Estado
La convocatoria 828 a 979 y 982 a 986 – Municipios Priorizados para el Posconflicto ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
conocer y coordinar los asuntos relacionados con la protección a la familia y al población primera infancia, infancia y adolescencia
Entidad
Alcaldia Sipi.
Requisitos de estudios
título universitario en derecho con especialización en cualquiera de los siguientes: derecho de familias, constitucional, civil, administrativo, procesal, humanos
Requisitos de experiencia
doce meses
Funciones del cargo
- Definir provisionalmente sobre la custodia y cuidado personal, la cuota de alimentos y la reglamentación de visitas, la suspensión de la vida en común de los cónyuges o compañeros permanentes, y fijar las cauciones de comportamiento conyugal en las situaciones de violencia intrafamiliar.
- Responder y tramitar las peticiones que a éste sean dirigidas por la comunidad.
- Aplicar las medidas policivas que correspondan en casos de conflictos familiares, conforme a las atribuciones que les confieren los Concejos Municipales.
- Conocer de los asuntos que le asignen las leyes y normas vigentes.
- Desarrollar el primer acercamiento de conciliación en conflictos familiares, entre cónyuges y sus hijos
- Garantizar, proteger, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar.
- Las demás funciones que sean asignadas por el jefe inmediato que correspondan a la naturaleza del cargo y al área de desempeño.
- Conocer las contravenciones especiales y comunes tipificadas en lo relacionado con la protección a la familia y al menor, que estén reglamentadas por la ley y su normatividad reglamentaria.
- Funcionar como primera instancia de conciliación en asuntos de familia en el municipio de sipi.
- Desarrollar programas de prevención en materia de violencia intrafamiliar y delitos sexuales.
- Rendir informes de gestión ante entidades de control y ante el jefe inmediato.
- Atender y orientar a los niños, las niñas y los adolescentes, y demás miembros del grupo familiar en el ejercicio del restablecimiento de sus derechos.
- Intervenir en nombre de la sociedad y en interés de la institución familiar, en los procesos que se tramiten ante esta jurisdicción y en los que actuaba el defensor de menores, sin perjuicio de las facultades que se le otorgan al Ministerio Público.
- Expedir documentos propios de la comisaria como constancias, certificaciones, entre otros.
- Adoptar las medidas de restablecimiento de derechos en los casos de maltrato infantil y denunciar el delito.
- Aprobar, con efecto vinculante, cuando no haya proceso judicial en curso, las conciliaciones entre cónyuges, padres y demás familiares sobre los asuntos estipulados en la ley y sus normas reglamentarias.
- Conducir ante el ICBF, o la entidad asignada, a los menores que se encuentran en abandono o en peligro físico o moral.
- Tramitar y decidir acerca de los asuntos policivos de su competencia de conformidad con el procedimiento y demás preceptos que contengan las normas pertinentes.
- Recibir denuncias y tomar las medidas en caso de violencia intrafamiliar.
- Recibir denuncias y adoptar las medidas de emergencia, y de protección necesarias en casos de delitos contra los niños, las niñas y los adolescentes.
- Practicar rescates para conjurar las situaciones de peligro en que pueda encontrarse un niño, niña o adolescente, cuando la urgencia del caso lo demande.