Estado
La convocatoria 1333 a 1354 – Territorial II ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Desarrollar acciones de inspección vigilancia y control sobre aspectos básicos del sistema obligatorio de garantía de calidad, relacionados con la prestación de servicios de salud en el departamento, tendientes al mejoramiento de la calidad en salud
Entidad
Gobernacion Cundinamarca.
Requisitos de estudios
Título profesional en: • Núcleo básico de conocimiento (NBC): Odontología: Odontología. • Núcleo básico de conocimiento (NBC): Bacteriología: Bacteriología. Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley.
Alternativas:
- • Título profesional. • Título de postgrado relacionado con las funciones del empleo. • Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley
- • Título profesional. • Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del empleo • Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la ley.
Requisitos de experiencia
Dieciocho (18) meses de experiencia profesional relacionada con las funciones del empleo.
Alternativas:
- Sin experiencia
- Sin experiencia
Funciones del cargo
- Gestionar (incluye recepción, respuesta a peticionarios y a entes de control superior, seguimiento, elaboración de análisis y demás actividades relacionadas) las peticiones, quejas, derechos de petición, entre otros, presentadas por los usuarios en el departamento, desde el punto de vista asistencial y en el área profesional y específica de desempeño, dentro de los términos establecidos en las normas vigentes y en las condiciones y lineamientos definidos al interior de la dirección.
- Elaborar y presentar los informes relacionados con tecnovigilancia y reactivo vigilancia dentro de los plazos y bajo los lineamientos definidos al interior de la dirección.
- Coordinar las visitas técnicas de vigilancia, inspección y control, así como la elaboración de los informes consolidados, producto de las mismas cuando así lo determine el director de vigilancia, inspección y control.
- Preparar y realizar visitas técnicas de inspección vigilancia y control en el área específica del conocimiento, sobre los prestadores de servicios de salud del departamento y según las competencias asignadas a la dirección, obedeciendo a la programación establecida en la dependencia.
- Llevar a cabo auditorias en sitio a los prestadores de servicios de salud públicos, privados o mixtos, cuando la causa de la petición amerite la visita de verificación directa y la evaluación en terreno de la información allegada por el peticionario, con el fin de tomar las acciones a que haya lugar.
- Elaborar y presentar los informes de las visitas técnicas realizadas, dentro de los plazos y bajo los lineamientos definidos al interior de la dirección.
- Promoción del Desarrollo de Salud
- Ejercer inspección vigilancia y control sobre el desarrollo de los procesos de auditoría para el mejoramiento de la calidad de la atención en salud realizado por las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPS existentes en Cundinamarca.
- Detectar durante las visitas técnicas las personas que sin estar certificadas por una institución reconocida en el estado se encuentren ejerciendo profesiones de la salud y prestando servicios en el sector de manera ilegal.
- Efectuar, dentro del marco de las competencias delegadas a la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control, asesoría y asistencia técnica en los temas a cargo del profesional, teniendo en cuenta el área específica del conocimiento y desempeño.
- Emitir los conceptos técnicos solicitados en el marco del área específica del conocimiento y desempeño, asimismo prestar apoyo teniendo en cuenta el perfil profesional en los procesos de soporte de la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control.
- Efectuar la remisión de los casos de incumplimiento de la normatividad vigente, al procedimiento trámites jurídicos de la dirección y a los demás entes de control competentes, cuando sea necesario.