Concurso Docente
Ascenso y Reubicación Docente
El Ministerio de Educación Nacional de Colombia ha convocado el Concurso Docente para el ascenso y reubicación de educadores vinculados al Escalafón Docente bajo el Decreto Ley 1278.
Concurso Docente
El Ministerio de Educación Nacional de Colombia ha convocado el Concurso Docente para el ascenso y reubicación de educadores vinculados al Escalafón Docente bajo el Decreto Ley 1278.
El Concurso Docente Ascenso y Reubicación, es el proceso establecido por la Resolución No 025624 de diciembre del 2023 del Ministerio de Educación Nacional de Colombia. Este concurso está diseñado para evaluar y seleccionar a los educadores oficiales que buscan ascender de grado o reubicarse en el nivel salarial dentro del escalafón docente, conforme a lo estipulado en el Decreto Ley 1278 de 2002.
Este proceso de evaluación es voluntario y tiene como objetivo medir las competencias de los educadores, relacionadas causalmente con su desempeño y actuación profesional, para promover su ascenso o reubicación en el escalafón.
La evaluación se enfoca en identificar las capacidades, experiencias, y competencias pedagógicas de los docentes, directivos docentes, y otros profesionales de la educación que participan en el concurso.
El Concurso Ascenso y Reubicación Docente se desarrollará a lo largo del año 2025, y está estructurado en varias etapas clave, incluyendo la convocatoria, inscripción, acreditación de cumplimiento de requisitos, realización del proceso de evaluación, divulgación de resultados, atención a reclamaciones, y la expedición de los actos administrativos correspondientes para los educadores que sean ascendidos o reubicados.
Este proceso es parte de los esfuerzos del Ministerio de Educación Nacional y la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación (FECODE) para garantizar que la docencia sea ejercida por educadores idóneos, promoviendo así una educación de calidad y el desarrollo profesional de los docentes en Colombia.
El cronograma de actividades para el proceso de evaluación para el ascenso de grado o reubicación de nivel salarial de los educadores regidos por el Decreto 1278 de 2002, es el siguiente:
Para participar en la evaluación del Concurso Ascenso y Reubicación Docente, los educadores deben cumplir con los siguientes requisitos según el Decreto 1075 de 2015:
Además, las Entidades Territoriales Certificadas en educación (ETC) son responsables de verificar el cumplimiento de estos requisitos, revisando el expediente administrativo de cada educador o sus sistemas de información.
El Procedimiento de Inscripción para el proceso de evaluación de ascenso o reubicación en el escalafón docente del Concurso Docente es el siguiente:
Para la evaluación en el Concurso Ascenso y Reubicación Docente se utilizarán cinco instrumentos:
Con esta evaluación se busca entender y valorar de manera integral el trabajo de los educadores, con el fin de apoyar su desarrollo profesional y mejorar la calidad educativa.
Esta prueba será realizada en formato escrito y es específica para los diferentes cargos. Es evaluada por una Institución de Educación Superior seleccionada por el Ministerio de Educación Nacional y su calificación variará de 0 a 45 puntos.
Puntuación que reconoce el tiempo de servicio en la docencia desde el primer nombramiento en periodo de prueba, excluyendo periodos de inactividad por situaciones administrativas específicas. La calificación varía de 14 a 20 puntos, basada en los años de servicio.
docentes en áreas con dificultades de acceso debido a condiciones geográficas. La calificación estará entre los 12 y 15 puntos, con la mayor puntuación para zonas rurales de difícil acceso y la menor para zonas urbanas de municipios y distritos certificados.
Asignación de puntos según el número de movimientos realizados en el escalafón. Este puntaje tiene en cuenta a los educadores por su dedicación a la enseñanza, especialmente a aquellos con menos oportunidades de ascenso o reubicación salarial. La calificación varía de 7 a 15 puntos y se basa en los datos del Sistema de Gestión de Recursos Humanos y Nómina de las Secretarías de Educación
Cuestionario que permite a los educadores calificar su propio rendimiento en sus actividades y funciones laborales. La calificación se realizará en una escala de 0 a 5 puntos. Este instrumento será creado y administrado la Institución de Educación Superior seleccionada por el Ministerio de Educación Nacional y se respetará la valoración dada por el educador, sin realizar modificaciones.
