Estado
La convocatoria 1333 a 1354 – Territorial II ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Ejercer como autoridad de tránsito en el municipio de Dosquebradas para regular la circulación vehicular y peatonal, vigilar, controlar e intervenir en el cumplimiento de las normas de tránsito y transporte.
Entidad
.
Requisitos de estudios
1. Ser Colombiano con situación militar definida; 2. Poseer licencia de conducción de A2 y C1 categoría como mínimo; 3. No haber sido condenado en cualquier época por sentencia judicial, pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos culposos; 4. Ser mayor de edad. 5. Cursar y aprobar el programa de capacitación (catedra de formación e intensidad mínima establecida por la autoridad competente); 6. Poseer diploma de bachiller, certificado o constancia de su trámite
Alternativas:
- No Aplica dado el artículo 7º de la ley 1310 de 2009 establece las calidades para ingresar a los cuerpos de agentes de tránsito y transporte de las entidades territoriales. De conformidad con el Artículo 26 del Decreto 785 de 2005 “cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, los grados, títulos, licencias, matrículas o autorizaciones previstas en las normas sobre la materia no podrán ser compensados por experiencia u otras calidades, salvo cuando la ley así lo establezca”
Requisitos de experiencia
No aplica.
Alternativas:
- No Aplica dado el artículo 7º de la ley 1310 de 2009 establece las calidades para ingresar a los cuerpos de agentes de tránsito y transporte de las entidades territoriales. De conformidad con el Artículo 26 del Decreto 785 de 2005 “cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, los grados, títulos, licencias, matrículas o autorizaciones previstas en las normas sobre la materia no podrán ser compensados por experiencia u otras calidades, salvo cuando la ley así lo establezca”
Funciones del cargo
- Ejercer como policía judicial respecto a los hechos punibles de competencia de las autoridades de tránsito de acuerdo al Código de Procedimiento Penal y Código Nacional de Tránsito.
- Regular la circulación vehicular y peatonal, vigilando, controlando e interviniendo en el cumplimiento de los procedimientos técnicos, misionales y jurídicos de las normas de tránsito.
- Imponer comparendos ante la comisión de infracciones o contravenciones, atendiendo los procedimientos establecidos en el Código Nacional de Tránsito.
- Contribuir a la orientación, capacitación y cultura en la comunidad respecto a las normas de tránsito y transporte.
- Generar informes sobre los siniestros viales donde solo resulten daños materiales.
- Las demás que les sean asignadas por autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño y la naturaleza del empleo.