Estado
La convocatoria 828 a 979 y 982 a 986 – Municipios Priorizados para el Posconflicto ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Realizar acciones en materia policiva en asuntos de su competencia tendientes a mantener la armonía, convivencia y la tranquilidad del orden público dentro del municipio.
Entidad
Convocatoria Municipios Priorizados Alcaldia Puerto Lleras.
Requisitos de estudios
Terminación y aprobación de los estudios de la Carrera de Derecho
Requisitos de experiencia
Sin experiencia
Funciones del cargo
- Recibir y tramitar las querellas presentadas por los particulares e iniciar de oficio los comportamientos contrarios a la convivencia de conformidad con las normas indicadas.
- Emprender acciones para la conservación del orden público interno y emprender campañas de seguridad con el apoyo de los medios de policía.
- Conocer de los comportamientos contrarios a la convivencia en materia de seguridad, tranquilidad, ambiente y recursos naturales, derecho de reunión, protección a los bienes y privacidad, actividad económica, urbanismo, espacio público y libertad de circulación.
- Aplicar en única instancia las medidas correctivas contempladas en el código nacional de policía y convivencia.
- Conocer en primera instancia las contravenciones ordinarias que trata el Código de Policía Nacional y demás leyes especiales que regulan cada caso (Control Urbano y Ornato, Establecimientos de Comercio, Salud, Protección al Consumidor, Espacio Público, Atención al Ciudadano, Combustibles, Civil Municipal).
- Organizar la documentación conforme a la normatividad vigente.
- Elaborar informe de ocurrencia de accidente y articular comunicación con las autoridades de transito competentes.
- Velar por el respeto de los derechos civiles, garantías sociales y salvaguarda de la vida, honra y bienes de los ciudadanos
- Resolver los recursos de reposición y decidir frente a los recursos de apelación.
- Desempeñar las demás funciones que por necesidad del servicio eventualmente se deban cumplir, tomando como referente los numerales anteriores; que estén acordes al nivel de clasificación del empleo; y se requieran para el desarrollo de los planes, programas o proyectos; teniendo en cuenta la distribución de competencias al interior de la Alcaldía y que le sean asignadas por el Jefe Inmediato.
- Prestar a los funcionarios municipales, administrativos y judiciales, la colaboración necesaria para hacer efectivas las providencias y actos administrativos que ellos emitan.
- Tramitar las disposiciones que se requieran para la aplicación y cumplimiento Entregar y realizar el control de planillas de accidentes de tránsito actualizando las estadísticas de los hechos de las normas de policía vigentes.
- Ejecutar las medidas correctivas establecidas en el Código de Policía y demás leyes especiales que rigen cada caso, previo el Debido Proceso y Derecho de Defensa.
- Aplicar el procedimiento señalado en las normas y leyes que rigen cada caso particular, respetando en todo caso el Debido Proceso y Derecho de Defensa consagrado en la Constitución Nacional.
- Realizar acciones tendientes a mantener el orden público dentro del municipio y conocer en materia policiva los asuntos de su competencia.
- Atender a los infracciones a las normas de transito de conformidad con el código de policía y convivencia ciudadana.