Estado
La convocatoria Territorial para municipios de quinta y sexta categoría ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
BRINDAR ASESORIA Y APOYO A LA FAMILIA EN ASPECTOS RELACIONADOS CON EL DERECHO DE FAMILIA REALIZANDO ACCIONES INTERVENTORAS QUE GARANTICEN LA EFECTIVIDAD DE LA PROTECCION DEL INTERES SUPERIOR DE LOS NINOS, NINAS Y ADOLESCENTES, ASI MISMO EL ASEGURAMIENTO FRENTE AL RESTABLECIMIENTO DE SUS DERECHOS PARA SU PLENO Y ARMONIOSO DESARROLLO, DENTRO DE CONTEXTO INTEGRAL DE CONVIVENCIA PACIFICA EN LA FAMILIA EN LOS EVENTOS QUE SUS DERECHOS SEAN CONCULCADOS POR SITUACIONES DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Y LAS DEMAS ESTABLECIDAS POR LA LEY.
Entidad
Alcaldia Penol.
Requisitos de estudios
Título de formación profesional en disciplinas de los núcleos básicos del conocimiento en Derecho además acreditar título de posgrado en Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos, o en Ciencias Sociales siempre y cuando en este último caso el estudio de la familia sea un componente curricular del programa (Ley 1098 de 2006).
Requisitos de experiencia
Doce (12) Meses de experiencia profesional relacionada.
Funciones del cargo
- Efectuar a través de los diferentes medios de comunicación campañas para que la población conozca los derechos del menor, la familia y sus mecanismos de protección.
- Ejercer la secretaría técnica del Comité Municipal de Política Social COMPOS.
- Efectuar las comisiones, peticiones, práctica de pruebas y demás actuaciones impartidas por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Defensoría de Familia, Ministerio Público y demás Entidades Públicas para la protección de los derechos de la familia y los menores.
- Presentar los informes sobre las actividades desarrolladas en oportunidad y periodicidad requeridas.
- Controlar las actividades relacionadas con las quejas ciudadanas y contravenciones en las que se puedan ver afectados o involucrados menores de edad o se afecte la vida familiar en el municipio, en coordinación con el Superior Inmediato.
- Desarrollar las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el manual de procesos y procedimientos, el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo para el cumplimiento de la misión de la entidad territorial.
- Desarrollar programas de prevención en materia de violencia intrafamiliar y delitos sexuales.
- Recibir a prevención, denuncias sobre hechos que puedan configurarse como delito o contravención, en los que aparezca involucrado el menor como afectado, tomar las medidas de emergencia correspondiente y darle el trámite respectivo de acuerdo con las disposiciones y procedimientos vigentes.
- Remitir los casos que no sean de su competencia a los juzgados o al defensor de familia del I.C.B.F.
- Practicar allanamientos para conjurar las situaciones de peligro en que se pueda encontrar un menor cuando la urgencia del caso lo demande, de oficio o a solicitud del juez o del defensor de familia, de acuerdo con el procedimiento señalado para el efecto por el código del menor; Atender las solicitudes de medida de protección inmediata que ponga fin a la violencia, maltrato, o agresión, o evite que se realice cuando sea inminente.
- Realizar las audiencias de conciliación para el arreglo de las controversias Determinar la necesidad de ayuda profesional, psicológica o social en los casos que ameritan y remitirlo al profesional respectivo.
- Recibir a prevención las quejas e informes, de los aspectos relacionados con conflictos familiares, atender las demandas relativas a la protección de la familia, del menor, casos de maltrato y explotación y de violencia intrafamiliar, tomando las medidas de urgencia que sean necesarias mientras se remiten a la autoridad correspondiente.
- Gestionar la promoción y el restablecimiento de los derechos reconocidos en los tratados internacionales, en la Constitución Política, en los artículos 96 y s.s. de la Ley 1098 de 2006, en concordancia con el artículo 7 del Decreto 4840 de 2007 y demás normas vigentes.
- Practicar allanamientos para conjurar las situaciones de peligro en que pueda encontrarse un menor, cuando la urgencia del caso lo demande, de oficio o a solicitud del Juez o del Defensor de Familia, de acuerdo con el procedimiento señalado para el efecto por el Código del Menor.
- Definir provisionalmente sobre la custodia y cuidado personal, la cuota de alimentos, y la reglamentación de visitas, la suspensión de la vida en común de los cónyuges o compañeros permanentes; y fijar las cauciones de comportamiento conyugal, en las situaciones de violencia intrafamiliar.
- Efectuar las comisiones, peticiones, practica de pruebas y demás actuaciones que le solicite el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y los funcionarios encargados de la jurisdicción de familia, en los aspectos relacionados por la protección del menor y la familia, de acuerdo con el procedimiento para el efecto.
- Recibir a prevención denuncias sobre hechos que puedan configurarse como delito o contravención, en los que aparezca involucrado un menor como ofendido o sindicado conducente a tomar las medidas de emergencia correspondientes y darles el trámite respectivo de acuerdo con las disposiciones sobre la materia.
- Atender y orientar a los niños, las niñas y los adolescentes NNA y demás miembros del grupo familiar en el ejercicio y restablecimiento de sus derechos.
- Velar por la garantía, protección, restablecimiento y reparación de los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar.
- Recepcionar quejas ciudadanas y abocar el conocimiento de las que sean de su competencia, atender denuncias por maltrato, abandono o demás problemas que afecten la vida familiar en el municipio.