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Empleos / 507 a 591 – Cundinamarca

Comisario de Familia

En Chaguaní / Cundinamarca
$2.419.966 al mes

  • No disponible

  • OPEC #63302

  • Nivel Profesional

  • 12 meses de experiencia

  • 1 vacante

Estado

La convocatoria 507 a 591 – Cundinamarca ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.

Descripción

El Comisario de Familia será el encargado de la Comisaría de Familia, cuya razón de ser es de carácter administrativo e interdisciplinario que forma parte del Sistema Nacional de Bienestar Familiar cuya misión es prevenir, garantizar, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar y las demás establecidas por la ley.

Entidad

Alcaldia Chaguani.

Requisitos de estudios

Título en Derecho y Título de posgrado en Derecho de Familia, o Derecho Civil, o Derecho Administrativo, o Derecho Constitucional, o Derecho Procesal, o Derechos Humanos, o en Ciencias Sociales siempre y cuando en este último caso el estudio de la familia sea un componente curricular del programa.

Requisitos de experiencia

Doce (12) meses de experiencia profesional relacionada

Funciones del cargo

  • Proyectar, desarrollar y recomendar las acciones que deban adoptarse para el logro de los objetivos y las metas propuestas
  • Desarrollar programas de prevención en materia de violencia intrafamiliar y delitos sexuales
  • Promover la conciliación extrajudicial en los asuntos relacionados con derechos y obligaciones entre cónyuges, compañeros permanentes, padres e hijos, miembros de la familia o personas responsables del cuidado del niño, niña o adolescente
  • Otras actuaciones que impliquen la realización de actos urgentes de acuerdo con el artículo 205 del C de PP, que no requieran autorización judicial previa para su realización
  • Recibir denuncias y adoptar las medidas de emergencia y de protección necesarias en casos de delitos contra los niños, las niñas y los adolescentes
  • Ejercer las funciones atribuidas por el artículo 71 de la Ley 906 de 2004
  • Formular denuncia penal cuando advierta que el niño, niña o adolescente ha sido víctima de un delito
  • Otorgar medida de protección inmediata que ponga fin a la violencia, maltrato o agresión o evite que esta se realice cuando fuere inminente, cuando dentro de su contexto familiar sea víctima de daño físico, psíquico o daño a su integridad sexual, amenaza, agravio, ofensa o cualquier otra forma de agresión por parte de otro miembro del grupo familiar
  • Participar en la formulación, diseño, organización, ejecución y control de planes y programas del área interna de su competencia
  • Emitir los conceptos ordenados por la ley, en las actuaciones judiciales o administrativas
  • Declarar la situación de adoptabilidad en que se encuentre el niño, niña o adolescente
  • Participar en la elaboración y ejecución de las herramientas de Planeación estratégica municipal, en los temas resorte de las funciones de la dependencia. Plan Indicativo, Planes de acción e informes SICEP a Planeación Nacional y Departamental
  • Atender y orientar a los niños, las niñas y los adolescentes y demás miembros del grupo familiar en el ejercicio y restablecimiento de sus derechos
  • Fijar cuota provisional de alimentos, siempre que no se logre conciliación
  • Estudiar, evaluar y conceptuar sobre las materias de competencia del área interna de desempeño, y absolver consultas de acuerdo con las políticas institucionales
  • Las demás que les sean asignadas por autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño y la naturaleza del empleo
  • Cumplir con los lineamientos del MECI y del Sistema de Gestión de Calidad
  • Las competencias asignadas en la ley 1801 de 2016 – Por la cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia
  • Recaudar los documentos y demás evidencias y elementos materiales probatorios que requiera el Fiscal director de la indagación o investigación
  • Promover los procesos o trámites judiciales a que haya lugar en defensa de los derechos de los niños, las niñas o los adolescentes, e intervenir en los procesos en que se discutan derechos de estos, sin perjuicio de la actuación del Ministerio Público y de la representación judicial a que haya lugar
  • Coordinar, promover y participar en los estudios e investigaciones que permitan mejorar la prestación de los servicios a su cargo y el oportuno cumplimiento de los planes, programas y proyectos, as como la ejecución y utilización óptima de los recursos disponibles
  • Dictar las medidas de restablecimiento de los derechos para los niños y las niñas menores de catorce (14) años que cometan delitos
