Estado
La convocatoria 639 a 739 – Territorial Centro Oriente ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Brindar atención inmediata y educación preventiva al menor y a la familia, interviniendo como facilitador en los conflictos que al interior de ella se presenten y actuar en la forma que ordena la Ley para sancionar y prevenir la violencia intrafamiliar y servir como elemento para iniciar y tramitar los procesos judiciales relacionados con los menores y la familia.
Entidad
Alcaldia Filadelfia.
Requisitos de estudios
Ser abogado en ejercicio y con tarjeta profesional vigente. No tener antecedentes penales ni disciplinarios. Acreditar título de posgrado en Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos o en Ciencias Sociales, siempre y cuando en este último caso el titulo de la familia sea un componente curricular del programa.
Requisitos de experiencia
No requiere experiencia
Funciones del cargo
- Cumplir debidamente las comisiones, peticiones y práctica de pruebas en aspectos relacionados con la protección del menor y de la familia, así como las demás actuaciones que le solicite el instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
- Desarrollar programas de prevención en materia de violencia intrafamiliar y delitos sexuales.
- Adoptar las medidas de restablecimiento de derechos en los casos de maltrato infantil y denunciar el delito.
- Programar y desarrollar campañas preventivas, educativas y de atención a la familia y a los menores.
- Atender y orientar a los niños, las niñas y los adolescentes y demás miembros del grupo familiar en el ejercicio y restablecimiento de sus derechos.
- Actuar como conciliador y orientador en los conflictos que se susciten al interior de la familia.
- Coordinar con el equipo interdisciplinario de la Comisaría de haberlo, las políticas especiales para mejorar las relacionadas de familia y de protección del menor, a efecto de ser colocadas en conocimiento del Alcalde.
- Definir provisionalmente sobre la custodia y cuidado personal, la cuota de alimentos y la reglamentación de visitas, la suspensión de la vida en común de los cónyuges o compañeros permanentes y fijas las cauciones de comportamiento conyugal, en las situaciones de violencia intrafamiliar
- Aplicar las medidas policivas que correspondan en casos de conflictos familiares, conforme a las atribuciones que les confieren los Concejos Municipales.
- Aplicar las sanciones que correspondan a los infractores del Código del Menor, Código Nacional de Policía y Reglamento de Convivencia Ciudadana, de conformidad en su competencia, relacionada con los temas de la familia y de los menores.
- Practicar registros allanamientos cuando lo considere necesario o por solicitud del Juez de Familia o de menores.
- Calificar oportunamente, de acuerdo con las normas de carrera administrativa, a los empleados municipales bajo su responsabilidad.
- Recibir a prevención las quejas o informes sobre todos aquellos aspectos relacionados con protección del menor, especialmente en los casos de maltrato y explotación.
- Solicitar a la Policía Nacional, cuando lo requieran, su acompañamiento en las diferentes actividades preventivas que cumple.
- Practicar rescates para conjurar las situaciones de peligro en que pueda encontrarse un niño, niña o adolescente, cuando la urgencia del caso lo demande.
- Recibir denuncias y adoptar las medidas de emergencia y de protección necesarias en casos de delitos contra los niños, las niñas y los adolescentes.
- Instaurar ante la autoridad competente las acciones penales, civiles y policivas, que sean del caso en cumplimiento de sus funciones.
- Garantizar, proteger, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar.
- Presentar informes anuales a su superior inmediato, sobre la situación de la familia y la niñez dentro del municipio.
- Recibir denuncias y tomar las medidas de protección en casos de violencia intrafamiliar.