Tanto para el primero, como para el segundo y tercer año, los beneficiarios deberán cumplir con los siguientes requisitos para continuar percibiendo el pago del Bono de atracción para el Concurso de Nombramiento Docente:
- Tener nombramiento vigente
- Haber realizado labor efectiva como docente en Institución Educativa, de por lo menos cinco meses continuos o acumulados durante el año lectivo. Se contabiliza como labor efectiva los períodos de licencia por enfermedad y maternidad
La DRE, Dirección Regional de Educación o UGEL, Unidad de Gestión Educativa Local (según su condición de unidad ejecutora), es la instancia encargada de validar el cumplimiento de los requisitos por parte de los beneficiarios.
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