Estado
La convocatoria 990 a 1131, 1135, 1136 – Territorial 2019 ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Tramitar, fallar y conciliar según el caso los asuntos de policía que se le encomienden, en especial, los relacionados con establecimientos públicos, control de obras, ornato y aseo, querellas de policía, lanzamientos por ocupación de hecho, restitución de bienes de uso público, amparos policivos y demás procesos y actuaciones policivas.
Entidad
Alcaldia Toledo.
Requisitos de estudios
Terminación y aprobación de los estudios de la carrera de derecho.
Requisitos de experiencia
Requisitos establecidos en el Código Nacional de Policía, en el parágrafo tres del artículo 206 de la Ley 1801 de 2016
Funciones del cargo
- Conocer de los comportamientos contrarios a la convivencia en materia de seguridad, tranquilidad, ambiente y recursos naturales, derecho de reuni�n, protecci�n a los bienes y privacidad, actividad econ�mica, urbanismo, espacio p�blico y libertad de circulaci�n.
- Tramitar y resolver en primera instancia los procesos relacionados con servidumbres mineras y los amparos administrativos concedidos a los titulares mineros, art�culo 285 y 307 y siguientes del C�digo de Minas.
- Conducir ante las autoridades competentes a quienes ocupen zonas verdes con cocinas o enramadas.
- Cumplir las comisiones que le confiera el Alcalde en aquellos asuntos que por disposici�n legales son privativos de este funcionario.
- Recibir las denuncias y remitirlas a las autoridades competentes.
- Resolver oportunamente los asuntos de su competencia, radicando todas sus actuaciones en los libros o sistemas respectivos.
- Colaborar con las autoridades de rentas departamentales, dando al funcionario competente los informes respectivos sobre violaci�n a las rentas y dejando a disposici�n los elementos objeto de la infracci�n.
- Ejercer interventor�a sobre los contratos o convenios que celebre la entidad cuando le sea asignado.
- Llevar y tramitar en forma organizada y actualizada el control y la documentaci�n administrativa de los establecimientos abiertos al p�blico, controlando y vigilando su correcto funcionamiento, ejercer el control de precios, pesas y medidas, igualmente controlar las ventas ambulantes, estacionarias y las ventas de la plaza de mercado. Vigilar permanentemente y constantemente el cumplimiento de los requisitos legales, determinando e imponiendo si es del caso en forma efectiva las sanciones procedentes.
- Colaborar en el desarrollo de planes, programas, procesos y actividades inherentes a su �rea.
- Devolver los menores extraviados o que deambulen por las calles, a sus padres, parientes o persona encargada de ellos, previa investigaci�n del caso. A falta de aquellos informar inmediatamente al Instituto de Bienestar Familiar o a la Comisar�a de Familia competente.
- Resolver los conflictos que se presenten entre los barequeros de su jurisdicci�n y los de estos con los beneficiarios de t�tulos mineros y con los propietarios y ocupantes de terrenos, art�culos 156 y 157 del C�digo de Minas.
- Conciliar para la soluci�n de conflictos de convivencia, cuando sea procedente.
- Vigilar y controlar conjuntamente con la Polic�a Nacional que en el municipio, los establecimientos p�blicos cumplan con las disposiciones que regulan su actividad.
- Refrendar con su firma los documentos que se originen en la Inspecci�n.
- Conocer, en �nica instancia, de la aplicaci�n de las siguientes medidas correctivas:
- a) Suspensi�n de construcci�n o demolici�n; b) Demolici�n de obra; c) Construcci�n, cerramiento, reparaci�n o mantenimiento de inmueble; d) Reparaci�n de da�os materiales por perturbaci�n a la posesi�n y tenencia de inmuebles; e) Restituci�n y protecci�n de bienes inmuebles, diferentes a los descritos en el numeral 17 del art�culo 205; f) Restablecimiento del derecho de servidumbre y reparaci�n de da�os materiales; g) Remoci�n de bienes, en las infracciones urban�sticas; h) Multas; i) Suspensi�n definitiva de actividad.
- Las dem�s funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el �rea de desempe�o del empleo.
- Colaborar con las autoridades obligadas a intervenir en las diligencias de exhumaci�n, para que se realicen eficazmente en la fecha se�alada.
- Presentar y ejecutar proyectos y procedimientos tendientes a regular y controlar la utilizaci�n del espacio p�blico de conformidad con la Ley.
- Las dem�s que le se�alen la Constituci�n, la ley, las ordenanzas y los acuerdos
- Imponer las medidas respectivas de conformidad con las normas de car�cter departamental vigentes que regulen las rentas.
- Participar activamente como capacitador y facilitador en el programa de inducci�n brindado a los funcionarios que ingresen a la entidad para desempe�ar cargos que afecten la calidad del producto
- Colaborar con los organismos administrativos en los asuntos policivos de su competencia.
- Tramitar, fallar y conciliar seg�n el caso los asuntos de polic�a que se le encomienden, en especial, los relacionados con establecimientos p�blicos, control de obras, ornato y aseo, querellas de polic�a, lanzamientos por ocupaci�n de hecho, restituci�n de bienes de uso p�blico, amparos policivos y dem�s procesos policivos.
- Colaborar en el desarrollo de planes, programas, proyectos, procesos y actividades relacionadas con el Sistema de Control Interno – MECI
- Velar porque se cumplan las disposiciones sobre comercio, porte de armas, manejo y venta de explosivos y art�culos similares.
- Realizar las evaluaciones de los planes, programas y proyectos que le sean asignados de acuerdo con las directrices establecidas.
- Velar porque se lleven debidamente organizado y a la orden del d�a los archivos de la Inspecci�n Municipal de Polic�a.
- Apoyar y participar en los equipos de trabajo que se conformen, ya sea para la soluci�n de problemas que se presenten en el desempe�o de sus funciones o por los proyectos, programas que se le asignen, asegurando el funcionamiento y operaci�n de los mismos.
- Conocer en primera instancia de la aplicaci�n de las siguientes medidas correctivas:
- Diligenciar en su totalidad el formato ordenado por el Ministerio de Justicia y del Derecho para la inspecci�n judicial de cad�veres cuando act�en como cuerpo t�cnico de polic�a judicial.
- Cumplir y hacer cumplir las providencias de los respectivos superiores y de los funcionarios de entidades, a quienes por ley se les atribuye competencia en asuntos de polic�a.
- Decomisar provisionalmente los minerales que se transporten o comercialicen, y no se hallen amparados por facturas o constancias de las minas de donde provengan, art�culo 161 del C�digo de Minas.
- a) Reparaci�n de da�os materiales de muebles o inmuebles; b) Expulsi�n de domicilio; c) Prohibici�n de ingreso a actividad que involucra aglomeraciones de p�blico complejas o no complejas; d) Decomiso.
- Cerrar las explotaciones mineras ilegales, de conformidad con los art�culos 159 y 306 del C�digo de Minas.
- Ejecutar la orden de restituci�n, en casos de tierras comunales.