Estado
La convocatoria 1333 a 1354 – Territorial II ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Registrar, procesar, controlar y generar informes sobre las operaciones contables de la Secretaría de Educación Departamental.
Entidad
Secretaria Educacion Atlantico.
Requisitos de estudios
Título profesional en las disciplinas académicas o profesiones del núcleo básico del conocimiento en: Contaduría Pública y Afines. Tarjeta o Matrícula Profesional en los casos reglamentados por la Ley
Alternativas:
- Cuatro (4) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y dos (2) años de experiencia profesional.
Requisitos de experiencia
Doce meses de experiencia profesional relacionada
Alternativas:
- Cuatro (4) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y dos (2) años de experiencia profesional.
Funciones del cargo
- Llevar de acuerdo a las normas vigentes en la materia, el archivo físico de las cuentas y demás soportes de los registros contables de la dependencia.
- Recibir, revisar y reportar al área correspondiente la ejecución de los Fondos de Servicios Educativos, de los Establecimientos Educativos Oficiales del Departamento del Atlántico.
- Realizar la contabilización de los inventarios de bienes muebles e inmuebles del sector educativo del Departamento a cargo de la Secretaría de Educación, adquiridos con recursos de cualquiera de las fuentes establecidas por las normas legales vigentes, igualmente deben reflejarse estos costos en los Estados Financieros.
- Divulgar, capacitar y asesorar a los Directivos Docentes, sobre el buen manejo del Plan Único de Cuentas que se debe manejar para garantizar el flujo correcto de la Información en lo Concerniente a los Fondos Educativos girados por la Nación a los diferentes establecimientos educativos.
- Entregar para la firma los reportes de la información de la dependencia, al titular del área financiera de la Secretaría de Educación del Departamento.
- Las demás funciones asignadas por el superior inmediato, de acuerdo con el nivel jerárquico del empleo, la naturaleza y el área de desempeño del cargo
- Preparar, para la revisión por parte de la División Financiera antes de su remisión, los Estados Financieros y demás informes correspondientes al manejo de los Recursos del Sector asignados a la Secretaría de Educación del Departamento.
- Remitir posterior a la contabilización, a las áreas relacionadas con las operaciones contables de la Secretaría de Educación del Departamento, la información y soporte de egresos y gastos, según el caso.
- Realizar periódicamente las conciliaciones bancarias de las cuentas de la Secretaría de Educación del Departamento.
- Remitir a las áreas relacionadas con las operaciones de la Secretaría de Educación del Departamento, la causación de las cuentas “sin situación de fondo” y demás registros transferidos por la Nación, cuyo trámite de contabilización difiere del proceso ordinario o requiere de un procedimiento especial ordenado por el Ministerio de Educación Nacional.
- Responder por la adecuada contabilización de los registros contables que soportan las operaciones realizadas por la Secretaría de Educación del Departamento, en la ejecución de los recursos del Sistema General de Participaciones asignados por la Nación, de acuerdo con el Plan de Cuentas establecidos por la Contaduría General de la República y demás normas en la materia.