El Comité de Evaluación es la entidad encargada de velar por la transparencia, la confianza y el buen desarrollo del Concurso de Nombramiento para la Carrera Magisterial.
Este comité tiene a su cargo no solo la revisión de la documentación presentada sino también es aquel que se encarga de valorar la trayectoria personal y asignar el puntaje, además de realiza la aplicación del instrumento de Observación en el Aula y de la Entrevista.
Es muy importante la función del Comité de Evaluación, pues del resultado en estos instrumentos de evaluación depende que el o la postulante obtenga o no la vacante en el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial.
Conoce las funciones del Comité de Evaluación
- Verificar si los postulantes cumplen con los requisitos establecidos en la Ley de Reforma Magisterial, su Reglamento, el presente Documento Normativo y la convocatoria al concurso.
• Conducir los procesos de evaluación que les correspondan y aplicar los instrumentos de evaluación a su cargo, de conformidad con el modelo de
evaluación aprobado por el Minedu. Para tal efecto el Comité de Evaluación debe:- Comunicar oportunamente a los postulantes la fecha de aplicación de los instrumentos de evaluación que corresponda. Esta comunicación deberá
realizarse por documento, correo electrónico, mensaje de texto u otro medio escrito, siempre y cuando se tenga un medio de verificación de
envío de la comunicación y confirmación de recepción de la misma por parte del postulante. - Aplicar los instrumentos de evaluación correspondientes a la Etapa Descentralizada del concurso, de acuerdo a los procedimientos
establecidos en el Manual del Comité de Evaluación. - Culminar con la evaluación correspondiente a la Etapa Descentralizada de los postulantes que eligieron una plaza.
- Consolidar los resultados de las diversas evaluaciones realizadas como parte del concurso, según los lineamientos del Minedu.
- Absolver las consultas sobre la adjudicación de plazas, bajo su competencia.
- Comunicar oportunamente a los postulantes la fecha de aplicación de los instrumentos de evaluación que corresponda. Esta comunicación deberá
- Establecer su propio cronograma interno de actividades para la aplicación de los instrumentos de evaluación a su cargo dentro del plazo establecido por el
Minedu, y comunicarlo oportunamente a los postulantes a fin de garantizar la transparencia del proceso. - Difundir la lista de los postulantes clasificados para participar en la Etapa Descentralizada del concurso en los casos en que así se determine.
- Absolver las consultas y reclamos de los postulantes respecto del proceso y resultados del concurso, los mismos que deberán ser debidamente motivados y resueltos en el plazo establecido en el cronograma.
- Retirar del concurso a los postulantes que no cumplen con los requisitos establecidos en la LRM, su Reglamento y en el presente Documento Normativo; dicha acción deberá ser informada al Minedu.
CONCURSO DE NOMBRAMIENTO 2024
Funciones del Comité de Evaluación
(Numeral 5.4.7.2.1 del documento normativo) - Ingresar los resultados de las evaluaciones a su cargo en el aplicativo dispuesto por el DIED, dentro del plazo establecido en el cronograma.
- Elaborar y presentar el informe final del proceso de evaluación, debidamente documentado a la autoridad de la instancia superior correspondiente, es decir a la UGEL o DRE, según corresponda; además de adjuntar las actas finales.
Si quieres conocer más acerca de esta importante Entidad, te recomendamos ingresar al botón que te aparecerá abajo. Ahí encontrarás todo lo que necesitas saber el Comité de Evaluación.
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