Estado
La convocatoria Territorial para municipios de quinta y sexta categoría ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
ADELANTAR PROCESOS ADMINISTRATIVOS DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS, ASI COMO APOYAR, PROGRAMAR Y EJECUTAR LOS PROCESOS RELACIONADOS CON LA PROTECCION DE LOS MENORES, LA MUJER Y TODO LO RELACIONADO CON CONFLICTOS DE ORDEN FAMILIAR. DIRIGIR EN COORDINACION CON LAS INSTITUCIONES Y AUTORIDADES DEL ORDEN MUNICIPAL, DEPARTAMENTAL Y NACIONAL EL CONJUNTO DE ACCIONES NECESARIAS PARA PREVENIR, PROTEGER, GARANTIZAR, RESTABLECER Y REPARAR LOS DERECHOS DE LOS MIEMBROS DE LA FAMILIA CONCULCADOS POR SITUACIONES DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Y LAS DEMAS ESTABLECIDAS POR LA LEY.
Entidad
Alcaldia Municipal Acevedo.
Requisitos de estudios
Estudios. La ley 1098 de 2006, “Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia”, estableció en su artículo 85: “calidades para ser Comisario de Familia. Para ser Comisario de Familia se requieren las mismas calidades que para ser Defensor de Familia”. Ley 1098 de 2006, artículo 84: Calidades para ser Comisario de Familia: I. Ser abogado en ejercicio y con tarjeta profesional vigente. II. No tener antecedentes penales ni disciplinarios. III. Acreditar título de posgrado en Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos, o en Ciencias Sociales siempre y cuando en este último caso el estudio de la familia sea un componente curricular del programa . NOTA: El texto subrayado fue declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-149 de 2009, siempre que se entienda que para el cumplimiento del requisito se pueden acreditar también otros títulos de postgrado que resulten afines con los citados y que guarden relación directa, clara e inequívoca con las funciones asignadas al defensor de familia, conforme a los artículos 81 y 82 de la misma ley.
Requisitos de experiencia
Doce (12) meses de experiencia laboral en áreas relacionadas con el desempeño del cargo debidamente certificada.
Funciones del cargo
- ATENDER Y ORIENTAR A LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y LOS ADOLESCENTES Y DEMAS MIEMBROS DEL GRUPO FAMILIAR EN EL EJERCICIO Y RESTABLECIMIENTO DE SUS DERECHOS.
- PREPARAR Y PRESENTAR LOS INFORMES PROPIOS DE SU GESTION REQUERIDOS A NIVEL EXTERNO E INTERNO.
- EJECUTAR Y COORDINAR ACCIONES INTERINSTITUCIONALES RESPECTO A LAS COMPETENCIAS DE LEY EN EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES Y LA APLICACION A LOS ADOLESCENTES DE LA JURISDICCION.
- DEFINIR PROVISIONALMENTE SOBRE LA CUSTODIA Y CUIDADO PERSONAL, LA CUOTA DE ALIMENTOS Y REGLAMENTACION DE VISITAS, LA SUSPENSION DE LA VIDA EN COMUN DE LOS CONYUGES O COMPAÑEROS PERMANENTES, Y FIJAR LAS CAUCIONES DE COMPORTAMIENTO CONYUGAL EN LAS SITUACIONES DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
- PROGRAMA PRIMERA INFANCIA DE HOGARES INFANTILES Y CENTROS DE PROTECCION A LA NIÑEZ:
- CUMPLIR LAS DEMAS FUNCIONES ASIGNADAS POR LA AUTORIDAD COMPETENTE DE ACUERDO CON EL NIVEL, LA NATURALEZA Y EL AREA DE NATURALEZA DEL EMPLEO.
- DAR CUMPLIMIENTO A LOS LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, Y PARTICIPAR EN LAS ACTIVIDADES QUE SE PROGRAMEN FRENTE A ESTOS TEMAS.
- RESPONDER POR LOS RECURSOS DISPONIBLES PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES.
- DESARROLLAR PROGRAMAS DE PREVENCION EN MATERIA DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Y DELITOS SEXUALES.
- PARTICIPAR ACTIVAMENTE EN LOS CONSEJOS, MESAS TECNICAS, COMITES, REUNIONES, JUNTAS Y ASESORIAS SEGUN SEA REQUERIDO.
- COORDINAR, ARTICULACION, DESARROLLAR Y/O ASESORAR PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS RELACIONADOS CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS COMPETENCIAS ASIGNADAS AL MUNICIPIO A TRAVES DE LA LEY 1098 DE 2006, EN LO PERTINENTE.
- DIRECCIONAR LAS ACCIONES DEL EQUIPO INTERDISCIPLINARIO DE LA COMISARIA DE FAMILIA ORIENTADAS AL RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
- ABSOLVER CONSULTAS SOBRA LAS MATERIAS DE COMPETENCIA DEL AREA DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES LEGALES Y POLITICAS VIGENTES.
