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Publicado hace 815 días

¿Qué sigue después de la Etapa de Inscripciones en la Convocatoria Territorial 8?

Si ya te encuentras inscrito en la Convocatoria Territorial 8, debes conocer la etapa que sigue. Esta próxima etapa es una de la más importantes dentro de los Concursos de Méritos, así que, vamos a empezar con toda la información.

¿Qué sigue después de la Etapa de Inscripciones en la Convocatoria Territorial 8?

Aunque estés en la Etapa de Inscripciones, debes saber que es tan solo el comienzo de todo lo que te espera en el reto del Empleo Público. Por eso, en este blog verás los detalles de la Verificación de Requisitos Mínimos. ¡Comencemos!

¿En qué consiste la Verificación de Requisitos Mínimos?

Tan pronto llegamos a esta etapa del concurso surgen muchas dudas con respecto a qué es, cómo se evalúa y el porqué de esta etapa. Es por ello que antes de darte más detalles, te vamos a contar de manera general de qué se trata esta fase.

La Verificación de Requisitos Mínimos o VRM, suele ser la segunda etapa de los concursos públicos y es la primera que es considerada de carácter eliminatorio, lo cual significa que si no es aprobada no se puede seguir participando en la convocatoria.

En esta fase, la CNSC y la universidad evaluadora se encargan de revisar de manera detalla todos los documentos aportados y cargados en la plataforma SIMO. Los documentos que se evalúan identifican al aspirante o son obligatorios para cumplir con la OPEC seleccionada.

Alguno de los documentos son:

  • Cedula de ciudadanía.
  • Título de pregrado.
  • Certificados de experiencia laboral.

Otro de los objetivos que tiene la Verificación de Requisitos Mínimos, es garantizar la veracidad de los documentos y que estos correspondan al aspirante y que se ajusten a los requisitos de la OPEC.

¿Puedo hacer reclamación de los resultados de VRM?

Si no te encuentras satisfecho con los resultados que obtuviste en esta etapa, puedes hacer una reclamación a la entidad bajo estas condiciones:

  • Debe ser presentada únicamente a través de la plataforma SIMO.
  • Se debe presentar dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de publicación de los resultados o cuando la CNSC lo indique. De lo contrario este recurso ya no será válido.

Una vez hagas esto, debes esperar la respuesta a tu reclamación la cual se hará por medio de SIMO, donde debes ingresar con tu usuario y contraseña. Ahora tienes que saber que una vez la Entidad presenta la decisión tomada no proceden más recursos de reclamación.

Ahora que ya conoces un poco más sobre esta etapa y todo lo que nos espera, te invitamos a que ingreses a nuestra página web y te enteres de más detalles como estos. Tan solo tienes que hacer clic en el botón de abajo para obtener mayor información. 

¡Conoce más!

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2 replies
  1. Rocío González says:
    16 febrero, 2023 at 1:23 pm

    Yo cerré ya la inscripción pero no subí el manual de funciones que da la gobernación como hago para agregar ese documento

    Responder
    • Karen de Grupo Geard says:
      2 febrero, 2024 at 2:12 pm

      ¡Hola Rocío! Ofrecemos disculpas por la tardanza en responder, esperamos hayas podido resolver tu inconveniente.

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