Estado
La convocatoria Territorial para municipios de quinta y sexta categoría ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
APOYAR LOS PROCESOS DE LA SECRETARIA SUPERVISANDO EL CUMPLIMIENTO, SEGURIDAD Y OPORTUNIDAD DE LOS MISMOS, DE TAL MANERA QUE EL BENEFICIO DE LOS PROYECTOS DESARROLLADOS SE VEA REFLEJADO EN LA COMUNIDAD.
Entidad
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Requisitos de estudios
Bachiller en cualquier modalidad.
Requisitos de experiencia
Doce (12) meses de experiencia relacionada con las funciones del cargo.
Funciones del cargo
- Realizar, las incorporaciones viales a la cartografía, con el fin de mantener actualizado el inventario vial del Municipio.
- Llevar, registro de las visitas realizadas, y verificar estado y evolución de las obras.
- Comprobar y constatar, el cumplimiento y el estado de ejecución de las obras adelantadas, tomando como base las normas, especificaciones técnicas, contenido, condiciones,
- calidades y demás detalles consignados en los documentos, contratos, mapas y gráficas.
- Vigilar y constatar, que los materiales utilizados en las construcciones, correspondan a las especificaciones técnicas.
- Determinar, la cantidad de materiales y especificaciones que se requiera para las reparaciones locativas, e informar oportunamente al superior para que autorice su despacho o envío.
- Colaborar con la supervisión, el mantenimiento y construcción de vías y demás obras, con el fin que la ejecución se cumpla satisfactoriamente.
- Colaborar, en la elaboración de planillas, inventarios y demás informes, que deba rendir la Secretaría a otras entidades y/u organismos de control.
- Elaborar los planos y diseños de las construcciones urbanas y rurales que no impliquen mayor complejidad y entregarlos al superior inmediato para su aprobación.
- Elaborar los anteproyectos de presupuesto y cotizaciones para las reparaciones de obras públicas y presentarlas al Jefe para su revisión y aprobación.
- Comunicar al superior inmediato sobre las novedades que se le presenten en el desarrollo de sus funciones.
- Las demás que le asigne el Alcalde, el jefe inmediato y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misión de la oficina en cumplimiento de la Constitución, las Leyes y demás disposiciones vigentes.