Estado
La convocatoria 1137 a 1304 – Boyacá, Cesar y Magdalena ya pasó por la etapa de inscripciones y no es posible postularse a este empleo.
Descripción
Brindar asesoría y apoyo a la familia en aspectos relacionados con el derecho de familia realizando acciones interventoras que garanticen la efectividad de la protección del interés superior de los niños, niñas y adolescentes, así mismo el aseguramiento frente al restablecimiento de sus derechos para su pleno y armonioso desarrollo, dentro del contexto integral de convivencia pacífica en la familia en los eventos que sus derechos sean conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar y las demás establecidas por la ley.
Entidad
Alcaldia Cubara.
Requisitos de estudios
Título profesional en disciplina académica del Núcleo Básico de Conocimiento en: en Derecho con tarjeta profesional vigente. Acreditar título de postgrado en Derecho de Familia, Derecho Público, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos, o en Ciencias Sociales siempre y cuando en este último caso el estudio de la familia sea un componente curricular del programa
Requisitos de experiencia
Veinticuatro (24) meses de experiencia profesional relacionada.
Funciones del cargo
- Desarrollar las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el manual de procesos y procedimientos, el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo para el cumplimiento de la misión de la entidad territorial.
- Velar por la garantía, protección, restablecimiento y reparación de los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar.
- La ley 1098 de 2006 en su Art. 86 consagró de forma taxativa las funciones impuestas al Comisario de Familia:
- Todas aquellas que se vinculen con las normas y leyes relacionadas con la Protección contra la violencia intrafamiliar, restablecimiento de derechos, infancia, adolescencia y juventud.
- Definir provisionalmente sobre la custodia y cuidado personal, la cuota de alimentos y la reglamentación de visitas, la suspensión de la vida en común de los cónyuges o compañeros permanentes y Ley 1098 de 2006 52/118 fijar las cauciones de comportamiento conyugal, en las situaciones de violencia intrafamiliar.
- Atender y orientar a los niños, las niñas y los adolescentes y demás miembros del grupo familiar en el ejercicio y restablecimiento de sus derechos.
- Aplicar las sanciones policivas de acuerdo con las facultades previstas en las normas que reglamenten la materia para preservar los derechos del menor y la familia.
- Recibir a prevención denuncias sobre hechos que puedan configurarse como delito o contravención, en los que aparezca involucrado un menor como ofendido o sindicado conducente a tomar las medidas de emergencia correspondientes y darles el trámite respectivo de acuerdo con las disposiciones sobre la materia.
- Aplicar las medidas policivas que correspondan en casos de conflictos familiares, conforme a las atribuciones que les confieran los Concejos Municipales.
- Desarrollar programas de prevención en materia de violencia intrafamiliar y delitos sexuales.
- Recibir denuncias y tomar las medidas de protección en casos de violencia intrafamiliar.
- Recibir denuncias y adoptar las medidas de emergencia y de protección necesarias en casos de delitos contra los niños, las niñas y los adolescentes.
- Efectuar a través de los diferentes medios de comunicación campañas para que la población conozca los derechos del menor, la familia y sus mecanismos de protección.
- Efectuar las comisiones, peticiones, práctica de pruebas y demás actuaciones impartidas por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Defensoría de Familia, Ministerio Público y demás Entidades Públicas para la protección de los derechos de la familia y los menores.
- Definir provisionalmente sobre la custodia y cuidado personal, la cuota de alimentos, y la reglamentación de visitas, la suspensión de la vida en común de los cónyuges o compañeros permanentes; y fijar las cauciones de comportamiento conyugal, en las situaciones de violencia intrafamiliar.
- Gestionar la promoción y el restablecimiento de los derechos reconocidos en los tratados internacionales, en la Constitución Política, en los artículos 96 y s.s. de la Ley1098 de 2006, en concordancia con el artículo 7 del Decreto 4840 de 2007 y demás normas vigentes.
- Recibir a prevención las quejas o informe sobre todos aquellos aspectos relacionados con conflictos familiares, atender las demandas relativas a la protección del menor, especialmente en los casos de maltrato y explotación, y atender los casos de violencia intrafamiliar, tomando las medidas de urgencia que sean necesarias, mientras se remiten a la autoridad competente.
- Garantizar, proteger, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar.
- Atender y orientar a los niños, las niñas y los adolescentes y demás miembros del grupo familiar en el ejercicio y restablecimiento de sus derechos.
- Asumir las competencias del defensor de Familia de conformidad a la competencia subsidiaria establecida en el artículo No 98 de la ley 1098 de 2006, modificada parcialmente por la ley 1878 de 2018, excepto los procesos de declaratoria de adoptabilidad.
- Practicar allanamientos para conjurar las situaciones de peligro en que pueda encontrarse un menor, cuando la urgencia del caso lo demande, de oficio o a solicitud del Juez o del Defensor de Familia, de acuerdo con el procedimiento señalado para el efecto por el Código del Menor.
- Desarrollar programas de prevención en materia de violencia intrafamiliar y delitos sexuales.
- Presentar los informes sobre las actividades desarrolladas en oportunidad y periodicidad requeridas.
- Aplicar las medidas policivas que correspondan en casos de conflictos familiares, conforme a las atribuciones que les confieran los Concejos Municipales.
- Practicar rescates para conjurar las situaciones de peligro en que pueda encontrarse un niño, niña o adolescente, cuando la urgencia del caso lo demande.
- Adoptar las medidas de restablecimiento de derechos en los casos de maltrato infantil y denunciar el delito.
- Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del empleo.