Estado
La convocatoria 438 a 506 – Santander ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
GARANTIZAR A LOS NIÑOS, A LAS NIÑAS Y A LOS ADOLESCENTES SU PLENO Y ARMONIOSO DESARROLLO PARA QUE CREZCAN EN EL SENO DE LA FAMILIA Y LA COMUNDIAD, EN UN AMBIENTE DE FELICIDAD, AMOR Y COMPRENSION, PREVALECIENDO EL RECONOCIMIENTO A LA IGUALDAD Y LA DIGNIDAD HUMANA, SIN DISCRIMINACION ALGUNA.
Entidad
Alcaldia Ocamonte.
Requisitos de estudios
ABOGADO TITULADO Y TITULO DE POSTGRADO EN DERECHO DE FAMILIA, DERECHO CIVIL, DERECHO ADMINISTRATIVO, DERECHO CONSTITUCIONAL, DERECHO PROCESAL, DERECHOS HUMANOS O CIENCIAS SOCIALES, SIEMPRE Y CUANDO EN ESTE ULTIMO CASO EL ESTUDIO DE LA FAMILIA SEA UN COMPONENTE CURRICULAR DEL PROGRAMA.
Requisitos de experiencia
12 MESES DE EXPERIENCIA LABORAL.
Funciones del cargo
- DEFINIR PROVISIONALMENTE SOBRE LA CUSTODIA Y CUIDADO PERSONAL, CUOTA DE ALIMENTOS, VISITAS, LA SUSPENCION DE LA VIDA EN COMUN DE LOS CONYUGES O COMPAÑEROS PERMANENTES Y FIJAR LAS CAUCIONES DE COMPORTAMIENTO CONYUGAL, EN SITUACIONES DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
- PRACTICAR RESCATES PARA CONJURAR LAS SITUACIONES DE PELIGRO EN QUE PUEDA ENCONTRARSE UN NIÑO.
- DESARROLLAR PROGRAMAS DE PREVENCION EN MATERIA DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Y DELITOS SEXUALES.
- ADOPTAR LAS MEDIDAS DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS EN LOS CASOS DE MALTRATO INFANTIL Y DENUNCIAR EL DELITO.
- ADMINISTTAR LOS ASUNTOS DE LA OFICINA Y MANEJAR SU PROPIO ARCHIVO DE GESTION.
- GARANTIZAR, PROTEGER, RESTABLECER Y REPARAR LOS DERECHOS DE LOS MIEMBROS DE LA FAMILIA CONCULCADOS POR SITUACIONES DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
- ATENDER Y ORIENTAR A LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y LOS ADOLOSCENTES Y DEMAS MIEMBROS DEL GRUPO FAMILIAR EN EL EJERCICIO Y RESTABLECIMIENTO DE SUS DERECHOS.
- RECIBIR DENUNCIAS Y ADOPTAR LA MEDIDAS DE EMERGENCIA Y PROTECCION NECESARIAS EN CASOS DE DELITOS CONTRA LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y LOS ADOLESCENTES.
- RECIBIR DENUNCIAS Y TOMAR LAS MEDIDAS DE PROTECCION EN CASOS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
- APLICAR LAS POLITICAS POLICTIVAS QUE CORRESPONDAN EN CASOS DE CONFLICTOS FAMILIARES, CONFORME A LS ATRIBUCIONES OTORGADAS EN LA PRESENTE RESOLUCION Y DEMAS CONFERIDAS POR EL CONSEJO MUNICIPAL.
- COORDINAR ACCIONES DE PROTECCION DE LA INFANCIA CON LOS ENTES QUE CONFORMAN LA JURUSDICCION DE FAMILIA.
- ACTUAR COMO CONCILIADOR EN LOS CONFLICTOS QUE SE SISCITEN EN EL SENO DE LA FAMILIA, CUANDO ALGUNO DE SUS INTEGRANTES ACUDA A SOLICITAR PROTECCION POLICIVA.
- ADELANTAR LAS INSPECCIONES PARA VERIFICAR E IMPEDIR MALTRATOS FISICOS Y MORALES A MENORES, MUJERES O ANCIANOS Y ADOPTAR LAS MEDIDAS POLICIVAS CONTUNDENTES A REMEDIAR TALES SITUACIONES.
- PONER A DISPOSICION DE LOS RESPECTIVOS JUECES A LOS MENORES CAPTURADOS EN FLAGRANCIA POR HECHOS DELITOS O CONTRAVENCIONES Y REMITIRLES LOS OBJETOS EMPLEADOS EN LA COMISION DE HECHOS PUNIBLES.
- CONDUCIR ANTE EL ICBF. A LOS MENORES QUE SE ENCUENTREN ABANDONADOS O EN PELIGRO FISICO O MORAL.
- VERIFICAR LA CAPACIDAD ECONOMICA PARA FIJACION DE ALIMENTOS, CUANDO NO S ELOGRA LA CONCILIACION.
- HACER SEGUIMIENTO A LAS FAMILIAS EN CONFLICTO PARA VERIFICAR CUMPLIMIENTO DE COMPROMISOS.
- PROMOVER PROGRAMAS EDUCATIVOS PARA MEJORAR LOS COMPORTAMIENTOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLSCENTES EN EL SENO DE LA FAMILIA Y LA SOCIEDAD.
- LAS DEMAS FUNCIONES QUE LE SEAN ASIGNADAS POR NORMA LEGAL O AUTORIDAD COMPETENTE DE ACUERDO CON LA NATURALEZA DEL CARGO Y DE SU DEPENDENCIA.
- IMPULSAR ACTIVIDADES DE ASISTENCIA, ORIENTACION Y TRATAMIENTO DE ALCOHOLICOS O ADICTOS A SUSTANCIAS QUE PRODUZCAN DEPENDENCIA, Y QUE SON FACTORES DE PERTURBACION FAMILIAR.