Estado
La convocatoria 438 a 506 – Santander ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Ejecutar las políticas de administración policiva, en coordinación con el superior inmediato, con el fin de conservar el equilibrio y orden público en el municipio, velar por el respeto a los derechos civiles y garantías sociales conservando el orden público interno y emprendiendo campañas de seguridad con el apoyo de las autoridades en el Municipio de El Playón Santander y conocer, divulgar, interpretar, aplicar y supervisar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código de tránsito terrestre, el Código de Policía y los Acuerdos del Concejo.
Entidad
Alcaldia Playon.
Requisitos de estudios
Terminación y aprobación de los estudios de la carrera de derecho
Requisitos de experiencia
no aplica
Funciones del cargo
- Actuar en su calidad de agente directo del Se�or Alcalde y del Secretario del Interior, Seguridad y Movilidad como Jefe de Polic�a dentro del per�metro urbano del municipio.
- Recepcionar, tramitar y fallar las contravenciones que por competencia y jurisdicci�n le corresponden, conforme a las leyes, ordenanzas, acuerdos y decretos, siguiendo los procedimientos establecidos.
- Recibir las denuncias penales y policivas por delitos y contravenciones cometidos en la jurisdicci�n y remitirlas a las autoridades o funcionarios correspondientes para los tr�mites respectivos.
- Velar por el cumplimiento de las normas de polic�a, tomar las medidas preventivas, necesarias para evitar la comisi�n de delitos y contravenciones establecidas en el c�digo de polic�a, a fin de garantizar los derechos, tranquilidad y seguridad de los miembros de la comunidad a la cual presta sus servicios y aplicar las sanciones respectivas cuando se violen las mismas.
- Ejecutar las �rdenes que mediante despacho comisorio sean solicitadas por los jueces y entidades del municipio y brindar apoyo a los diferentes funcionarios judiciales o administrativos para hacer efectivas las providencias.
- Practicar inspecciones judiciales de su competencia y las que le sean comisionadas.
- Expedir ordenes de citaci�n y boletas de conducci�n necesarias para el cumplimiento de las indagaciones en los casos a que haya lugar.
- Manejar los desistimientos y conciliaciones de los asuntos propios de su competencia, siguiendo los procedimientos establecidos.
- Recepcionar las quejas y reclamos, presentados por la comunidad, dar respuesta y tr�mite oportuno a las mismas y a los derechos de petici�n que sean de su conocimiento.
- Solicitar el apoyo a la fuerza p�blica cuando lo requiera para cumplir las funciones que le competen o le sean asignadas.
- Coordinar con la Polic�a Nacional y las autoridades competentes la prestaci�n del servicio de vigilancia y de control del tr�nsito, atenci�n de eventos y contingencias en materia de transporte y tr�nsito terrestre automotor en la jurisdicci�n municipal.
- Conocer, tramitar y fallar en audiencia p�blica procesos contravencionales hechas por los conductores a las disposiciones contenidas en el C�digo Nacional de Tr�nsito Terrestre impuesta por una autoridad de tr�nsito o por la Polic�a Nacional en su cuerpo especializado Polic�a de Carretera.
- Fallar en primera instancia lo concerniente a contravenciones de Tr�nsito de acuerdo a lo preceptuado en el C�digo Nacional de Tr�nsito Terrestre.
- Emitir cuando sean solicitados por los jueces civiles, conceptos t�cnicos sobre las responsabilidades en cuanto a los da�os y perjuicios ocurridos en un accidente de tr�nsito, siguiendo el procedimiento especial establecido en el C�digo Nacional de Tr�nsito.
- Aplicar en la inspecci�n m�todos y procedimientos establecidos en el municipio que garanticen la calidad, eficiencia y eficacia del sistema de Control Interno en las mismas.
- Rendir los informes que le sean solicitados y los de obligatorio cumplimiento.
- Organizar y llevar el archivo de los casos tratados en la Inspecci�n.
- Evaluar el desempe�o laboral de los funcionarios en carrera administrativa y en periodo de prueba a su cargo de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y las directrices de la Comisi�n Nacional del Servicio Civil.
- Acatar y fomentar el cumplimiento de las normas de autocontrol y responder a las directrices del Modelo de Evaluaci�n de Control Interno MECI y dem�s criterios adoptados por el Sistema de calidad de la Alcald�a.
- Cumplir las dem�s funciones que le asignen las autoridades competentes, de acuerdo con el nivel, la naturaleza del cargo y el �rea de desempe�o.