Estado
La convocatoria 639 a 739 – Territorial Centro Oriente ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Prevenir, garantizar, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados
por situaciones de violencia intrafamiliar, así como la protección de los derechos de niños, niñas y
adolescentes, y los demás objetivos establecidos por la ley.
Entidad
Alcaldia Villamaria.
Requisitos de estudios
Título profesional en Derecho, No tener antecedentes penales y título de posgrado en la modalidad especialización en derecho de familia, derecho civil, derecho administrativo, derecho constitucional, derecho procesal, derechos humanos o en ciencias sociales siempre y cuando en este último caso el estudio de la familia sea un componente curricular del programa.
Requisitos de experiencia
No requiere
Funciones del cargo
- Absolver consultas sobre la materia de competencia de la dependencia de acuerdo con la Constitución, la ley y los reglamentos.
- Promover y tramitar asuntos de diferente índole en representación de la entidad, por delegación de la autoridad competente realizar las investigaciones y preparar los informes respectivos de acuerdo con las instrucciones recibidas.
- Preparar los informes requeridos por los entes de control y demás organismos Públicos que lo requieran.
- Tomar medidas tendientes a la reeducación del menor.
- Definir provisionalmente sobre la custodia y cuidado personal, la cuota de alimentos y la reglamentación de visitas, la suspensión de la vida en común de los cónyuges o compañeros permanentes y fijar las cauciones de comportamiento conyugal, en las situaciones de violencia intrafamiliar.
- Ejecutar los programas adelantados por la Alcaldía Municipal en cuanto a la protección familiar en general y coordinar la acción interinstitucional que beneficie al Municipio.
- Expedir los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus Funciones.
- Promover la conciliación extrajudicial en los asuntos relacionados con derechos y obligaciones entre cónyuges, compañeros permanentes, padres e hijos miembros de la
- familia o personas responsables del niño, niña o adolescente.
- Coordinar y aplicar mecanismos de control interno para evaluar el cumplimiento de los planes y programas de la dependencia y efectuar los correctivos correspondientes.
- Llevar el archivo de todos los actos administrativos que se expidan y documentos que se reciban
- Las demás funciones que le sean asignadas por el superior inmediato o por autoridad competente, relacionadas con el cargo.
- Aplicar las medidas policivas que correspondan en casos de conflictos familiares, conforme a las atribuciones que les confieran por la ley.
- Garantizar, proteger, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de Violencia intrafamiliar, y realizar rescates para conjurar las situaciones de peligro en que pueda encontrarse un niño, niña o adolescente, cuando la urgencia del caso lo demande.
- Recibir a prevención denuncias sobre hechos que puedan configurarse como delito o contravención contra los niños, las niñas y los adolescentes, en los que aparezca involucrado un menor como ofendido o sindicado, adoptar las medidas de emergencia y de protección necesaria, tomar las medidas de emergencia correspondientes, y darles el trámite respectivo de acuerdo con las disposiciones del presente Código del menor y de los Procedimientos Penal, Nacional, Departamental, Municipal o Distrital de Policía, y de las Demás normas.
- Coordinar, supervisar y evaluar las actividades y las labores del personal.
- Diligenciar las comisiones, peticiones, practicas de pruebas y demás actuaciones que le soliciten los juzgados, fiscalias, tribunales, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y los funcionarios encargados de la jurisdicción de familia en todos los aspectos relacionados con Ia protecci6n del menor y la familia que sean compatibles con las funciones asignadas.
- Atender y orientar a los niños, las niñas y los adolescentes y demás miembros del grupo familiar en el ejercicio y restablecimiento de sus derechos.
- Adoptar las medidas de restablecimiento de derechos en los casos de maltrato infantil y denunciar el delito.
- Efectuar las comisiones, peticiones, practicas de prueba y demás actuaciones que le soliciten el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y los funcionarios encargados de la jurisdicción de familia, en todos los aspectos relacionados con la protección del menor y la familia, de acuerdo con el procedimiento señalado para el efecto del código del menor.
- Desarrollar programas de prevención en materia de violencia intrafamiliar y delitos sexuales.