La Prueba Pedagógica del Concurso Ascenso y Reubicación Docente es una Prueba Escrita que medirá el desempeño pedagógico de los educadores en sus respectivos cargos.
Es un requisito para los educadores que quieran participar en el proceso voluntario de ascenso y reubicación en el escalafón docente.
Su calificación variará de 0 a 45 puntos, reflejando el nivel de competencia pedagógica del educador.
Esta prueba será diseñada, aplicada y calificada por la Institución de Educación Superior seleccionada por el Ministerio de Educación Nacional, el cual diseñará pruebas específicas para los diferentes cargos, incluyendo rectores, coordinadores, docentes de preescolar, primaria, secundaria y media, y docentes orientadores.
Según la Resolución No 025624 de diciembre del 2023, el marco para el diseño de las pruebas será:
Docente | 1. Contexto de la práctica educativa y pedagógica del docente | 1.Contexto social, económico y cultural | ||||
2.Contexto Institucional y profesional | ||||||
2. Reflexión y planeación de la práctica educativa y pedagógica | 1. Pertinencia de los propósitos pedagógicos y disciplinares | |||||
2.Propuesta Pedagógica y disciplinar | ||||||
3. Praxis pedagógica | 1.Interacción pedagógica | |||||
2. Procesos didácticos | ||||||
4. Ambiente en el aula | 1. Relaciones docentes – estudiantes | |||||
2. Dinámicas del aula | ||||||
Rectores o directivos rurales | 1. Contexto de la práctica educativa y pedagógica del rector o directivo rural | 1.Contexto social, económico y cultural | ||||
2.Contexto Institucional y profesional | ||||||
2. Reflexión y planeación de la práctica educativa y pedagógica y la dirección escolar | 1. Pertinencia de los propósitos de la
dirección escolar |
|||||
2.Propuesta pedagógica y dirección escolar | ||||||
3. Praxis pedagógica y de dirección escolar | 1.Interacción Pedagógica en la dirección escolar | |||||
2.Procesos de dirección escolar | ||||||
4. Ambiente institucional | 1.Relación con la comunidad educativa | |||||
2.Dinámicas institución de
La institución |
||||||
Coordinadores | 1. Contexto de la práctica educativa y pedagógica del Coordinador | 1.Contexto social, económico y cultural | ||||
2.Contexto
Institucional y profesional |
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2. Reflexión y planeación de la práctica educativa y pedagógica y la dirección escolar | 1. Pertinencia de los
Propósitos de la coordinación escolar |
|||||
2.Propuesta de coordinación escolar | ||||||
3.Praxis pedagógica y de dirección escolar | 1.Interacción pedagógica en la
coordinación escolar |
|||||
2.Procesos de coordinación escolar | ||||||
4. Ambiente institucional | 1. Relaciones con la comunidad educativa | |||||
2.Dinámicas de la
institución |
||||||
Docente orientador | 1. Contexto de la práctica educativa y pedagógica del docente orientador | 1.Contexto social, económico y cultural | ||||
2.Contexto
Institucional y profesional |
||||||
2. Reflexión y planeación de la práctica educativa y pedagógica | 1. Pertinencia de los propósitos de la
orientación |
|||||
2.Propuesta del docente orientador | ||||||
3.Praxis pedagógica y de orientación escolar | 1.Interacción pedagógica en la orientación escolar | |||||
2.Procesos de orientación escolar | ||||||
4. Ambiente institucional | 1. Relaciones con la comunidad educativa | |||||
2.Dinámicas de la institución |
La Valoración de la Experiencia es uno de los cinco instrumentos de evaluación del Concurso Ascenso y Reubicación Docente y califica los años de servicio de los docentes desde su primer nombramiento en periodo de prueba, excluyendo periodos de inactividad por razones administrativas.
La calificación varía de 14 a 20 puntos, basada en los años de servicio.
Las entidades territoriales certificadas en educación deben asegurar que la información laboral del educador esté actualizada en el Sistema de Gestión de Recursos Humanos y Nómina para una correcta valoración. Mientras que los educadores deben verificar que su historial esté actualizado y presentar cualquier inconsistencia a la entidad territorial certificada, que se encargará de resolverla y actualizar la información correspondiente.
