Estado
La convocatoria Territorial para municipios de quinta y sexta categoría ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
DESARROLLAR PROCESOS EN LA EJECUCION DE LOS PROGRAMAS DE SEGURIDAD DE LA JURISDICCION QUE LE HA SIDO ASIGNADA, LA SOLUCION DE LOS CONFLICTOS PRESENTADOS POR LA COMUNIDAD, TENIENDO EN CUENTA QUE LA FUNCION BASICA DE LA PENA EN EL CAMPO CONTRAVENCIONAL ES LA REHABILITACION DE LOS INFRACTORES, MEDIANTE PROGRAMAS QUE MEJOREN LA SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA.
Entidad
Alcaldia Anzoategui.
Requisitos de estudios
Area de conocimiento: ciencias sociales y humanas. N.B.C.: Derecho, terminación y aprobación de los estudios de la carrera de Derecho. Según Parágrafo tercero del articulo 206 de la Ley 1801 de 2016.
Requisitos de experiencia
No aplica
Funciones del cargo
- EJERCER CONTROL SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DE LAS VENTAS AMBULANTES Y O ESTACIONARIAS Y REALIZAR INSPECCIONES OCULARES A ESTABLECIMIENTOS ABIERTOS AL PUBLICO PARA VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REGLAMENTOS.
- RENDIR LOS INFORMES QUE LE SEAN SOLICITADOS, LOS QUE DEBEN PRESENTARSE A LOS ORGANISMOS EXTERNOS Y LOS QUE NORMALMENTE DEBEN PRESENTARSE ACERCA DE LA MARCHA DEL TRABAJO DESARROLLADO POR EL AREA.
- EXPEDIR PERMISO PARA LAS DILIGENCIAS DE TRASTEO EN LA JURISDICCION Y LAS CONSTANCIAS POR PERDIDA DE DOCUMENTOS, SUPERVIVENCIA, RESIDENCIA, TRASLADOS Y OTROS DE SU COMPETENCIA.
- CONCILIAR PARA LA SOLUCION DE CONFLICTOS DE CONVIVENCIA, CUANDO SEA PROCEDENTE.
- PARTICIPAR EN LAS ACTIVIDADES DE PROMOCION, BIENESTAR Y DESARROLLO DEL PERSONAL, JUNTO CON EL EQUIPO DE TRABAJO QUE LABORA EN ESA DEPENDENCIA.
- EFECTUAR VISITAS E INVESTIGACIONES DE CONTROL, EN LO RELACIONADO CON FRAUDE EN PESAS, MEDIDAS Y PROCEDENCIA DE LOS ARTICULOS DE PRIMERA NECESIDAD Y EN CASO DE ESPECULACION Y ACAPARAMIENTO.
- APLICAR LAS SANCIONES CORRESPONDIENTES, A LOS COMERCIANTES E INDUSTRIALES QUE VIOLEN LAS NORMAS QUE SOBRE PRECIOS, PESAS, MEDIDAS Y CALIDADES SE ENCUENTREN VIGENTES.
- CONOCER DE LAS CONTRAVENCIONES CONTEMPLADAS EN LAS DISPOSICIONES LEGALES Y EL CODIGO DE POLICIA SEGUN LEY 1801 DE 2016, SOBRE PROTECCION SOCIAL RELACIONADA CON LA MENDICIDAD, LA VAGANCIA, LOS ENFERMOS MENTALES, MENORES DE EDAD Y PERSONAS TOXICOMANAS Y ALCOHOLICAS.
- RESPONDER POR EL BUEN USO Y RACIONALIZACION DE LOS RECURSOS FISICOS QUE SE UTILIZAN EN ESTA DEPENDENCIA EL DESARROLLAR LA MISION INSTITUCIONAL
- COLABORAR EN COORDINACION CON EL RESPONSABLE DE LA INFORMATICA, EN LA IMPLEMENTACION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACION QUE GARANTICEN AGILIDAD Y CONFIABILIDAD EN LOS PROCESOS EN QUE INTERACTUAN ESTAS DEPENDENCIAS
- CONOCER DE PRIMERA INSTANCIA DE LAS CONTRAVENCIONES ESPECIALES A QUE SE REFIERE EL DECRETO 522 DE 1971
- TRAMITAR LAS QUERELLAS DE LA POLICIA CONSAGRADAS COMO CONTRAVENCIONES SEGUN EL DECRETO 800 DE 1991
- CONOCER LOS ASUNTOS O NEGOCIOS QUE LE ASIGNEN LAS LEYES, LOS ACUERDOS Y DEMAS DISPOSICIONES LEGALES Y EN UNICA INSTANCIA, DE LAS CONTRAVENCIONES COMUNES ORDINARIAS DETERMINADAS POR LAS DISPOSICIONES LEGALES
- INSPECCIONAR Y VIGILAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES QUE EXPIDA EL MUNICIPIO EN CUANTO AL TRANSPORTE URBANO Y RURAL
- INSPECCIONAR EL CUMPLIMENTO DE LAS NORMAS EXPEDIDAS POR LA ALCALDIA Y OTRAS AUTORIDADES COMPETENTES EN CUANTO A PRECIOS DE VENTA AL PUBLICO, PASAJES, MEDICIONES, CALIDADES Y ATENDER LO RELACIONADO CON LAS CONTRAVENCIONES DE DICHAS NORMAS
- CONOCER DE LOS COMPORTAMIENTOS CONTRARIOS A LA CONVIVENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD, TRANQUILIDAD, AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, DERECHO DE REUNION, PROTECCION A LOS BIENES Y PRIVACIDAD, ACTIVIDAD ECONOMICA, URBANISMO, ESPACIO PUBLICO Y LIBERTAD DE CIRCULACION.
