Estado
La convocatoria 1137 a 1304 – Boyacá, Cesar y Magdalena ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
PROPÓSITO PRINCIPAL: Prevenir, proteger, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar.
Entidad
Alcaldia Arcabuco.
Requisitos de estudios
Título profesional en Derecho, Tarjeta profesional y Especialización en Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos o en Ciencias Sociales siempre y cuando en este último caso el estudio de la familia sea un componente curricular del programa.
Requisitos de experiencia
Funciones del cargo
- Emitir los conceptos ordenados por la ley, en las actuaciones judiciales o administrativas
- Elaborar el Plan anual de Acción de la dependencia.
- Aplicar las medidas policivas que correspondan en casos de conflictos familiares, conforme a las atribuciones que les confieran los Concejos Municipales.
- Dictar las medidas de restablecimiento de los derechos para los niños y las niñas y las niñas menores de catorce (14) años que cometan delitos
- Adoptar las medidas de restablecimiento establecidas en la ley 1098 de 2006 para detener la violación o amenaza de los derechos de los niños, las niñas, o los adolescentes
- Aprobar las conciliaciones en relación con la asignación de la custodia y cuidado arsenal del niño, el establecimiento de las relaciones materno o paterno filiales, la determinación de la cuota alimentaria, la fijación provisional de residencia separada, la suspensión de la vida en común de los cónyuges o compañeros permanentes, la separación de cuerpos y de bienes del matrimonio civil o religioso, las cauciones de comportamiento conyugal, la disolución y liquidación de sociedad conyugal por causa distinta de la muerte del cónyuge y los demás aspectos relacionados con el régimen económico del matrimonio y los derechos sucesorales, sin perjuicio de la competencia atribuida por la ley a los notarios.
- Recibir denuncias y adoptar las medidas de emergencia y de protección necesarias en casos de delitos contra los niños, las niñas y los adolescentes.
- Mantener actualizado el diagnóstico de la infancia y la adolescencia en el municipio.
- Elaborar y presentar los informes periódicos a los organismos de control y al Alcalde Municipal y responder a las citaciones del Concejo Municipal
- Formular, evaluar y ejecutar Planes, Programas y Proyectos en pro de la infancia y adolescencia del municipio
- En los municipios donde no haya Defensor de Familia, las funciones que la ley 1098 de 2006 le atribuye serán cumplidas por el Comisario de Familia.
- Rendir los informes periódicos al Alcalde Municipal y al Concejo Municipal cuando sea citado para el efecto
- Adoptar las medidas de restablecimiento de derechos en los casos de maltrato infantil y denunciar el delito.
- Definir provisionalmente sobre la custodia y cuidado personal, la cuota de alimentos y la reglamentación de visitas, la suspensión de la vida en común de los cónyuges o compañeros permanentes y fijar las cauciones de comportamiento conyugal, en las situaciones de violencia intrafamiliar
- Aplicar las medidas policivas que correspondan en casos de conflictos familiares, conforme a las atribuciones que les confieran los Concejos Municipales.
- Adelantar de oficio las actuaciones necesarias para prevenir, proteger, garantizar y restablecer los derechos de los niños, niñas, los adolescentes y las adolescentes cuando tenga información sobre su vulneración o amenaza.
- – Desarrollar programas de prevención en materia de violencia intrafamiliar y delitos sexuales
- Practicar rescates para conjurar las situaciones de peligro en que pueda encontrarse un niño, niña o adolescente, cuando la urgencia del caso lo demande
- Atender la ejecución de los programas y proyectos y la prestación eficiente de los servicios a cargo de la dependencia y responder por el efectivo cumplimiento y el correcto manejo de los recursos humanos, físicos, tecnológicos y financieros del municipio
- Atender y orientar a los niños, las niñas y los adolescentes y demás miembros del grupo familiar en el ejercicio y restablecimiento de sus derechos.
- Recibir denuncias y tomar las medidas de protección en casos de violencia intrafamiliar
- Ejercer las funciones de policía señaladas en la ley 1098 de 2006
- Conceder permiso para salir del país a los niños, las niñas y los adolescentes cuando no sea necesaria la intervención del juez
- Las demás que de acuerdo a la naturaleza del cargo le sean asignadas por autoridad competente y de acuerdo a la Ley
- Garantizar, proteger, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar
- Citar al presunto padre con miras al reconocimiento voluntario del hijo extramatrimonial nacido o que esté por nacer y, en caso de producirse, extender el acta respectiva y ordenar la inscripción o corrección del nombre en el registro de estado civil
- Promover la conciliación extrajudicial en los asuntos relacionados con derechos y obligaciones entre cónyuges, compañeros permanentes, padres e hijos, miembros de la familia o personas responsables del cuidado del niño, niña o adolescente.
- Asumir la asistencia y protección del adolescente responsable de haber infringido la ley penal ante el juez penal para adolescentes
- Planear, dirigir y controlar las actividades de la dependencia en concordancia con el Plan Municipal de Desarrollo.