Estado
La convocatoria Territorial para municipios de quinta y sexta categoría ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
GARANTIZAR, PROTEGER Y RESTABLECER LOS DERECHOS DE LA FAMILIA TRANSGREDIDOS POR SITUACIONES IRREGULARES Y DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, EN EL MARCO DE LA LEY 1098 DE 2006, PARA QUE LOS NINOS Y LOS ADOLESCENTES, TENGAN UN DESARROLLO INTEGRAL EN EL SENO DE LA FAMILIA Y DE LA COMUNIDAD, EN UN AMBIENTE DE ARMONIA, CONVIVENCIA, PAZ Y COMPRENSION, PREVALECIENDO EL RECONOCIMIENTO A LA IGUALDAD Y DIGNIDAD HUMANA, SIN DISCRIMINACION.
Entidad
Alcaldia Jesus Maria.
Requisitos de estudios
FORMACIÓN ACADEMICA: Título Profesional en disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en Derecho y afines. Y acreditar título de posgrado en Derecho de Familia, o Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos, o en Ciencias Sociales siempre y cuando en este último caso el estudio de la familia sea un componente curricular del programa. Igualmente, de conformidad con la sentencia C–149-09, se pueden acreditar también otros títulos de postgrado que resulten afines con los citados y que guarden relación directa, clara e inequívoca con las funciones asignadas al Defensor y Comisario de familia. De conformidad al Artículo 85 de la Ley 1098 de 2006 y concordancia con el artículo 80 de la misma Ley, el Profesional debe ser Abogado en ejercicio con tarjeta profesional vigente, y no tener antecedentes penales ni disciplinarios.
Requisitos de experiencia
Un año de experiencia profesional.
Funciones del cargo
- DESARROLLAR PROGRAMAS DE PREVENCION DE DELITOS SEXUALES Y DELITOS CONTRA LA MUJER.
- RECEPCIONAR DENUNCIAS Y ADOPTAR LAS MEDIDAS DE EMERGENCIA Y DE PROTECCION NECESARIA EN CASO DE DELITOS CONTRA LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
- PARTICIPAR EN EL DISEÑO, EJECUCION Y EVALUACION DE POLITICA PUBLICA DIFERENCIAL Y PRIORITARIA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA MUNICIPAL, EN EL MARCO DE LOS LINEAMIENTOS DISPUESTOS POR EL GOBIERNO NACIONAL.
- ASISTIR AL NIÑO EN LOS JUZGADOS CUANDO DEBAN RENDIR DECLARACION O ESTEN INVOLUCRADOS ASUNTOS QUE TIENEN TRAMITE EN LOS JUZGADOS LOCALES.
- COORDINAR LA REALIZACION DEL DIAGNOSTICO, DE LA SITUACION DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA EN EL MUNICIPIO, A FIN DE ESTABLECER LAS PRIORIDADES DE INVERSION, Y DETERMINAR LAS ESTRATEGIAS DE SOLUCION, A CORTO, MEDIANO Y LARGO PLAZO.
- PROTEGER LA FAMILIA, RESTABLECIENDO Y REPARANDO LOS DERECHOS DE LOS MIEMBROS DE LA FAMILIA TRANSGREDIDOS POR SITUACIONES DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
- COORDINAR ACCIONES DE PROTECCION CON EL ICBF Y LOS ENTES QUE CONFORMAN LA JURISDICCION DE FAMILIA.
- DEFINIR PROVISIONALMENTE SOBRE LA CUSTODIA, CUIDADO PERSONAL, CUOTA DE ALIMENTOS Y LA REGLAMENTACION DE VISITAS A FAVOR DE LOS NIÑOS, NIÑAS O ADOLESCENTES, ADEMAS DE LA SUSPENSION DE LA VIDA EN COMUN DE LOS CONYUGES O COMPAÑEROS PERMANENTES Y FIJAR LAS MEDIDAS DE PROTECCION POR CONDUCTA CONYUGAL, EN SITUACIONES DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
- SERVIR DE CONCILIADOR EN LA SOLUCION DE CONFLICTOS AL INTERIOR DE LA FAMILIA.
- DICTAR LAS MEDIDAS DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS EN LOS CASOS DE MALTRATO INFANTIL Y DENUNCIAR EL DELITO, ANTE LOS ENTES COMPETENTES.
- ADELANTAR LAS INSPECCIONES PARA VERIFICAR E IMPEDIR MALTRATOS FISICOS Y MORALES A MENORES, MUJERES O ANCIANOS, Y ADOPTAR LAS MEDIDAS PARA REMEDIAR TALES SITUACIONES.
- PRACTICAR RESCATES PARA CONJURAR ESTADOS DE PELIGRO EN QUE SE ENCUENTRE UN NIÑO O ADOLESCENTE.