  • Garantizar, proteger, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar
  • Asumir la asistencia y protección del adolescente responsable de haber infringido la ley penal ante el juez penal para adolescentes
  • mantener en reserva todas y cada una de las actuaciones que realice la comisaría de familia en protección a los derechos de lo NNA
  • Realizar entrevistas forenses conforme a los requisitos contemplados en el artículo 206A dela Ley 906 de 2004
  • Participar en la elaboración y ejecución de las herramientas de Planeación estratégica municipal, en los temas resorte de las funciones de la dependencia. Plan Indicativo, Planes de acción e informes SICEP a Planeación Nacional y Departamental
  • Solicitar la inscripción del nacimiento de un niño, la corrección, modificación o cancelación de su registro civil, ante la Dirección Nacional de Registro Civil de las personas, siempre y cuando dentro del proceso administrativo de restablecimiento de sus derechos se pruebe que el nombre y sus apellidos no corresponden a la realidad de su estado civil y a su origen biológico, sin necesidad de acudir a la jurisdicción de familia
  • Adoptar las medidas de restablecimiento de derechos en los casos de maltrato infantil y denunciar el delito
  • Aprobar las conciliaciones en relación con la asignación de la custodia y cuidado personal del niño, el establecimiento de las relaciones materno o paterno filiales, la determinación de la cuota alimentaria, la fijación provisional de residencia separada, la suspensión de la vida en común de los cónyuges o compañeros permanentes, la separación de cuerpos y de bienes del matrimonio civil o religioso, las cauciones de comportamiento conyugal, la disolución y liquidación de sociedad conyugal por causa distinta de la muerte del cónyuge y los demás aspectos relacionados con el régimen económico del matrimonio y los derechos sucesorales, sin perjuicio de la competencia atribuida por la ley a los notarios.
  • Autorizar la adopción en los casos previstos en la ley
  • Recibir y dar curso a las denuncias, querellas e informes
  • Aplicar las medidas policivas que correspondan en casos de conflictos familiares, conforme a las atribuciones que les confieran los Concejos Municipales
  • Conceder permiso para salir del país a los niños, las niñas y los adolescentes, cuando no sea necesaria la intervención del juez
  • Participar en la caracterización, implementación, documentación, mantenimiento de los procesos y procedimientos propios del ejercicio de su empleo
  • Representar a los niños, las niñas o los adolescentes en las actuaciones judiciales o administrativas, cuando carezcan de representante, o este se halle ausente o incapacitado, o sea el agente de la amenaza o vulneración de derechos
  • Recibir denuncias y tomar las medidas de protección en casos de violencia intrafamiliar
  • Administrar, controlar y evaluar el desarrollo de los programas, proyectos y las actividades propias del área
  • Proponer e implantar procesos, procedimientos, métodos e instrumentos requeridos para mejorar la prestación de los servicios a su cargo
  • Adoptar las medidas de restablecimiento establecidas en la Ley 1098 de 2006 para detener la violación o amenaza de los derechos de los niños, las niñas o los adolescentes
  • Adelantar de oficio, las actuaciones necesarias para prevenir, proteger, garantizar y restablecer los derechos de los niños, las niñas, los adolescentes y las adolescentes cuando tenga información sobre su vulneración o amenaza
  • Definir provisionalmente sobre la custodia y cuidado personal, la cuota de alimentos y la reglamentación de visitas, la suspensión de la vida en común de los cónyuges o compañeros permanentes y fijar las cauciones de comportamiento conyugal, en las situaciones de violencia intrafamiliar
  • Citar al presunto padre con miras al reconocimiento voluntario del hijo extramatrimonial nacido o que esté por nacer y, en caso de producirse, extender el acta respectiva y ordenar la inscripción o corrección del nombre en el registro del estado civil
  • Coordinar y realizar estudios e investigaciones tendientes al logro de los objetivos, planes y programas de la entidad y preparar los informes respectivos, de acuerdo con las instrucciones recibidas
  • Asesorar y orientar al público en materia de derechos de la infancia, la adolescencia y la familia
  • Realizar inspecciones en el lugar de los hechos y en los lugares distintos al hecho y recaudar las evidencias y elementos materiales probatorios cuyo hallazgo se efectúe como consecuencia de tales inspecciones, en conjunto con el grupo interdisciplinario de la comisaría de Familia

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