Estado
La convocatoria 1333 a 1354 – Territorial II ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Registrar contablemente las operaciones que se ejecutan en la entidad y realizar las demás actividades contables que garanticen la razonabilidad de los estados financieros de la Gobernación del Departamento del Atlántico.
Entidad
Gobernacion Atlantico.
Requisitos de estudios
Título de formación Técnica o tecnológica en el núcleo básico del conocimiento en Contaduría Pública.
Alternativas:
- Terminación y aprobación del pensum académico de educación superior en el núcleo básico del conocimiento en Contaduría Pública.
Requisitos de experiencia
Dieciocho (18) meses de experiencia relacionada
Alternativas:
- Dieciocho (18) meses de experiencia relacionada
Funciones del cargo
- Las demás funciones que le sean asignadas por el jefe inmediato, de acuerdo con el nivel jerárquico del empleo, la naturaleza y el área de desempeño.
- Efectuar la publicación de los estados contables del Departamento del Atlántico, de acuerdo con las normas legales vigentes.
- Conseguir y conservar las actualizaciones a las normas y procedimientos de la Contaduría General de la Nación así como de las normas tributarias.
- Registrar la causación de las cuentas de otras Secretarias ordenadoras mediante órdenes de pago, facturas, actas parciales y finales y recibidos a satisfacción que se remitan a contabilidad para su proceso de pago que le sean asignadas por su superior inmediato.
- Registrar las actas de entrega por los bienes adquiridos y entregados por el Departamento del Atlántico a sus beneficiarios
- Efectuar los registros contables correspondientes a correcciones a notas contables y comprobantes de egreso ingresos y gastos no efectuados en su momento.
- Procesar las cuentas de obras, contratos y avances incluyendo anticipos que le sean asignadas, mediante el recibo de las órdenes de pago que se remiten a Contabilidad para su proceso de pago
- Apoyar a la Subsecretaria de Contabilidad para dar cumplimiento de sus funciones relacionadas con los procesos de consolidación, asesoría y asistencia técnica, capacitación y demás actividades que el Contador General de la Nación considere necesarias para el desarrollo del Sistema General de Contabilidad Publica en cumplimiento de lo estipulado por el artículo 94 de la Ley 617 de 2.000