- INTERACTUAR PERMANENTEMENTE CON LAS ENTIDADES ADSCRITAS AL SISTEMA NACIONAL DE BIENESTAR FAMILIAR PARA GARANTIZAR LA OFERTA INSTITUCIONAL MUNICIPAL Y DE LAS DEMAS ENTIDADES A NIVEL REGIONAL Y/O NACIONAL, ENCARGADAS DE ACCIONES DE PREVENCION, Y PROTECCION A SISTEMA NACIONAL DE BIENESTAR FAMILIAR
- APLICAR LAS MEDIDAS POLICIVAS QUE CORRESPONDAN EN CASO DE CONFLICTOS FAMILIARES, CONFORME A LAS ATRIBUCIONES QUE LES CONFIRIERAN LOS CONCEJOS MUNICIPALES.
- ELABORAR ANUALMENTE EL PLAN DE ACCION Y REALIZARLE LA EVALUACION Y EL SEGUIMIENTO PERIODICO.
- PROPENDER POR EL USO RACIONAL DE LOS RECURSOS ASIGNADOS A LA COMISARIA DE FAMILIA.
- RECIBIR DENUNCIAS Y ADOPTAR LAS MEDIDAS DE EMERGENCIA Y DE PROTECCION NECESARIAS EN CASO DE DELITOS CONTRA LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
- EJECUTAR CAMPAÑAS Y ACTIVIDADES DE PREVENCION ENMARCADAS EN EL PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL.
- PRACTICAR RESCATES PARA CONJURAR LAS SITUACIONES DE PELIGRO EN QUE PUEDA ENCONTRARSE UN NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE, CUANDO LA URGENCIA DEL CASO LO DEMANDE DE CONFORMIDAD CON LA SENTENCIA C- 0256 DE 2008 DE LA CORTE CONSTITUCIONAL.
- RESOLVER EN FORMA EFICIENTE Y OPORTUNA LAS PETICIONES, RECURSOS Y DEMAS ACCIONES QUE SE INTERPONGAN ANTE SU DESPACHO.
- CONCERTAR CON LOS CONSULTORIOS JURIDICOS DE LA REGION DE LAS FACULTADES DE DERECHO, GRUPOS SOCIALES, GRUPOS DE APOYO, AUTORIDADES CIVILES Y DE POLICIA, LA EJECUCION DE PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS QUE FORTALEZCAN LOS VINCULOS FAMILIARES. ASEGURAR Y APOYAR EL USO DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES RELACIONADOS, TUTELAR SUS DERECHOS Y BRINDAR PROTECCION A LOS MENORES.
- PROGRAMAR Y REALIZAR LAS AUDIENCIAS DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL EN LOS ASUNTOS DE SU COMPETENCIA, EN ESPECIAL LAS CONFERIDAS POR LA LEY 1098 DE 2016 Y LA LEY 640 DE 2001.
- GARANTIZAR, PROTEGER, RESTABLECER DERECHOS DE LOS MIEMBROS DE LA FAMILIA CONCULCADOS POR SITUACIONES DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
- RECIBIR DENUNCIAS Y TOMAR LAS MEDIDAS DE PROTECCION EN CASOS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
- HACER PRESENCIA ACTIVA EN LOS EVENTOS Y ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LOS ASUNTOS DE SU COMPETENCIA.
- DAR CUMPLIMIENTO CON LO CONSAGRADO EN LA LEY 1098 DE 2006 LEY DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA Y DEMAS NORMAS CONCORDANTES ORIENTADAS A LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
- ACOGER LOS LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS EN EL SISTEMA NACIONAL DE BIENESTAR FAMILIAR PARA DIFERENTES PROGRAMAS DE PREVENCION Y PROTECCION PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
- B. PLANEAR, DIRIGIR Y COORDINAR PLANES Y PROGRAMAS RELACIONADOS CON LA PROTECCION AL CUIDADO, FORMACION Y DESARROLLO DE LA POBLACION INFANTIL, ESPECIALMENTE EN ESTADO DE DISCAPACIDAD, MALTRATO INFANTIL, ABANDONO Y ABUSO SEXUAL, ENTRE OTRAS
- A. FORMULAR, COORDINAR, EJECUTAR Y CONTROLAR PROGRAMAS RELACIONADOS CON LA ADMINISTRACION, ASISTENCIA SOCIAL Y FORMACION DE LOS GRUPOS POBLACIONALES ATENDIDOS A TRAVES DE LAS INSTITUCIONES RELACIONADAS CON HOGARES INFANTILES, HOGARES COMUNITARIOS, LUDOTECAS, CLUBES INFANTILES, ENTRE OTROS.
- MANTENER CONTACTO PERMANENTE CON OTROS ORGANISMOS JUDICIALES Y ADMINISTRATIVOS CON LOS QUE TENGA RELACION DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE SUS FUNCIONES Y COMPETENCIAS (JUZGADOS, FISCALIA, ICBF, INSPECCIONES, POLICIA NACIONAL, ENTRE OTROS).
- ADOPTAR LAS MEDIDAS DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS EN LOS CASOS DE MALTRATO INFANTIL Y DENUNCIAR EL DELITO.