Estado
La convocatoria 507 a 591 – Cundinamarca ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Prevenir, garantizar y restablecer los derechos de los niños, niñas y adolescentes (NNA) y de los demás miembros de la familia, en contextos de violencia intrafamiliar o aquellos que generen factores de riesgo, transformando estos escenarios en familias y ciudadanos más empoderados de sus derechos y deberes, y generando alternativas de solución a sus conflictos en el marco de las competencias fijadas por la ley
Entidad
Alcaldia Suesca.
Requisitos de estudios
Título de abogado con tarjeta vigente y título de posgrado en Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos, o en Ciencias Sociales siempre y cuando en este último caso el estudio de la familia sea un componente curricular del programa.
Requisitos de experiencia
doce (12) meses de experiencia profesional
Funciones del cargo
- Expedir por escrito las autorizaciones de trabajo de los adolescentes en los términos del artículo 113 de la ley 1098 de 2008 y el código sustantivo del trabajo
- Realizar los controles e imponer las sanciones correspondientes a los establecimientos de comercio que infrinjan las normas de prohibición de permanencia de los menores de edad, en los casos previstos en los artículos 320 a 325 del Decreto 3737 de 1989 o la norma que lo modifique o sustituya
- Emitir fallos, resoluciones y otros conceptos ordenados por la Ley, en las actuaciones judiciales o administrativas
- Las demás que le sean asignadas por el jefe inmediato, surjan de la naturaleza de la dependencia o le sean asignadas por autoridad competente, de conformidad con la naturaleza del empleo, área de desempeño y las necesidades del servicio
- Efectuar y/o designar al funcionario competente las comisiones, peticiones y demás actuaciones que le solicite el ICBF, en los aspectos relacionados con la protección del infante y la familia que sean compatibles con las funciones asignadas
- Aplicar las medidas de policía que correspondan en casos de conflictos familiares, conforme a las atribuciones que le confiera el Concejo Municipal
- Recibir denuncias y tomar las medidas de protección en casos de violencia intrafamiliar, en los términos de la ley 294 de 1996, modificada parcialmente por la ley 575 de 2000 y la ley 1257 de 2008 o la norma que la sustituya o modifique
- Practicar rescates para conjurar las situaciones de peligro en que pueda encontrarse un niño, niña o adolescente, cuando la urgencia del caso lo demande
- Recibir a prevención denuncias sobre hechos que puedan configurarse como delito en los que aparezca como sindicado un adolecente
- Dirigir y coordinar el diseño, elaboración, seguimiento, y evaluación de los programas ejecutados por la dependencia
- Garantizar, proteger, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar
- Velar por la correcta prestación de los servicios a su cargo, de acuerdo con los estándares de calidad establecidos por la entidad y atender con diligencia y amabilidad a los usuarios y demás personas que solicitan los servicios ofrecidos por la Comisaría de Familia
- Atender y orientar a los niños, las niñas y los adolescentes y demás miembros del grupo familiar en el ejercicio y restablecimiento de sus derechos
- Atender y orientar las personas que se acercan a la Comisaría, en materia de derechos, de infancia y adolescencia y de la familia
- Definir provisionalmente sobre la custodia y cuidado personal, la cuota de alimentos y la reglamentación de visitas, la suspensión de la vida en común de los cónyuges, compañeros permanentes y fijar las cauciones de comportamiento conyugal, en las situaciones de violencia intrafamiliar
- Vigilar porque se brinde la atención adecuada a las peticiones y requerimientos de información de los usuarios internos o externos relacionados con los documentos conservados en el Archivo de Gestión de la dependencia, para dar trámite oportuno a lo solicitado sin perjuicio de la debida reserva
- Cumplir con las funciones de policía judicial otorgadas por la Fiscalía general de la Nación, mediante Resolución N° 0918 de 2012, o la norma que la sustituya o modifique
- Recibir denuncias penales cuando se advierta que el niño, niña o adolescente (NNA) ha sido víctima de un delito y ejercer las funciones de Policía Judicial que le sean asignadas por autoridad competente
- Velar porque la conservación, organización, consulta producción y custodia del archivo de gestión de la dependencia su cargo, esté de acuerdo a la normatividad vigente y de conformidad con las Tablas de Retención Documental debidamente aprobadas, atendiendo el Programa de Gestión Documental que implemente la administración municipal, sin perjuicio de la responsabilidad señalada para todo servidor público en el Código Disciplinario Único vigente
- Adoptar las medidas de emergencia y de protección necesarias en caso de delitos contra los niños, las niñas y los adolescentes
- Adelantar las conciliaciones extrajudiciales que por mandato de la ley le correspondan aplicando los procedimientos establecidos
- Garantizar el manejo adecuado de la información generada en la Comisaría de Familia y velar por el control, seguridad y preservación de la misma
- Desarrollar programas de prevención en materia de violencia intrafamiliar y delitos sexuales