Estado
La convocatoria 1333 a 1354 – Territorial II ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Velar por el orden del flujo vehicular y peatonal en las vías públicas, desarrollar funciones preventivas, de asistencia técnica, de vigilancia y control de las normas de tránsito y transporte, conforme a las normas y procedimientos vigentes.
Entidad
Alcaldia Villavicencio.
Requisitos de estudios
De conformidad con la Ley 1310 de junio 26 de 2009. 1. Ser colombiano con situación militar definida. 2. Poseer licencia de conducción de segunda (2ª) y cuarta (4ª) categoría como mínimo. 3. No haber sido condenado en cualquier época por sentencia judicial, pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos culposos. 1. Ser mayor de edad. 2. Poseer diploma de bachiller, certificado o constancia de su trámite. 3. De conformidad con la Resolución 4548 de 2013, art. 4, acreditar mediante certificaciones expedidas por instituciones debidamente registradas ante las Secretarías de Educación o el Ministerio de Educación Nacional, que cursó y aprobó, la siguiente formación profesional o técnica, con intensidad mínima de 1000 horas, en Normatividad; Ejercicio de la autoridad de tránsito; Ética; Seguridad vial; Criminalística; Resolución de conflictos y comunicación asertiva; pedagogía y primeros auxilios.
Requisitos de experiencia
Ninguno
Funciones del cargo
- Presentar diariamente al jefe inmediato un reporte de sem�foros que presentan defectos en su funcionamiento o en el control de tiempos.
- Participar con las dem�s autoridades y organismos en el desarrollo de las campa�as y operativos que se adelanten para prevenir y garantizar la aplicaci�n de las normas de tr�nsito.
- Conducir o hacer conducir todo tipo de veh�culos que sean inmovilizados o retenidos a los lugares autorizados, seg�n lo demande el procedimiento.
- Desempe�ar las dem�s funciones que le sean asignadas por autoridad o norma competente, acordes con la naturaleza general de las funciones del empleo.
- Educar, informar, vigilar y controlar el cumplimiento a las normas de Tr�nsito y Transporte y dem�s normas acordes, con el fin de garantizar el bienestar de la comunidad.
- Elaborar los comparendos a que haya lugar de conformidad con la violaci�n de las normas establecidas en el C�digo Nacional de Tr�nsito.
- Firmar el libro de recibo de libretas de comparendos, verificando que el consecutivo est� completo, o en caso contrario del recibo del dispositivo electr�nico para el registro de los mismos verificando su buen estado de funcionamiento.
- Llevar a cabo el levantamiento t�cnico de los accidentes de tr�nsito, de acuerdo con los lineamientos establecidos, e informarlos los t�rminos que contempla la Ley, para que se establezcan los correctivos a que haya lugar.
- Inmovilizar los veh�culos automotores cuando a ello haya lugar por violaci�n a las normas de transporte y al C�digo Nacional de Tr�nsito, por orden de captura o cualquier otra disposici�n legal que as� lo demande, con el fin de dar cumplimiento a las ordenes emitidas por las autoridades competentes.
- Orientar, advertir e indicar a los conductores y peatones sobre riesgos y normatividad en materia de tr�nsito y transporte, para evitar accidentes y situaciones que afecten la movilidad en el municipio.
- Ejercer control y vigilancia en el cumplimiento de las normas de tr�nsito y del transporte por parte de conductores y peatones en las v�as p�blicas, en los d�as y horarios dispuestos por el Jefe Inmediato, de acuerdo con las necesidades del servicio.
- Pasar a reparto a los diferentes entes judiciales cuando hay accidentes de tr�nsito con lesiones.