Estado
La convocatoria 1137 a 1304 – Boyacá, Cesar y Magdalena ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Ejecutar los procesos y las acciones tendientes a proteger los derechos de la infancia, adolescencia, y la familia, dentro de las atribuciones y condiciones que establece la ley y en colaboración con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y las demás autoridades competentes
Entidad
Alcaldia Astrea.
Requisitos de estudios
Título Profesional en Derecho, acreditar titulo de posgrado de derecho en familia, derecho civil, administrativo, constitucional y/o derecho procesal.
Requisitos de experiencia
Dos (2) años de experiencia profesional relacionada al cargo.
Funciones del cargo
- Los casos presentados y atendidos en la Comisaría de Familia son seguidos periódicamente y de manera eficaz conforme a los procedimientos establecidos.
- Las sanciones policivas que corresponden a casos de conflictos familiares son aplicadas de acuerdo con las facultades previstas en el código del menor y a las otorgadas por el respectivo órgano competente.
- Las comisiones, las peticiones, práctica de pruebas y demás actuaciones solicitadas por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y los funcionarios encargados de la jurisdicción de familia, en todos los aspectos relacionados con la protección al menor y la familia, son atendidas y dan celeridad a las actuaciones administrativas y judiciales relacionadas.
- Las estadísticas y registros de la comisaría llevados de acuerdo a las directrices y lineamientos técnicos y responden a la legislación sobre archivos de documentos públicos.
- Los informes solicitados por autoridades internas y externas preparados, presentados y sustentados con veracidad, efectividad y oportunidad.
- Los contratistas asignados a la Comisaría de Familia, son supervisados, cumplen con el objeto del contrato y garantizan su servicio.
- Las demás funciones asignadas por la autoridad competente son desempeñadas de acuerdo con el nivel jerárquico, la naturaleza del cargo y el área de desempeño del cargo.
- Las denuncias sobre hechos, contravenciones o delitos, sucedidos o configurados, en los que aparece involucrado un menor como ofendido o sindicado, son recibidas, tramitadas y resueltas en perfecta aplicación del Código del Menor, Civil, de procedimiento civil, Penal y de Policía.
- Los programas de prevención en materia de violencia intrafamiliar y delitos sexuales se desarrollan con regularidad y de manera eficaz conforme a los procedimientos y normas legales establecidas.
- Los procesos de restablecimiento de derechos, problemáticas de los niños y niñas adolescentes, son adelantados con base en el procedimiento administrativo.
- Las denuncias sobre casos de violencia intrafamiliar se reciben y se toman las medidas de protección respectivas de acuerdo con lo establecido en la ley.
- Los procesos de custodia provisional, la cuota alimentaria, reglamentación de visitas, suspensión de la vida en común de los cónyuges y cauciones realizados dentro de los términos y conforme a la normatividad vigente sobre la materia.
- Los niños, las niñas y los adolescentes y miembros del grupo familiar se atienden oportunamente y con experticia profesional en el ejercicio y restablecimiento de sus derechos.
- Los rescates para con jurar las situaciones de peligro de los niños, niñas o adolescentes, o cuando la urgencia del caso lo demande, se practican con oportunidad y ajustados a la ley.
- Las conciliaciones relacionadas con la infancia y familia dispuestas en el Código de Infancia y Adolescencia son realizadas con apego a la ley y al procedimiento administrativo dispuesto para tal fin.
- La necesidad de ayuda profesional psicológica o social es determinada en los casos atendidos, y son remitidos oportunamente al profesional respectivo aquellos que ameriten dicha ayuda.
- Los casos de los cuales no se tiene competencia son remitidos de forma oportuna y siguiendo los lineamientos técnicos y legales a los juzgados o al defensor de familia del I.C.B.F.