Estado
La convocatoria 828 a 979 y 982 a 986 – Municipios Priorizados para el Posconflicto ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Preservar el respeto de los derechos civiles y de las garantías sociales y salvaguarda de la vida, honra y bienes de los ciudadanos de La Paz, y administrar los recursos necesarios para la operación del Municipio.
Entidad
Alcaldia Paz Robles.
Requisitos de estudios
Título de tecnólogo
Requisitos de experiencia
Un año de experiencia relacionada
Funciones del cargo
- Efectuar peticiones, comisiones, prácticas de prueba y demás actuaciones solicitadas por el instituto colombiano de Bienestar Familiar y por funcionarios de la Jurisdicción de Familia, para proteger al menor y a la familia
- Velar en su jurisdicción por el respecto a los derechos civiles y garantías sociales, conservando el orden público interno y emprendiendo campañas de seguridad con el apoyo de las autoridades de policía
- Atender las denuncias y quejas presentadas por los ciudadanos y efectuar las investigaciones pertinentes de acuerdo a la ley
- Conocer las contravenciones contempladas en el Decreto 1136 de 1970 sobre protección social relacionada con la mendicidad, vigilancia, los enfermos mentales y personas toxicómanas y alcoholizadas
- Vigilar el cumplimiento de las Leyes, Ordenanzas, Decretos, Acuerdos y Resoluciones de carácter policivo
- Recibir preventivamente quejas o informes sobre conflictos familiares
- Programar y adelantar campañas a la ciudadanía en general sobre las normas nacionales y municipales que le reglamentan precios y calidades de los bienes y servicios que se comercialicen en la jurisdicción Municipal
- Aplicar las sanciones correspondientes a los comerciantes e industriales que violen las normas sobre precio, pesas, medidas y calidades que se encuentren vigentes
- Conocer los delitos y contravenciones que las normas de conmoción les asignen
- Practicar allanamientos para conjurar las situaciones de peligro en que pueda encontrarse un menor, cuando la urgencia del cargo lo demande, de oficio o solicitud del Juez o el Defensor de Familia, de acuerdo con la ley
- Conocer en última instancia de las contravenciones comunes ordinarias de que trata el Decreto-Ley 1355 de 1970, excepción hecha de las que competen a la Policía Nacional (Art. 90 del Decreto 1333 de 1986)
- Efectuar visitas e investigaciones en lo relacionado con fraude en pesas, medidas y procedencias de artículos de primera necesidad y casos de especulación y acaparamiento
- Conocer, en primera instancia, de las contravenciones especiales a que se refiere el Decreto – Ley 522 de 1971 y las contravenciones especiales definidas en el artículo 1 de la ley 23 de 1991. la segunda instancia de las contravenciones se surte ante el Secretario de Gobierno y Asuntos Administrativos
- Conocer los asuntos o negocios que le asigne la ley, las Ordenanzas, los Acuerdos del Concejo y/o el Alcalde
- Velar en su jurisdicción por el respeto a los derechos civiles y garantías sociales, conservando el orden interno y adelantando campañas de seguridad con el apoyo de la Autoridades policivas
- Atender las demandas relativas a la protección del menor especialmente en los casos de maltrato y explotación
- Atender los casos de violencia familiar, tomando las medidas de emergencia que sean necesarias, mientras se remiten a la autoridad competente
- Prestar a los diferentes funcionarios judiciales la colaboración necesaria para hacer efectivas las providencias
- Conocer en primaria instancia las contravenciones comunes ordinarias de que trata el Decreto – ley 1355 de 1970, excepción hecha de las que competen en la Policía Nacional
- Responder ante su superior inmediato por el cumplimiento de funciones y gestión policiva en la jurisdicción
- Las demás funciones que se le asignen o deleguen de acuerdo a la naturaleza del cargo y las necesidades de servicio