- EJECUTAR LA ORDEN DE RESTITUCION, EN CASOS DE TIERRAS COMUNALES.
- CONOCER, EN UNICA INSTANCIA, DE LA APLICACION DE LAS SIGUIENTES MEDIDAS CORRECTIVAS.
- A. REPARACION DE DAÑOS MATERIALES DE MUEBLES O INMUEBLES.
- B. EXPULSION DE DOMICILIO.
- C. PROHIBICION DE INGRESO A ACTIVIDAD QUE INVOLUCRA AGLOMERACIONES DE PUBLICO COMPLEJAS O NO COMPLEJAS
- D. DECOMISO.
- CONOCER EN PRIMERA INSTANCIA DE LA APLICACION DE LAS SIGUIENTES MEDIDAS CORRECTIVAS.
- A. SUSPENSION DE CONSTRUCCION O DEMOLICION.
- B. DEMOLICION DE OBRA.
- C. CONSTRUCCION, CERRAMIENTO, REPARACION O MANTENIMIENTO DE INMUEBLE.
- D. REPARACION DE DAÑOS MATERIALES POR PERTURBACION A LA POSESION Y TENENCIA DE INMUEBLES.
- E. RESTITUCION Y PROTECCION DE BIENES INMUEBLES, DIFERENTES A LOS DESCRITOS EN EL NUMERAL 17 DEL ARTICULO 205.
- F. RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO DE SERVIDUMBRE Y REPARACION DE DAÑOS MATERIALES.
- G. REMOCION DE BIENES, EN LAS INFRACCIONES URBANISTICAS.
- H. MULTAS.
- I. SUSPENSION DEFINITIVA DE ACTIVIDAD
- EJERCER LAS DEMAS FUNCIONES ASIGNADAS POR LA AUTORIDAD COMPETENTE, DE ACUERDO CON EL NIVEL, LA NATURALEZA Y EL AREA DE DESEMPEÑO DEL CARGO.
- IMPLEMENTAR Y APLICAR MECANISMOS Y MEDIDAS QUE PERMITAN MANTENER EL ORDEN PUBLICO Y LA TRANQUILIDAD CIUDADANA
- PRESENTAR INFORMES PERIODICOS U OCASIONALES AL JEFE INMEDIATO O CUALQUIER OTRA AUTORIDAD COMPETENTE QUE LO SOLICITE
- ATENDER Y SANCIONAR LOS CASOS DE INFRACCIONES DE TRANSITO Y DAÑOS MATERIALES EN VEHICULOS, SIEMPRE QUE NO HAYAN LESIONES PERSONALES Y TODO LO RELACIONADO CON EL DECRETO 1344 DE 1970
- ATENDER LOS PROCESOS CIVILES DE LA POLICIA ENMARCADOS EN EL DECRETO 1889 DE 1986 Y LEY 1801 DE 2016, DECRETO 1889 DE 1996
- PARTICIPAR EN LA FORMACION DE UNA CULTURA DE AUTO-CONTROL EN LA GESTION DE ESTA DEPENDENCIA QUE CONTRIBUYA AL MEJORAMIENTO CONTINUO EN EL CUMPLIMIENTO DE LA MISION INSTITUCIONAL
- PARTICIPAR EN LAS ACTIVIDADES DE PROMOCION, BIENESTAR Y DESARROLLO DEL PERSONAL, JUNTO CON EL EQUIPO DE TRABAJO QUE LABORA EN ESA DEPENDENCIA.
- EFECTUAR VISITAS E INVESTIGACIONES DE CONTROL, EN LO RELACIONADO CON FRAUDE EN PESAS, MEDIDAS Y PROCEDENCIA DE LOS ARTICULOS DE PRIMERA NECESIDAD Y EN CASO DE ESPECULACION Y ACAPARAMIENTO.
- APLICAR LAS SANCIONES CORRESPONDIENTES, A LOS COMERCIANTES E INDUSTRIALES QUE VIOLEN LAS NORMAS QUE SOBRE PRECIOS, PESAS, MEDIDAS Y CALIDADES SE ENCUENTREN VIGENTES.
- CONOCER DE LAS CONTRAVENCIONES CONTEMPLADAS EN LAS DISPOSICIONES LEGALES Y EL CODIGO DE POLICIA SEGUN LEY 1801 DE 2016, SOBRE PROTECCION SOCIAL RELACIONADA CON LA MENDICIDAD, LA VAGANCIA, LOS ENFERMOS MENTALES, MENORES DE EDAD Y PERSONAS TOXICOMANAS Y ALCOHOLICAS.