Estado
La convocatoria 1137 a 1304 – Boyacá, Cesar y Magdalena ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Prevenir, garantizar, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la
familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar y las demás
establecidas por la ley.
Entidad
Alcaldia Iza.
Requisitos de estudios
Título profesional en disciplina académica (profesión) del núcleo básico de conocimiento en: Derecho y afines; y Acreditar título de posgrado en Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos, o en Ciencias Sociales siempre y cuando en este último caso el estudio de la familia sea un componente curricular del programa.
Requisitos de experiencia
Doce (12) meses de experiencia profesional relacionada.
Funciones del cargo
- Las demás funciones que le sean asignadas por su superior jerárquico conforme con la normatividad vigente y correspondan a la naturaleza del empleo y su nivel jerárquico.
- Garantizar, proteger, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar y demás funciones estipuladas en el Artículo 86, Ley 1098 de 2006
- Adoptar las medidas de restablecimiento de derechos en los casos de maltrato infantil, denunciar el delito y conducir ante el ICBF, o la entidad asignada, a los menores que se encuentran en abandono o en peligro físico o moral.
- Cumplir con el desarrollo de los procesos y procedimientos asignados a la dependencia, según los criterios de transparencia, gestión documental, control interno y SGC, en los términos y condiciones que establece la ley y las instrucciones que imparte la autoridad competente.
- Expedir documentos propios de la comisaria como constancias, certificaciones, actas, acuerdos, y resoluciones, despachos comisorios, autos, entre otros.
- Concertar con los grupos sociales y/o grupos de apoyo, las labores, prácticas, actividades y campañas cívicas preventivas en instituciones educativas, en asuntos de su competencia.
- Aprobar, con efecto vinculante, cuando no haya proceso judicial en curso, las conciliaciones entre cónyuges, padres y demás familiares sobre los asuntos estipulados en la ley y sus normas reglamentarias.
- Conocer las contravenciones especiales y comunes tipificadas en lo relacionado con la protección a la familia y al menor, que estén por la normatividad vigente.
- Funcionar como primera instancia de conciliación en conflictos familiares, entre cónyuges y sus hijos.
- Intervenir en nombre de la sociedad y en interés de la institución familiar, en los procesos que se tramiten ante la jurisdicción y en los que actuaba el defensor de menores, sin perjuicio de las facultades que se le otorgan al Ministerio Público.