Estado
La convocatoria 507 a 591 – Cundinamarca ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Ejecutar las investigaciones de carácter disciplinario que se adelanten contra los funcionarios y ex funcionarios de la alcaldía conforme a las disposiciones legales vigentes
Entidad
Alcaldia Soacha.
Requisitos de estudios
Título de profesional en las disciplinas académicas o profesiones del núcleo básico del conocimiento en Derecho y afines y título de Posgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del cargo. Tarjeta profesional en los casos requeridos por la Ley.
Equivalencias:
- Para todos los efectos legales se aplicarán las equivalencias del Decreto 785 de 2005 y las normas que lo modifiquen o adicionen
Requisitos de experiencia
Treinta y seis meses de experiencia profesional.
Equivalencias:
- Para todos los efectos legales se aplicarán las equivalencias del Decreto 785 de 2005 y las normas que lo modifiquen o adicionen
Funciones del cargo
- Realizar la práctica de pruebas, apoyar la realización de audiencias y diligencias en general en los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores públicos del municipio de Soacha, según lo establecido en la Ley 734 de 2002.
- Coordinar la reconstrucción de expedientes en caso de pérdida o destrucción de los mismos, coordinando la recolección de las copias recogidas previamente por escrito o en medio magnético, solicitando la colaboración de los sujetos procesales, reiniciando los diferentes procesos que por diferentes motivos no pudieren ser reconstruidos.
- Proyectar para la firma de superior jerárquico los actos administrativos que se deriven de las actuaciones disciplinarias.
- Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza del cargo, el área de desempeño, y con la profesión del titular del cargo.
- Emitir conceptos a fin de revocar los fallos sancionatorios observando las causales y los requisitos en los términos que le señala la ley.
- Proyectar los actos administrativos que resuelven los recursos de reposición, apelación y queja, salvo en las decisiones de simple trámite, a que haya lugar en los términos que señala la Ley.
- Evaluar la validez de las pruebas a fin de que éstas llenen las formalidades sustanciales y reconozcan los derechos fundamentales del investigado.