Estado
La convocatoria Territorial para municipios de quinta y sexta categoría ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
PLANEAR, ORGANIZAR, ANALIZAR, SOLUCIONAR Y/O TRAMITAR LAS DENUNCIAS, QUERELLAS, COMISIONES, QUEJAS Y DIFERENCIAS QUE SE PRESENTAN EN LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD, ATENDIENDO RIGUROSAMENTE EL PROCEDIMIENTO LEGAL A SEGUIR EN CADA CASO, Y CUMPLIENDO CON ESTANDARES DE CALIDAD EN EFICIENCIA, EFICACIA Y BRINDANDO ASESORIA Y SOLUCION PACIFICA A LOS CONFLICTOS QUE SE PRESENTAN EN SU JURISDICCION Y QUE SON COMPETENCIA DE SU DESPACHO.
Entidad
Alcaldia Une.
Requisitos de estudios
Terminación y aprobación de los estudios de la carrera de Derecho (del núcleo básico de conocimiento de derecho).
Requisitos de experiencia
Doce (12) meses de experiencia relacionada.
Funciones del cargo
- Conciliar para la solución de conflictos de convivencia, cuando sea procedente.
- Conocer de los comportamientos contrarios a la convivencia en materia de seguridad, tranquilidad, ambiente y recursos naturales, derecho de reunión, protección a los bienes y privacidad, actividad económica, urbanismo, espacio público y libertad de circulación.
- Ejecutar la orden de restitución, en casos de tierras comunales.
- Las demás que le señalen la Constitución, la ley, las ordenanzas y los acuerdos.
- Conocer, en única instancia, de la aplicación de las siguientes medidas correctivas:
- a) Reparación de daños materiales de muebles o inmuebles;
- b) Expulsión de domicilio;
- c) Prohibición de ingreso a actividad que involucra aglomeraciones de público complejas o no complejas;
- d) Decomiso.
- Conocer en primera instancia de la aplicación de las siguientes medidas correctivas:
- a) Suspensión de construcción o demolición;
- b) Demolición de obra;
- c) Construcción, cerramiento, reparación o mantenimiento de inmueble;
- d) Reparación de daños materiales por perturbación a la posesión y tenencia de inmuebles;
- e) Restitución y protección de bienes inmuebles, diferentes a los descritos en el numeral 17 del artículo 205;
- f) Restablecimiento del derecho de servidumbre y reparación de daños materiales;
- g) Remoción de bienes, en las infracciones urbanísticas;
- h) Multas;
- i) Suspensión definitiva de actividad.