Estado
La convocatoria Territorial para municipios de quinta y sexta categoría ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Ejecutar y aplicar planes, programas, procesos, procedimientos y normas tendientes a garantizar la tranquilidad y seguridad de las personas y de sus bienes dentro de la jurisdicción Municipal y aplicar correctivos conforme a las atribuciones conferidas por la Ley, los Códigos de Policía y los Acuerdos del Concejo Municipal.
Entidad
Alcaldia Yacopi.
Requisitos de estudios
(Decreto 800 de 1991 Artículo 2°) 1. Haber terminado estudios de derecho o ser egresado dé carrera en el campo de lás ciencias sociales de Facultad oficialmente reconocida, o. 2. Tecnólogo en Administración Municipal, o
Alternativas:
- No aplica
Requisitos de experiencia
3. Bachiller y haber desempeñado por cinco (5) años o más funciones judiciales, de policía o administrativas de contenido jurídico en el sector público.
Alternativas:
- No aplica
Funciones del cargo
- Elaborar los informes de desempeño del proceso que tiene a su cargo.
- Adelantar los estudios para elaborar y mantener actualizados los procedimientos propios de la dependencia.
- Las demás funciones asignadas, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.
- Ejecutar la orden de restitución, en casos de tierras comunales.
- Conciliar para la solución de conflictos de convivencia, cuando sea procedente.
- Atender las solicitudes verbales o escritas cursadas por la ciudadanía respecto a los asuntos relacionados con el cargo.
- Conocer en primera instancia de la aplicación de las siguientes medidas correctivas:
- a. Suspensión de construcción o demolición;
- b. Construcción, cerramiento, reparación o mantenimiento de inmueble;
- c. Reparación de daños materiales por perturbación a la posesión y tenencia de inmuebles;
- d. Restitución y protección de bienes inmuebles, diferentes a los descritos en el numeral 17 del artículo 205 de la Ley 1801 de 2016
- e. Restablecimiento del derecho de servidumbre y reparación de daños materiales;
- f. Remoción de bienes, en las infracciones urbanísticas;
- g. Multas;
- h. Suspensión definitiva de actividad.
- Conocer de los comportamientos contrarios a la convivencia en materia de seguridad, tranquilidad, ambiente y recursos naturales, derecho de reunión, protección a los bienes y privacidad, actividad económica, urbanismo, espacio público y libertad de circulación.
- Conocer, en única instancia, de la aplicación de las siguientes medidas correctivas:
- a. Reparación de daños materiales de muebles o inmuebles;
- b. Expulsión de domicilio;
- c. Prohibición de ingreso a actividad que involucra aglomeraciones de público complejas o no complejas;
- d. Decomiso.
- Las demás que le señalen la Constitución, la ley, las ordenanzas y los acuerdos.