraciones de p�blico complejas o no complejas;
- f. Restablecimiento del derecho de servidumbre y reparaci�n de da�os materiales.
- i. Suspensi�n definitiva de actividad.
- a. Reparaci�n de da�os materiales de muebles o inmuebles.
- Conocer en primera instancia de la aplicaci�n de las siguientes medidas correctivas:
- c. Construcci�n, cerramiento, reparaci�n o mantenimiento de inmueble.
- e. Restituci�n y protecci�n de bienes inmuebles, diferentes a los descritos en el numeral 17 del art�culo 205
- g. Remoci�n de bienes, en las infracciones urban�sticas.
- Ejecutar la orden de restituci�n, en casos de tierras comunales.
- d. Decomiso.
- Las dem�s que le se�alen la Constituci�n, la ley, las ordenanzas y los acuerdos.
- a. Suspensi�n de construcci�n o demolici�n