Estado
La convocatoria 639 a 739 – Territorial Centro Oriente ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Atención a las familias en lo relacionado con sus conflictos; además prestar asistencia jurídica tanto al superior inmediato como al Alcalde Municipal; con el fin de complementar las bases para la toma de decisiones administrativas dentro del ordenamiento jurídico.
Entidad
Alcaldia Saladoblanco.
Requisitos de estudios
(i) Ser abogado en ejercicio con tarjeta profesional vigente (ii) Acreditar titulo de posgrado en Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos, o en Ciencias Sociales siempre y cuando en este último caso el estudio de la familia sea un componente curricular del programa, u otros títulos de postgrado que resulten afines con los citados y que guarden relación directa, clara e inequívoca con las funciones asignadas al defensor de familia, conforme a los artículos 81 y 82 de la misma ley según Sentencia C-149/2009.
Requisitos de experiencia
No requiere experiencia
Funciones del cargo
- Decretar y practicar las pruebas y medidas conducentes y necesarias para el esclarecimiento de los hechos, en desarrollo de los procesos que se adelanten.
- Colaborar y asistir al superior inmediato en el suministro de información a las autoridades judiciales y organismos de vigilancia y control.
- Además de las anteriores funciones también tendrá como delegación especial las siguientes funciones de tránsito.
- Remitir a las autoridades competentes los casos que conozcan y que así lo requieran.
- Dictar los autos y oficios de citación que se originen en ejercicio del cargo.
- Proyectar resoluciones de suspensión y destitución para los servidores públicos vinculados a la Administración Municipal y tramitar los recursos interpuestos.
- Proyectar los documentos o escritos para resolver los derechos de petición en los cuales este vinculada la entidad.
- Recibir a prevención denuncias sobre hechos que puedan configurarse como delito o contravención, en los que aparezca involucrado un menor como ofendido o sindicado, tomar las medidas de emergencia correspondientes y darles el tramite respectivo de acuerdo con las disposiciones de la Ley 1098 de 2006, Código de Procedimiento Penal, Código Nacional de Policía y demás normas pertinentes, el primer día hábil siguiente al recibo de la denuncia.
- Aplicar las sanciones policivas de acuerdo con las facultades previstas en el Código del Menor y las que le otorgue el Alcalde Municipal.
- Efectuar comisiones, peticiones, practica de pruebas y demás actuaciones que le solicite el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, en todos los aspectos relacionados con la protección del menor y la familia que sean compatibles con las funciones asignadas.
- Conocer y tramitar las quejas, querellas y peticiones sobre asuntos de familia que se presenten a la administración municipal, acudiendo a los mecanismos técnicos, profesionales y de procedimientos establecidos en las disposiciones vigentes, en completar coordinación con los profesionales del área de salud.
- Recibir a prevención las quejas o informes sobre todos aquellos aspectos relacionados con conflictos familiares, atender las demandas relativas a la protección del menor, especialmente en los casos de maltrato y explotación y atender los casos de violencia intrafamiliar, tomando las medidas de urgencia que sean necesarias, mientras se remiten a la autoridad competente.
- Practicar allanamientos para conjurar las situaciones de peligro en que pueda encontrarse un menor, cuando la urgencia del caso lo demande, de oficio o a solicitud del Juez o del Defensor de Familia, de acuerdo con el procedimiento señalado para el efecto en la Ley 1098 de 2006.
- Aplicar el régimen disciplinario de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política.
- Adelantar, en coordinación con la red de maltrato al menor y de la violencia intrafamiliar, campañas orientadas a promover y prevenir estas situaciones en el municipio.
- Coordinar con las Autoridades del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y las autoridades judiciales competentes en materia de familia, las acciones pertinentes para lograr armonía en el seno de los hogares y en especial en lo relacionado con la protección del menor.
- Conocer, de conformidad con ley 1098 de 2006, las contravenciones por maltrato al menor.
- Asesorar a los equipos y dependencias de la Entidad en la elaboración, interpretación y aplicación de normas y procedimientos jurídicos y, en general, en los asuntos de su competencia.
- Apoyar a las autoridades jurisdiccionales y cumplir con las comisiones, con la oportunidad debida, y la prioridad de las actividades, sin que se menoscabe o infrinja la ley.
- Participar en el diseño, construcción y aplicación de mecanismos que garanticen la integración de sus funciones misionales, la calidad del resultado de los procesos y el funcionamiento de los equipos.
- Las demás funciones que le asigne el superior inmediato, de acuerdo con la naturaleza del cargo.
- Participar en las investigaciones y estudios jurídicos que le encomiende el superior inmediato.