Estado
La convocatoria 1137 a 1304 – Boyacá, Cesar y Magdalena ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
PREVENIR, PROTEGER, RESTABLECER Y REPARAR LOS DERECHOS DE LOS MIEMBROS DE LA FAMILIA CONCULCADOS POR SITUACIONES DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
Entidad
Alcaldia Miraflores.
Requisitos de estudios
Título profesional en Derecho, Tarjeta profesional vigente y Especialización en Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos o en Ciencias Sociales siempre y cuando en este último caso el estudio de la familia sea un componente curricular del programa. Artículo 80 Ley 1098 del 2006.
Requisitos de experiencia
Como mínimo doce (12) meses de experiencia profesional específica.
Funciones del cargo
- Las dem�s que de acuerdo a la naturaleza del cargo le sean asignadas por autoridad competente y de acuerdo a la Ley.
- En los municipios donde no haya Defensor de Familia, las funciones que el art�culo 98 de la ley 1098 de 2006 le atribuye ser�n cumplidas por el Comisario de Familia. En ausencia de este �ltimo, las funciones asignadas al Defensor y al Comisario de Familia corresponder�n al Inspector de Polic�a.
- Elaborar y presentar los informes requeridos por los Entes de Control
- Realizar las funciones de Gesti�n Documental en su dependencia de acuerdo a la normatividad vigente.
- Apoyar a la Secretaria de Gobierno en la elaboraci�n de informes de primera infancia y indicadores de infancia y adolescencia.
- Practicar rescates para conjurar las situaciones de peligro en que pueda encontrarse un ni�o, ni�a o adolescente, cuando la urgencia del caso lo demande.
- Definir provisionalmente sobre la custodia y cuidado personal, la cuota de alimentos y la reglamentaci�n de visitas, la suspensi�n de la vida en com�n de los c�nyuges o compa�eros permanentes y fijar las cauciones de comportamiento conyugal, en las situaciones de violencia intrafamiliar.
- Ejercer las funciones atribuidas por el art�culo 71 de la ley 906 de 2004.
- Formular, evaluar y ejecutar Planes, Programas y Proyectos en pro de la infancia y adolescencia del municipio.
- Cumplir y hacer cumplir las obligaciones y deberes estipuladas en el Sistema de Gesti�n de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)
- Apoyar en la identificaci�n, an�lisis, evaluaci�n y administraci�n de riesgos de gesti�n y riesgos de corrupci�n de su dependencia.
- Asesorar y orientar al p�blico en materia de derechos de la infancia, la adolescencia y la familia.
- Garantizar, proteger, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar.
- Rendir los informes peri�dicos al Alcalde Municipal y al Concejo Municipal cuando sea citado para el efecto.
- Aplicar las medidas policivas que correspondan en casos de conflictos familiares, conforme a las atribuciones que les confieran los Concejos Municipales.
- Recibir denuncias y adoptar las medidas de emergencia y de protecci�n necesarias en casos de delitos contra los ni�os, las ni�as y los adolescentes.
- Dar estricta aplicaci�n a los procedimientos, manuales, pol�ticas y dem�s orientaciones establecidas en el Modelo Est�ndar de Control Interno.
- Elaborar y presentar los informes peri�dicos a los organismos de control y al Alcalde Municipal y responder a las citaciones del Concejo Municipal.
- Atender la ejecuci�n de los programas y proyectos y la prestaci�n eficiente de los servicios a cargo de la dependencia y responder por el efectivo cumplimiento y el correcto manejo de los recursos humanos, f�sicos, tecnol�gicos y financieros del municipio.
- Ejercer las funciones de polic�a judicial se�aladas en la Resoluci�n No. 2230 de junio 5 de 2017, emitidas por la fiscal�a general de la naci�n y dem�s normas concordantes.
- Atender y orientar a los ni�os, las ni�as y los adolescentes y dem�s miembros del grupo familiar en el ejercicio y restablecimiento de sus derechos.
- Desarrollar programas de prevenci�n en materia de violencia intrafamiliar y delitos sexuales.
- Elaborar el Plan Anual de Acci�n de la dependencia de acuerdo al Plan Municipal de Desarrollo.
- Emitir los conceptos ordenados por la ley, en las actuaciones judiciales o administrativas.
- Adoptar las medidas de restablecimiento de derechos en los casos de maltrato infantil y denunciar el delito.
- Adoptar las medidas de restablecimiento establecidas en la ley 1098 de 2006 para detener la violaci�n o amenaza de los derechos de los ni�os, las ni�as, o los adolescentes, en situaciones de violencia intrafamiliar.
- Recibir denuncias y tomar las medidas de protecci�n en casos de violencia intrafamiliar.
- Planear, dirigir y controlar las actividades de la dependencia en concordancia con el Plan Municipal de Desarrollo.
- Dar estricta aplicaci�n a los procedimientos, manuales, pol�ticas y dem�s orientaciones establecidas en el Modelo Est�ndar de Control Interno.
- Adelantar de oficio las actuaciones necesarias para prevenir, proteger, garantizar y restablecer los derechos de los ni�os, ni�as, los adolescentes y las adolescentes cuando tenga informaci�n sobre su vulneraci�n o amenaza, en situaciones de violencia intrafamiliar.