Estado
La convocatoria 1419 a 1460 – Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Corporaciones Autónomas Regionales ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
SUSTANCIAR, CONOCER Y PROYECTAR LOS ACTOS QUE SE REQUIERAN COMO APOYO EN MATERIA DEL CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO A LA ENTIDAD, DE CONFORMIDAD CON LAS NORMAS DEL CODIGO DISCIPLINARIO UNICO, EN RELACION CON LOS PROCESOS QUE SE ADELANTEN CONTRA FUNCIONARIOS, EX FUNCIONARIOS DE LA ENTIDAD Y CONTRA LOS PARTICULARES QUE CUMPLAN LABORES DE INTERVENTORIA EN LOS CONTRATOS ESTATALES Y DEMAS SUJETOS DISCIPLINABLES DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES, CON EL PROPOSITO DE PREVENIR, CORREGIR Y GARANTIZAR LOS PRINCIPIOS Y FINES DE LA FUNCION PUBLICA, PREVISTOS EN LA CONSTITUCION, LA LEY Y LOS REGLAMENTOS, PARA CUMPLIR CON LA MISION INSTITUCIONAL DE LA CORPORACION
Entidad
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Requisitos de estudios
Título profesional en la disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en: Derecho y Afines Tarjeta profesional para aquellas profesiones en las que se requiera.
Equivalencias:
- Título profesional en la disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en: Derecho y Afines. Tarjeta profesional para aquellas profesiones en las que se requiera.
- Decreto 770 del 2005
Requisitos de experiencia
Veinticuatro (24) meses de experiencia profesional relacionada.
Equivalencias:
- De conformidad con el decreto 2365 de 2019, para nuevos ingresos, no se requerirá experiencia para jóvenes entre 18 y 28 años, que acrediten
- Decreto 770 del 2005
Funciones del cargo
- FIJAR PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS INTERNOS PARA QUE LOS PROCESOS DISCIPLINARIOS SE DESARROLLEN DENTRO DE LOS PRINCIPIOS LEGALES DE: ECONOMIA, CELERIDAD, EFICIENCIA, IMPARCIALIDAD, PUBLICIDAD Y CONTRADICCION, BUSCANDO ASI SALVAGUARDAR EL DERECHO DE DEFENSA Y EL DEBIDO PROCESO.
- DISEÑAR UN MAPA DE RIESGOS E IMPLEMENTAR ACCIONES PARA LA PREVENCION DE LAS CONDUCTAS DISCIPLINARIAS Y RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS.
- PROYECTAR LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS INHERENTES AL TRAMITE DE LOS PROCESOS DISCIPLINARIOS, EN LA ETAPA DE PRIMERA INSTANCIA, CONFORME LO DISPONE EL ARTICULO 76 DE LA LEY 734 DE 2002.
- APOYAR EN MATERIA DEL CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO A LA ENTIDAD DE CONFORMIDAD CON LAS NORMAS DEL CODIGO DISCIPLINARIO UNICO.
- ESTABLECER LA VIGILANCIA SOBRE LA CONDUCTA OFICIAL DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA ENTIDAD Y ADELANTAR DE OFICIO, POR QUEJA O INFORMACION DE TERCEROS, LAS INDAGACIONES PRELIMINARES O INVESTIGACIONES DISCIPLINARIAS.
- PROYECTAR LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS TENDIENTES A ARCHIVAR LAS INDAGACIONES PRELIMINARES Y/O INVESTIGACIONES DISCIPLINARIAS CUANDO APAREZCA, QUE EL HECHO INVESTIGADO NO HA EXISTIDO O QUE LA CONDUCTA NO ESTA PREVISTA COMO FALTA DISCIPLINARIA O QUE ESTA DEMOSTRADA UNA CAUSAL DE JUSTIFICACION O QUE EL PROCESO NO PODIA INICIARSE O PROSEGUIRSE O QUE EL INVESTIGADO NO LO COMETIO.
- NOTIFICAR A LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION LOS HECHOS Y PRUEBAS MATERIA DE INVESTIGACION DISCIPLINARIA, QUE PUDIEREN CONSTITUIR DELITOS PERSEGUIBLES DE OFICIO, LO MISMO QUE DE LAS OFICINAS DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO DE OTRAS ENTIDADES DEL ESTADO Y A LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION LAS CONDUCTAS ACTIVAS U OMISIVAS DE LOS SERVIDORES O EX SERVIDORES PUBLICOS, DE LOS PARTICULARES QUE CUMPLAN LABORES DE INTERVENTORIA EN LOS CONTRATOS ESTATALES; LOS PARTICULARES QUE EJERZAN FUNCIONES PUBLICAS, QUE PUDIEREN CONSTITUIR FALTAS DISCIPLINARIAS POR VIOLACION DE DISPOSICIONES LEGALES O REGLAMENTARIAS, CUANDO CONCURRA CUALQUIER FACTOR QUE DETERMINE SU INCOMPETENCIA.
- LAS DEMAS SEÑALADAS EN LA CONSTITUCION, LA LEY, LOS ESTATUTOS Y LAS DISPOSICIONES QUE DETERMINEN LA ORGANIZACION DE LA ENTIDAD O DEPENDENCIA A SU CARGO.
- REMITIR LOS INFORMES SOBRE EL ESTADO DE LOS PROCESOS DISCIPLINARIOS AL DIRECTOR GENERAL, Y A LAS DEPENDENCIAS COMPETENTES CUANDO ASI LO REQUIERAN.
- EJECUTAR ACTIVIDADES ORIENTADAS A LA PREVENCION DE LA COMISION DE FALTAS DISCIPLINARIAS. CONOCER Y PROYECTAR FALLOS DE PROCESOS EN PRIMERA INSTANCIA QUE DEBEN ADELANTARSE SERVIDORES DE LA ENTIDAD, A LOS PARTICULARES QUE CUMPLAN LABORES DE INTERVENTORIA EN LOS CONTRATOS ESTATALES; LOS PARTICULARES QUE EJERZAN FUNCIONES PUBLICAS, DE ACUERDO EN LOS ARTICULOS 25 Y 53 DE LA LEY 734 DE 2002.COMUNICAR Y APOYAR LA PRACTICA DE PRUEBAS EN LAS ETAPAS DE INDAGACION PRELIMINAR, INVESTIGACION DISCIPLINARIA Y DE DESCARGOS DE OFICIO O A PETICION DE LOS SUJETOS PROCESALES. DEFINIR CON EL AREA DE RECURSOS HUMANOS EN LA FORMULACION DE POLITICAS DE CAPACITACION Y DIVULGACION DE LOS OBJETIVOS DE LA OFICINA.
- LLEVAR LOS PROCESOS A CARGO DE LA DEPENDENCIA DE MANERA AGIL, TOMANDO TODAS LAS MEDIDAS OPORTUNAS QUE ESTEN A SU ALCANCE PARA EVITAR PRESCRIPCION Y/O CADUCIDAD DE LA ACCION DISCIPLINARIA.