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Publicado hace 1678 días

¿Cómo se valoran los certificados de experiencia adicional en la Convocatoria Territorial 2019?

La etapa de la prueba de Valoración de antecedentes es de carácter Clasificatorio, en otros términos, busca dar una puntuación adicional a las pruebas escritas que presentó el aspirante. Esta prueba analiza la historia laboral y académica del aspirante de acuerdo al empleo para el que se presentó en la convocatoria, en este caso, la 990 a 1131, 1135, 1136 de la CNSC – Territorial 2019.En este artículo tocaremos el tema de la valoración de los certificados de experiencia adicional.

Acercamiento de las manos de un hombre adulto, firmando papeles

Es muy importante que los certificados de experiencia sea en entidades públicas o privadas expresen claramente la siguiente información:

  • Nombre o razón social de la empresa que expide el documento.
  • Cargo desempeñado.
  • Funciones, a excepción de que la ley las establezca.
  • Fecha de ingreso y de retiro (día, mes, y año).

Si la ley establece las funciones del cargo o requiera solamente la experiencia laboral, no es necesario que se especifiquen en las certificaciones.

Aquella experiencia autenticada mediante contratos de prestación de servicios, debe ser soportada con la certificación de ejecución del contrato o mediante el acta de liquidación, igualmente, debe precisar las actividades y fechas de inicio y terminación del contrato (día, mes, y año).

Si ejerció de forma independiente o en una entidad actualmente liquidada, la experiencia se acreditará mediante declaración del mismo, es importante que se especifiquen las fechas de inicio y fin (día, mes, y año), las funciones desarrolladas, y el tiempo dedicado a ellas. Esto será entendido bajo la gravedad de juramento.

Tener en consideración:
  • Las certificaciones expedidas por personas naturales, deberán llevar: firma, antefirma legible (nombre completo) y el número de cédula del empleador, así como su teléfono y dirección.
  • Las certificaciones deben ser expedidas por el representante legal de la entidad o empresa, o por el jefe de personal, o quien haga sus veces.
  • Los certificados expedidos en el exterior, deberán estar traducidos por un traductor certificado, legalizados o apostillados, según sea el caso.
  • Si la jornada laboral es inferior a ocho (8) horas diarias, el tiempo de experiencia se establecerá sumando las horas trabajadas y dividiendo el resultado por ocho (8).
  • Si la experiencia se expresa de manera simultánea en una o varias instituciones (tiempos traslapados), el tiempo de experiencia se contabilizará por una sola vez.
  • La certificación de la experiencia profesional deberá ser expedida por la institución educativa, y en ella debe constar la fecha de aprobación y terminación del pénsum académico. De no aportarse, se contabilizará a partir de la consecución del título profesional.
  • Si las certificaciones no reúnen las condiciones anteriormente señaladas, no serán tenidas en cuenta. No se deben adjuntar actas de posesión ni documentos irrelevantes para demostrar la experiencia.

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