Años de servicio | Puntos |
15 años cumplidos o más | 20,00 |
Desde 11 años cumplidos hasta 14 años, 11 meses y 30 días | 18,00 |
Desde 7 años cumplidos hasta 10 años, 11 meses y 30 días | 16,00 |
Desde 3 años cumplidos hasta 6 años, 11 meses y 30 días | 14,00 |
La Valoración de Zona de Desempeño es el cuarto instrumento de evaluación del Concurso Ascenso y Reubicación Docente y reconoce el trabajo de los docentes en áreas con dificultades de acceso debido a condiciones geográficas.
Se asignarán puntos según la ubicación de la sede educativa y la calificación oscilará entre 12 y 15 puntos, con la mayor puntuación para zonas rurales de difícil acceso y la menor para zonas urbanas de municipios y distritos certificados.
Los educadores que trabajen en múltiples zonas recibirán la puntuación de la zona con mayor calificación. Las zonas se definen considerando criterios del Decreto 1075 de 2015 y del DANE, diferenciando entre zonas rurales (con o sin difícil acceso) y zonas urbanas (en municipios no certificados y certificados en educación).
Zona de desempeño |
Puntos |
Zona rural de difícil acceso |
15,00 |
Zona rural de NO difícil acceso |
14,00 |
Zona urbana de municipios no certificados |
13,00 |
Zona urbana de municipios y distritos certificados |
12,00 |
La valoración de movimientos en el escalafón docente hace parte de los instrumentos de evaluación del Concurso Ascenso y Reubicación Docente y es un mecanismo de reconocimiento a los educadores por su dedicación a la docencia, especialmente dirigido a aquellos que han tenido pocas o ninguna oportunidad de ascender de grado o reubicarse de nivel salarial.
Este sistema premia a los docentes basándose en el número de movimientos que han realizado dentro del escalafón, conforme al artículo 35 del Decreto Ley 1278 de 2002.
La calificación otorgada por este criterio varía entre 7 y 15 puntos, asignándose la puntuación más alta a quienes no han realizado movimientos en el escalafón y disminuyendo progresivamente con cada movimiento adicional.
La información para determinar esta valoración se obtiene del Sistema de Gestión de Recursos Humanos y Nómina de las Secretarías de Educación.
Número de movimientos en el escalafón docente | Puntos |
Cero (0) | 15,00 |
Uno (1) | 13,00 |
Dos (2) | 11,00 |
Tres (3) | 9,00 |
Cuatro (4) | 7,00 |
La Autoevaluación del Desempeño hace parte de los 5 instrumentos de evaluación del Concurso Ascenso y Reubicación Docente y es un cuestionario adicional que permite a los educadores calificar su propio rendimiento en sus actividades y funciones laborales.
La calificación se realiza en una escala de 0 a 5 puntos, reflejando la autovaloración del educador sobre su desempeño.
La valoración asignada por cada educador será respetada y permanecerá inalterada.
El Concurso Ascenso y Reubicación Docente también puede conocerse como Concurso Docente o Concurso de Ascenso Docente 2025.
El Escalafón Docente 1278, establecido por el Decreto 1278 de Junio 19 de 2002, es un sistema de clasificación para los docentes y directivos docentes estatales en Colombia. Este sistema se basa en la formación académica, experiencia, responsabilidad, desempeño y competencias de los educadores, estableciendo distintos grados y niveles que pueden alcanzar durante su carrera profesional. El objetivo del Escalafón Docente es garantizar que la docencia sea ejercida por educadores idóneos, promoviendo así una educación de calidad y el desarrollo profesional de los docentes.
El decreto define la carrera docente como el régimen legal que ampara el ejercicio de la profesión docente en el sector estatal, basándose en la idoneidad, el mérito, y la igualdad de acceso. Los educadores estatales que sean seleccionados mediante concurso, superen el período de prueba y cumplan con los requisitos establecidos, serán inscritos en el Escalafón Docente. Este escalafón se estructura en tres grados, cada uno compuesto por cuatro niveles salariales (A, B, C, D), y la ubicación o ascenso dentro de este depende de la evaluación de competencias y el cumplimiento de ciertos requisitos académicos y profesionales.
