Estado
La convocatoria 1137 a 1304 – Boyacá, Cesar y Magdalena ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Atender las denuncias y quejas relacionadas con conflictos familiares, violencia familiar, delitos y/o contravenciones en que esté implicado un menor, cumplimiento de comisiones, allanamientos y demás contempladas en el Código del Menor. Además colaborar con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y con las demás autoridades competentes en la función de proteger a los menores que se hallen en situación irregular y en los casos de conflictos familiares y con su desarrollo económico y bienestar social.
Entidad
Alcaldia San Martin.
Requisitos de estudios
1. Título profesional en disciplina académica (Profesión) del Núcleo Básico de Conocimiento -NCB en: Derecho con tarjeta profesional vigente. 2. No tener antecedentes penales ni disciplinarios. 3. Acreditar título de postgrado en Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos, o en Ciencias Sociales, siempre y cuando en este último caso el estudio de la familia sea un componente curricular del Programa. (Art. 80 Ley 1098 de 2006).
Requisitos de experiencia
Doce (12) meses de experiencia relacionada.
Funciones del cargo
- Realizar las demás funciones que le sean asignadas por autoridad competente, acorde con la naturaleza policiva de sus responsabilidades, la naturaleza del cargo y necesidades del servicio, para el logro de la misión institucional.
- Desarrollar programas de prevención en materia de violencia intrafamiliar y delitos sexuales.
- Atender y orientar a niños, niñas, adolescentes y demás miembros del grupo familiar en el ejercicio y restablecimiento de sus derechos.
- Definir provisionalmente sobre la custodia y cuidado personal, la cuota de alimentos y la reglamentación de visitas, la suspensión de la vida en común de los cónyuges o compañeros permanentes y fijar las cauciones de comportamiento conyugal, en las situaciones de violencia intrafamiliar.
- Efectuar las comisiones, peticiones, práctica de pruebas y demás actuaciones que le soliciten el Instituto de Bienestar Familiar, los juzgados o funcionarios encargados de la Jurisdicción de familia, en aspectos relacionados con la protección al menor y la familia que sean compatibles con las funciones asignadas
- Practicar allanamientos y rescates para conjurar las situaciones de peligro en que se pueda encontrar un menor, niño, niña o adolescente cuando la urgencia del caso lo demande, de oficio o a solicitud del juez o del defensor de familia, de acuerdo con el procedimiento señalado para el efecto por el código del menor
- Presentar informes mensuales al Secretario de Despacho, de las actividades realizadas en el ejercicio de sus funciones.
- Atender las solicitudes de medida de protección inmediata que ponga fin a la violencia, maltrato, o agresión, o evite que se realice cuando sea inminente.
- Garantizar, proteger, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia, vulnerados por situaciones de violencia intrafamiliar.
- Remitir los casos que no sean de su competencia a los juzgados o al Defensor de Familia del I.C.B.F. cuando el caso lo amerite.
- Recibir denuncias, quejas ciudadanas, abocar el conocimiento de las que sean de su competencia y adoptar las medidas de protección necesarias en casos de conflicto, maltrato, abandono, amenazas, agresiones, explotación y violencia intrafamiliar y demás problemas que afecten la vida familiar en el municipio.
- Desarrollar todos los mecanismos que se requieran para garantizar la protección y restablecimiento de sus derechos con carácter permanente y continuo, a los niños, niñas y adolescentes del municipio y su área de influencia.
- Adoptar las medidas de restablecimiento de derechos en los casos de maltrato infantil y denunciar el delito.
- Controlar las actividades relacionadas con las quejas ciudadanas y contravenciones en las que se puedan ver afectados o involucrados menores de edad o se afecte la vida familiar en el municipio, en coordinación con el Superior Inmediato.
- Elaborar, dentro de los primeros cuatro meses de mandato, bajo las directrices del superior inmediato, el Diagnóstico de la situación de la infancia y la adolescencia y formular los planes, programas y proyectos para su implementación.
- Recibir a prevención, denuncias, quejas e informes, sobre hechos que puedan configurarse como delito o contravención en los que aparezcan involucrados como ofendidos, afectados o sindicados niños, niñas o adolescentes, tomar las medidas de emergencia y de protección y remitirlo a las autoridades correspondientes o darle el trámite respectivo de acuerdo con el Código de la Infancia y Adolescencia, y demás disposiciones y procedimientos legales vigentes.
- Realizar las audiencias de conciliación para el arreglo de las controversias, determinar la necesidad de ayuda profesional, psicológica o social en los casos que ameritan y remitirlo al profesional respectivo.