Estado
La convocatoria 1137 a 1304 – Boyacá, Cesar y Magdalena ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Promover la convivencia pacífica, prevenir, conciliar y resolver los conflictos que surgen de las relaciones entre particulares y todos aquellos desacuerdos que afectan la convivencia, tranquilidad, seguridad, salud, movilidad y espacio público dentro de la jurisdicción de la inspección rural de policía asignada.
Entidad
Alcaldia Paipa.
Requisitos de estudios
Terminación y aprobación del pensum académico de educación superior en formación profesional del núcleo básico del conocimiento en Derecho.
Equivalencias:
- Al presente Manual se incorporan las equivalencias entre estudios y experiencia previstas en el Decreto Ley 785 de 2005 y demás normas legales vigentes sobre la materia.
Requisitos de experiencia
Doce (12) meses de experiencia relacionada.
Equivalencias:
- Al presente Manual se incorporan las equivalencias entre estudios y experiencia previstas en el Decreto Ley 785 de 2005 y demás normas legales vigentes sobre la materia.
Funciones del cargo
- c) Restitución y protección de bienes inmuebles.
- ) Conocer de los comportamientos contrarios a la convivencia en materia de seguridad, tranquilidad, ambiente y recursos naturales, derecho de reunión, protección a los bienes y privacidad, actividad económica, urbanismo, espacio público y libertad de circulación, consagradas en la Ley 1801 de 2016 y Ordenanza 049 de 2004 y las normas que la sustituyan, adicionen o modifiquen.
- ) Controlar el funcionamiento de establecimientos de comercio en donde se expendan bebidas alcohólicas o se practiquen juegos de azar a fin de exigir el estricto cumplimiento de las normas sobre presencia y atención de menores de edad y de tranquilidad ciudadana.
- ) Promover el uso de mecanismos alternativos, o comunitarios, para la conciliación y solución pacífica de desacuerdos entre particulares.
- j) Suspensión definitiva de actividad.
- f) Multas;
- ) Las demás funciones que le sean asignadas por norma legal o autoridad competente de acuerdo con la naturaleza del cargo y el área de desempeño.
- b) Reparación de daños materiales por perturbación a la posesión y tenencia de inmuebles;
- ) Conocer, en única instancia y de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley 1801 de 2016, Ordenanza 049 de 2004 y las normas que la sustituyan, adicionen o modifiquen de la aplicación de las siguientes medidas correctivas en la jurisdicción de la inspección de policía rural asignada:
- fe Remoción de bienes, en las infracciones urbanísticas;
- ) Imponer las sanciones por violación al Decreto 2876 de 1984, sobre control de precios o de las normas sustitutivas o modificativas que se dicten respecto de esta materia.
- ) Sellar y suspender los trabajos de construcción o demolición de obra, iniciada sin licencia previa, o adelantada con violación de las condiciones de la licencia en la jurisdicción de la inspección de policía rural asignada.
- b) Expulsión de domicilio;
- a) Construcción, cerramiento, reparación o mantenimiento de inmueble;
- a) Reparación de daños materiales de muebles o inmuebles;
- d) Restablecimiento del derecho de servidumbre y reparación de daños materiales;
- d) Decomiso.
- c) Prohibición de ingreso a actividad que involucra aglomeraciones de público complejas o no complejas;
- ) Recibir y atender de manera pronta, oportuna y eficiente, las quejas, peticiones y reclamos de las personas.
- ) Conocer en primera instancia y de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley 1801 de 2016, Ordenanza 049 de 2004 y las normas que la sustituyan, adicionen o modifiquen de la aplicación de las siguientes medidas correctivas en la jurisdicción de la inspección de policía rural asignada:
- ) Cumplir las comisiones del inspector urbano en los términos de ley.
- ) Orientar, capacitar y crear cultura en la comunidad de la jurisdicción de la inspección de policía rural asignada respecto a las normas de tránsito y transporte.
- ) Cumplir y hacer cumplir con las providencias de sus superiores jerárquicos y de los funcionarios de las entidades, a quienes por ley se les atribuye competencia en asuntos de policía.