Sí, participar en un curso de preparación adaptado a tus requerimientos puede ser de gran ayuda. Es recomendable elegir cursos que ofrezcan recursos como material audiovisual, cuál es la estructura de las pruebas y cómo están construidas las preguntas.
Es importante también es que el curso proporcione simulacros de pruebas que permitan evaluar tu avance y preparación.
Realizar simulacros es clave para acostumbrarte al formato específico de las pruebas, detectar puntos débiles en tu conocimiento y ejercitarte en un entorno que imita al del examen oficial. Además, te brindan la oportunidad de evaluar tu velocidad de respuesta y optimizar tu plan de estudios basado en esos resultados.
Los simulacros te ayudan a familiarizarte con el formato de las pruebas, a identificar áreas de mejora y a practicar bajo condiciones similares a las del examen real. También te permiten medir tu tiempo de respuesta y ajustar tu estrategia de estudio en consecuencia.
Para más información puedes visitar el sitio web del Ministerio de Educación Nacional. También es recomendable seguir las publicaciones oficiales de las diferentes entidades como FECODE y registrarte en nuestro sistema de notificaciones para actualizaciones y avisos importantes.
Concurso Ascenso y Reubicación Docente
Actividad |
Fecha inicio |
Fecha cierre |
Expedición del acto administrativo de convocatoria y divulgación del proceso de la evaluación para el ascenso de grado y reubicación de nivel salarial por parte de la ETC. | 18 de septiembre de 2025 | 19 de septiembre de 2025 |
Publicación de listado de habilitados por ETC para participar en el proceso. | 6 de octubre de 2025 | 6 de octubre de 2025 |
Recepción de reclamaciones y subsanación del listado de habilitados por parte de las ETC. | 6 de octubre de 2025 | 20 de octubre de 2025 |
Periodo para la compra de Derechos de participación | 29 de octubre de 2025 | 14 de noviembre de 2025 |
Periodo para formalizar la inscripción o modificación de datos por parte de los educadores. | 29 de octubre de 2025 | 20 de noviembre de 2025 |
Presentación, atención y respuesta a PQRS frente al proceso de inscripción en la plataforma. | 29 de octubre de 2025 | 24 de noviembre de 2025 |
Publicación del listado de educadores que continúa en el proceso de evaluación por parte de la Universidad de Antioquia y envío a las ETC de sus listados respectivos. | 28 de noviembre de 2025 | 28 de noviembre de 2025 |
Publicación por parte de la ETC del listado con la información de instrumentos de experiencia, movimientos en el escalafón y zona de desempeño de los educadores que continúan en el proceso. | 1 de diciembre de 2025 | 1 de diciembre de 2025 |
Citación a la prueba | 9 de diciembre de 2025 | 9 de diciembre de 2025 |
Presentación de la prueba | 22 de febrero de 2026 | 22 de febrero de 2026 |
Procesamiento de resultados. | 23 de febrero de 2026 | 16 de marzo de 2026 |
Publicación de resultados por parte del MEN y las Entidades Territoriales Certificadas | 16 de marzo de 2026 | 16 de marzo de 2026 |
Término para presentar reclamaciones frente a los resultados de la Prueba Pedagógica, Instrumento de Autoevaluación ante la Universidad e instrumentos de zona, experiencia y movimientos ante la ETC. | 24 de febrero de 2026 | 2 de marzo de 2026 |
Publicación por parte del MEN y de las Entidades Territoriales Certificadas del listado definitivo de aspirantes que no interpusieron reclamación a los resultados. | 5 de marzo de 2026 | 5 de marzo de 2026 |
Expedición de actos administrativos de ascenso o reubicación para los educadores no reclamantes que superaron la evaluación | 5 de marzo de 2026 | 6 de abril de 2026 |
Término para que las ETC y la Universidad resuelvan las reclamaciones frente a los resultados. | 3 de marzo de 2026 | 17 de abril de 2026 |
Publicación, por parte del MEN y las Entidades Territoriales Certificadas en Educación, del listado definitivo de aspirantes que superaron o no superaron de la evaluación luego de la solución de sus reclamaciones. | 21 de abril de 2026 | 21 de abril de 2026 |
Expedición de actos administrativos de ascenso o reubicación que presentaron reclamación y superaron la evaluación | 22 de abril de 2026 | 22 de mayo de 2026 |