Estado
La convocatoria 435 – CAR / ANLA ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Coordinar y realizar el seguimiento al cumplimiento de los permisos, concesiones, autorizaciones y licencias otorgados o negados, y las obligaciones que de allí se deriven y liquidar las tarifas de seguimiento ambiental, en la forma establecida en la Ley.
Entidad
Corporacion Autonoma Regional Santander.
Requisitos de estudios
Título profesional en: Ingeniería Ambiental, Ingeniería Ambiental y Sanitaria, del Núcleo Básico del Conocimiento en: Ingeniería Ambiental, Sanitaria y Afines. Ingeniería Forestal, Ingeniería Agrícola, del Núcleo Básico del Conocimiento en: Ingeniería Agrícola, Forestal y Afines. Administración Ambiental y de los Recursos Naturales, Administración de Empresas Agropecuarias, del Núcleo Básico del Conocimiento en: Administración. Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley.
Equivalencias:
- Las contempladas en el Decreto 1083 de Mayo 26 de 2.015, para los empleos pertenecientes a los Niveles Directivo, Asesor y Profesional.
Alternativas:
- El título de postgrado en la modalidad de especialización por: Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional; o Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo; o, Términación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. El Título de Postgrado en la modalidad de maestría por: Tres (3) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional; o Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.
Requisitos de experiencia
Nueve (9) meses de experiencia profesional relacionada.
Equivalencias:
- Las contempladas en el Decreto 1083 de Mayo 26 de 2.015, para los empleos pertenecientes a los Niveles Directivo, Asesor y Profesional.
Funciones del cargo
- Reportar a la oficina de Gestión de Información Ambiental y Tecnologías de Apoyo, los polígonos de las áreas de los predios donde se realicen medidas de compensación, en cumplimiento de las obligaciones impuestas en los actos administrativos que otorguen permisos y autorizaciones de Aprovechamiento forestal.
- Coordinar y realizar el seguimiento al cumplimiento de los permisos, concesiones, autorizaciones y licencias otorgados o negados, y las obligaciones que de allí se deriven y liquidar las tarifas de seguimiento ambiental, y proyectar el auto correspondiente, en la forma establecida en la Ley.
- Aplicar los sitemas de gestión y control adoptados de conformidad con los procedimientos de la entidad.
- Las demás que le sean asignadas por autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño y la naturaleza del empleo.
- Proyectar, elaborar, diseñar, desarrollar y aplicar bases de datos para la clasificación, actualización, manejo y conservación de la información de la dependencia de conformidad con directrices institucionales.
- Coordinar, vigilar y asegurar que las medidas preventivas impuestas se cumplan efectivamente.
- Participar en la dosificación de las sanciones a que haya lugar de acuerdo con la normatividad vigente.
- Proyectar, preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, de acuerdo con las instrucciones recibidas.
- Reportar a la Subdirección de Administración de la Oferta de Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana, de los infractores por captación ilegal de agua que se detecten en las visitas técnicas que se hagan de oficio o por quejas ambientales, para que se liquide y cobre la tasa por uso.
- Coordinar, vigilar y asegurar que las sanciones impuestas a los agentes que capten ilegalmente o contaminen los Recursos Naturales Renovables se cumplan.
- Proyectar y elaborar conceptos técnicos requeridos por la ley para garantizar el buen uso, aprovechamiento o movilización de los Recursos Naturales Renovables o para el desarrollo de las actividades que afecten el ambiente de acuerdo con normatividad vigente.
- Proponer e imponer las medidas preventivas en ejercicio de la función de máxima autoridad ambiental en el área de su jurisdicción, de acuerdo con las normas de carácter superior y conforme a los criterios y directrices trazadas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible; bajo el principio de precaución.